Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES N� 61/93: Pr�rroga por tres meses del plazo para el cumplimiento de las medidas 14.6 del SGT N� 3, 1.1.5 del SGT N� 7 y 2.1, 3.2, 4.2 y 7.1 que forman parte del Cronograma de Medidas de Las Le�as.
VISTO el Art�culo 13 del Tratado de Asunci�n el Art�culo 10 de la Decisi�n N�
4/91, el Art 2 de la Decisi�n N� 1/92 y el Art�culo 2 de la Decisi�n N� 1/93 el Consejo
del Mercado Com�n y las Recomendaciones N� 28/93 del SGT N� 3, N� 7/93 del SGT N� 7 y
Acta N� 9/93 del SGT N� 9.
CONSIDERANDO: Que los plazos fijados en el Cronograma de Medidas de Las Le�as s�lo
podr�n ser modificados por Resoluci�n del Grupo Mercado Com�n y en ning�n caso podr�n
ser extendidos por m�s de tres meses.
Las solicitudes planteadas por los Subgrupos de Trabajos N� 3, 7 y 9.
La necesidad de compatibilizar los plazos de algunos puntos del Cronograma de Medidas que
tienen estrecha vinculaci�n, a efectos de su mejor cumplimeinto.
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
Art�culo 1. Prorrogar por tres meses el plazo para el cumplimiento de la
medida 14.6 que forma parte del Cronograma de Medidas de Las Le�as previsto para el SGT
N� 3.
Art�culo 2. Prorrogar el vencimiento del plazo por un plazo de tres
meses de la medida 1.1.5 que forma parte del Cronograma de medidas previsto para el SGT
N� 7.
Art�culo 3. Prorrogar por tres meses el plazo del cumplimiento de las
medidas 2.1, 3.2, 4.2 y 7.1 que forma parte del Cronograma de Medidas previstos para el
SGT N� 9.
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