OMC- Exámenes de las Políticas Comerciales
Órgano de Examen de las Políticas
Comerciales: Estados Unidos |
Primer comunicado de prensa, Resumen del
informe de
la Secretaría y Resumen
del informe del Gobierno
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COMUNICADO DE PRENSA
PRENSA/TPRB/172
17 de septiembre de 2001
Estados Unidos: septiembre de 2001
El informe de la Secretaría de la OMC, junto con la declaración de política
formulada por el Gobierno de los Estados Unidos, servirán de base para el
sexto examen de las políticas comerciales de los Estados Unidos por el Órgano
de Examen de las Políticas Comerciales de la OMC, los días 14 y 17 de
septiembre de 2001.
Los Estados Unidos reforzarían el sistema multilateral de comercio
mediante la reducción de los obstáculos al comercio subsistentes
Los Estados Unidos mantienen uno de los regímenes de comercio e inversiones
más abiertos del mundo, aunque en unas cuantas esferas importantes subsisten
importantes obstáculos al acceso a los mercados. La reducción de esos
obstáculos reduciría las distorsiones de los mercados mundiales y las
fricciones con los interlocutores comerciales y fortalecería el sistema
multilateral de comercio, de acuerdo con un informe de la OMC sobre las
políticas y prácticas comerciales de los Estados Unidos.
Tras un largo período de firme expansión, el crecimiento económico de los
Estados Unidos ha registrado una desaceleración considerable y una
disminución de las importaciones, lo cual ha hecho que se suavice la política
monetaria y también que se recurra a la política fiscal. Las variaciones del
entorno económico pueden influir en la aplicación de la política comercial
estadounidense, ya que una economía que atraviesa un período de
desaceleración aumentará probablemente las presiones para lograr una mayor
protección frente a las importaciones y más ayuda oficial. En el informe se
señala que en el actual período de desaceleración cíclica, la influencia de
los Estados Unidos como motor de crecimiento para el resto del mundo es menor.
Desde el anterior examen de las políticas comerciales de los Estados Unidos,
en julio de 1999, los Estados Unidos han formulado propuestas para lograr una
mayor liberalización de la agricultura y los servicios en las negociaciones
celebradas en la OMC de conformidad con el mandato impartido. Los Estados
Unidos también se han comprometido a prestar apoyo a una nueva ronda
multilateral de negociaciones. Además, en el programa comercial de los
Estados Unidos figuraban negociaciones en relación con un Acuerdo sobre el
Área de Libre Comercio de las Américas y acuerdos bilaterales de libre
comercio. Para facilitar la aplicación de las iniciativas comerciales, la
Administración está tratando de obtener facultades “para la promoción del
comercio”, y en el informe se señala que es probable que los interlocutores
comerciales atribuyan gran importancia al resultado de esos esfuerzos.
En el informe se señala que la mayoría de las importaciones entran en los
Estados Unidos con franquicia arancelaria o con aranceles bajos. En 2000, el
tipo NMF medio se situaba en el 5,4 por ciento para el conjunto de las
mercancías y los aranceles más altos eran los aplicados principalmente a los
productos agroalimentarios, así como a las prendas de vestir, textiles y
calzado. En lo relativo a estos productos, los aranceles tienden a aumentar a
medida que aumenta el grado de elaboración. Se aplican contingentes
arancelarios a las importaciones de carne de vacuno, productos lácteos,
azúcar y algunos productos que contienen azúcar, cacahuetes, tabaco y algodón.
Los aranceles aplicados fuera de contingentes, que llegan a ser del 350 por
ciento, pueden tener el efecto de prohibiciones de las importaciones. Algunos
volúmenes contingentarios están reservados a determinados países.
En el informe se dice que los Estados Unidos siguen utilizando frecuentemente
medidas antidumping y medidas compensatorias. Entre 1998 y 2000 aumentó el
número de investigaciones iniciadas. Estas iniciaciones pueden tener efectos
depresivos del comercio y en muchos casos se aplican derechos preliminares.
Un elevado porcentaje de las investigaciones realizadas en los dos últimos
años se refería a productos de acero. En 1998-2000, los Estados Unidos
aplicaron cuatro medidas de salvaguardia, en relación con productos
agropecuarios o productos de acero, e iniciaron, en junio de 2001, una
investigación global en materia de salvaguardias que abarcaba determinados
productos de acero. Algunos interlocutores comerciales han cuestionado en la
OMC los métodos utilizados por los Estados Unidos para determinar la
existencia de dumping y de daño, y han impugnado las cuatro medidas de
salvaguardia aplicadas desde 1998.
En los Estados Unidos las restricciones cuantitativas de las importaciones se
establecen principalmente en el marco del Acuerdo sobre los Textiles y el
Vestido. Se aplican contingentes a más de la mitad de las importaciones de
prendas de vestir y al 32 por ciento de las importaciones de textiles. Se
aplican más de 1000 contingentes a 45 países, entre ellos 37 Miembros de la
OMC. Asimismo, de la Ley Jones se desprende una prohibición de facto de las
importaciones de buques construidos en el extranjero para el servicio de las
rutas internas de los Estados Unidos. Sigue existiendo la prohibición de
importar atún procedente de países que los Estados Unidos consideran no
cumplen el Programa Internacional de Conservación de los Delfines. Se aplica
también una prohibición de las importaciones de camarones capturados con
tecnologías que puedan afectar a determinadas tortugas marinas.
El informe también pone de manifiesto que las restricciones comerciales
impuestas por los Estados Unidos por motivos de seguridad nacional y política
exterior pueden ser motivo de preocupación para algunos interlocutores
comerciales, especialmente por el carácter unilateral de algunas de esas
medidas. Se aplican sanciones comerciales a cerca de 30 países extranjeros
por diversas razones.
Los Estados Unidos han propugnado firmemente la reducción de las subvenciones
que afectan a la competencia en los mercados internacionales. De acuerdo con
esta postura, han descendido las subvenciones federales a la exportación y se
recurre a la financiación oficial con respecto a una proporción relativamente
baja de las exportaciones. Sin embargo, dadas las dimensiones de la economía
de los Estados Unidos, la asistencia interna puede tener efectos apreciables
en los mercados mundiales. En este sentido, el principal beneficiario de los
desembolsos oficiales es el sector agroalimentario. Esos desembolsos, que
casi se triplicaron entre 1997 y 2000, fueron superiores al descenso del
valor de la producción agropecuaria. En 2000 se desembolsaron cerca de 30.000
millones de dólares EE.UU. en pagos directos a los agricultores y ganaderos.
Como consecuencia, los pagos directos representan más de la mitad de los
ingresos netos de los agricultores.
En el informe de la Secretaría de la OMC se dice que el suministro de
servicios mediante presencia comercial extranjera ha seguido aumentando en
los Estados Unidos. Las disposiciones recientemente adoptadas para suprimir
las restricciones internas al comercio internacional en el sector de los
servicios han ido más allá de los compromisos contraídos por los Estados
Unidos en la OMC y deberán aumentar la eficiencia de la economía nacional.
En el informe se añade que aunque ha tenido lugar un nuevo avance de la
refundición de la reglamentación financiera de los Estados Unidos, y se
otorga trato nacional con respecto a los bancos extranjeros, en otros
sectores de servicios financieros las reglamentaciones internas pueden
complicar el acceso a los mercados extranjeros. En el sector de las
telecomunicaciones se han introducido nuevas reglamentaciones internacionales
en materia de fijación de precios y se ha producido una mayor privatización
de los servicios por satélite. Los servicios internacionales de transporte
aéreo se han liberalizado principalmente en acuerdos bilaterales de libertad
del espacio aéreo pero subsisten las restricciones con respecto a la
propiedad y control extranjeros de compañías aéreas estadounidenses. El
transporte marítimo sigue figurando entre los sectores más protegidos de la
economía estadounidense.
En el informe se señala que las consideraciones en materia de política de
competencia influyen de manera cada vez más visible en los asuntos
relacionados con el comercio y las inversiones en los Estados Unidos y en los
demás países, y plantean cuestiones complejas sobre la interacción de los
diferentes instrumentos de política. Por ejemplo, la asistencia oficial puede
ir en contra de principios de promoción de la competencia, y lo mismo puede
ocurrir de aplicarse de forma inadecuada las medidas antidumping,
compensatorias o de salvaguardia. Asimismo, los Estados Unidos restringen la
participación extranjera en la contratación pública.
Nota para las redacciones
En los Exámenes de las Políticas Comerciales, ejercicio prescrito en los
Acuerdos de la OMC, se examinan y se evalúan a intervalos regulares las
políticas comerciales y relacionadas con el comercio de los países Miembros.
También se siguen de cerca los acontecimientos importantes que pueden tener
consecuencias para el sistema mundial de comercio. Para cada examen se
elaboran dos documentos: una declaración de política que presenta el gobierno
del Miembro objeto de examen y un informe detallado que redacta de manera
independiente la Secretaría de la OMC. Estos dos documentos son luego
examinados por el conjunto de Miembros de la OMC en el Órgano de Examen de
las Políticas Comerciales (OEPC). Esos documentos y las actas de las
reuniones del OEPC se publican poco después. Desde la entrada en vigor del
Acuerdo sobre la OMC en 1995, los informes abarcan también las esferas de los
servicios y de los aspectos de los derechos de propiedad intelectual
relacionados con el comercio.
En lo que respecta al presente examen los días 14 y 17 de septiembre de 2001
el Órgano de Examen de las Políticas Comerciales examinará el informe de la
Secretaría de la OMC y la declaración de política elaborada por el Gobierno
de los Estados Unidos. El informe de la Secretaría abarca la evolución de
todos los aspectos de las políticas comerciales de los Estados Unidos,
inclusive sus leyes y reglamentos internos, el marco institucional y las
políticas comerciales por medidas y sectores.
Se adjuntan al presente comunicado de prensa las observaciones
recapitulativas que figuran en el informe de la Secretaría y algunos
extractos de la declaración de política del Gobierno. Los periodistas pueden
obtener el texto del informe de la Secretaría y de la declaración de política
del Gobierno en el espacio destinado a los comunicados de prensa en el sitio
de la OMC en Internet (www.wto.org). Estos dos documentos, el acta de los
debates del OEPC y el resumen del Presidente se publicarán oportunamente en
una versión encuadernada y podrán obtenerse en la Secretaría, Centro William
Rappard, 154 rue de Lausanne, 1211 Ginebra 21.
Desde diciembre de 1989 se han finalizado los siguientes exámenes: Argentina
(1992 y 1999), Australia (1989, 1994 y 1998), Austria (1992), Bahrein (2000),
Bangladesh (1992 y 2000), Benin (1997), Bolivia (1993 y 1999), Botswana
(1998), Brasil (1992, 1996 y 2000), Brunei Darussalam (2001), Burkina Faso
(1998), Camerún (1995 y 2001), el Canadá (1990, 1992, 1994, 1996, 1998 y
2000), Chile (1991 y 1997), Chipre (1997), Colombia (1990 y 1996), las
Comunidades Europeas (1991, 1993, 1995, 1997 y 2000), Corea, República de
(1992, 1996 y 2000), Costa Rica (1995 y 2001), Côte d'Ivoire (1995), Egipto
(1992 y 1999), El Salvador (1996), los Estados Unidos (1989, 1992, 1994,
1996, 1999 y 2001), Fiji (1997), Filipinas (1993 y 1999), Finlandia (1992),
Gabón (2001), Ghana (1992 y 2001), Guinea (1999), Hong Kong (1990, 1994 y
1998), Hungría (1991 y 1998), India (1993 y 1998), Indonesia (1991, 1994 y
1998), Islandia (1994 y 2000), Islas Salomón (1998), Israel (1994 y 1999),
Jamaica (1998), el Japón (1990, 1992, 1995, 1998 y 2000), Kenya (1993 y
2000), Lesotho (1998), Macao (1994 y 2001), Madagascar (2001), Malasia (1993
y 1997), Malí (1998), Marruecos (1989 y 1996), Mauricio (1995), México (1993
y 1997), Mozambique (2001), Namibia (1998), Nicaragua (1999), Nigeria (1991 y
1998), Noruega (1991, 1996 y 2000), Nueva Zelandia (1990 y 1996), OECO
(2001), Pakistán (1995), Papua Nueva Guinea (1999), Paraguay (1997), Perú
(1994 y 2000), Polonia (1993 y 2000), República Checa (1996), República
Dominicana (1996), República Eslovaca (1995), Rumania (1992 y 1999), Senegal
(1994), Singapur (1992, 1996 y 2000), Sri Lanka (1995), Sudáfrica (1993 y
1998), Suecia (1990 y 1994), Suiza (1991, 1996 y 2000 junto con
Liechtenstein)), Swazilandia (1998), Tailandia (1991, 1995 y 1999), Tanzanía
(2000), Togo (1999), Trinidad y Tabago (1998), Túnez (1994), Turquía (1994 y
1998), Uganda (1995), Uruguay (1992 y 1998), Venezuela (1996), Zambia (1996)
y Zimbabwe (1994).
Órgano de Examen de las Políticas
Comerciales: Estados Unidos
Informe de la Secretaría: Observaciones recapitulativas
Los Estados Unidos mantienen uno de los regímenes de comercio e inversiones
más abiertos y transparentes del mundo, aunque en unas cuantas esferas
importantes subsisten importantes obstáculos al acceso a los mercados. Esos
obstáculos afectan directamente al comercio mundial, ya que los Estados
Unidos no sólo son la mayor economía del mundo sino también el principal país
comerciante. La reducción de esos obstáculos subsistentes estaría en armonía
con el apoyo tradicionalmente prestado por los Estados Unidos a la
liberalización y a las políticas favorables a la competencia; además,
aumentaría la ya elevada eficiencia de su economía y beneficiaría a los
consumidores y contribuyentes nacionales. Por otra parte, reduciría las
distorsiones de los mercados mundiales y las fricciones con los
interlocutores comerciales y fortalecería el sistema multilateral de comercio.
Estas consideraciones son especialmente importantes ante el actual cambio
desfavorable de la economía mundial y las posibles presiones proteccionistas
que como consecuencia podrían ejercerse.
Desde el anterior examen de las políticas comerciales de los Estados Unidos,
realizado en julio de 1999, las políticas y prácticas comerciales de los
Estados Unidos se han mantenido en su mayor parte sin variaciones. Entre las
modificaciones realizadas durante ese período cabe citar las mejoras del
acceso a los mercados otorgadas a determinados países en desarrollo y la
refundición de las reglamentaciones financieras nacionales. Por otra parte,
desde 1999 han aumentado los pagos oficiales a los productores de artículos
agroalimentarios y se ha elevado la proporción de medidas antidumping,
compensatorias y de salvaguardia correspondiente a los productos de acero.
Siguen existiendo importantes obstáculos a la competencia extranjera en
esferas como las de los textiles y el vestido, el transporte y algunos otros
sectores de servicios. La respuesta de la nueva Administración a esos
problemas de política será importante para el comercio y el bienestar
mundiales.
Evolución de la economía y las políticas
Desde el último examen realizado, las políticas monetaria y fiscal de los
Estados Unidos se han suavizado para hacer frente a la reciente e importante
aminoración del ritmo de crecimiento económico, que a mediados de 2001 había
descendido a una tasa anual de alrededor del 1 por ciento, frente al 5 por
ciento en 2000. Esa desaceleración fue inducida por descensos de las
existencias y las exportaciones. El gasto de consumo ha permanecido firme,
pero las importaciones han descendido considerablemente. Las seis reducciones
de los tipos de interés realizadas en el primer semestre de 2001 han ido
acompañadas de un plan que incluye reducciones fiscales estimadas en 1,35
billones de dólares EE.UU. durante un período de 11 años, posibles en gran
medida por los superávit presupuestarios de los últimos años. Aunque la
inflación ha aumentado, no parece un problema importante en estos momentos.
El déficit por cuenta corriente de los Estados Unidos ha aumentado durante el
período objeto de examen hasta situarse en el 4,5 por ciento del PIB en 2000,
financiado por entradas de capital, especialmente de inversiones. Esas
entradas han sido uno de los factores de la continua fortaleza nominal del
dólar de los Estados Unidos. Aunque ello está ejerciendo presión en las
industrias nacionales, los rápidos incrementos de la productividad en gran
parte del pasado decenio han permitido en general a las empresas seguir
siendo competitivas frente a los productores extranjeros.
En las primeras etapas del cambio desfavorable de la economía varios
productores de acero se declararon en quiebra. En respuesta a la crisis
observada en la industria, el Presidente anunció en junio de 2001 una
iniciativa de política que incluye la iniciación de una investigación en
materia de medidas de salvaguardia (véase infra); prevé asimismo la
celebración de negociaciones con los interlocutores comerciales para eliminar
el exceso de capacidad mundial y convenir en el establecimiento de normas por
las que se rija el comercio del acero, con miras a eliminar las subvenciones.
Esa iniciativa es eco del intento realizado hace un decenio de lograr un
consenso multilateral en el marco del GATT.
El Presidente ha reiterado la adhesión de los Estados Unidos a un sistema
abierto, transparente y efectivo de disciplinas y procedimientos en materia
de comercio internacional y ha prometido prestar apoyo a una nueva ronda de
negociaciones multilaterales. El Presidente ha anunciado asimismo el Programa
Comercial Internacional para 2001, encaminado, entre otras cosas, a mejorar
las oportunidades de mercado para las exportaciones y las inversiones de los
Estados Unidos, incluso en las esferas de la agricultura, los servicios y la
propiedad intelectual. El Programa contiene una sección dedicada al trabajo y
el medio ambiente (“Labor and Environmental Toolbox”) en la que se indican
las medidas que podrían adoptarse para promover objetivos laborales y
ambientales.
En las negociaciones sobre la agricultura que se están celebrando en la OMC
de conformidad con el mandato impartido, los Estados Unidos han propuesto la
liberalización a largo plazo del comercio de productos agropecuarios mediante,
en particular, la reducción de los aranceles y la ampliación de los
contingentes arancelarios, la eliminación de las subvenciones a la
exportación, y la reducción de la ayuda interna con efectos de distorsión del
comercio. Asimismo, en su condición de principal productor y exportador
mundial de productos alimenticios que contienen organismos modificados
genéticamente, los Estados Unidos han expresado preocupación por las
restricciones impuestas al comercio de esos productos.
En las negociaciones en curso sobre los servicios, los Estados Unidos han
propuesto una mayor liberalización de 11 sectores en el marco del AGCS, y han
presentado una propuesta sobre el movimiento de personas físicas. Los Estados
Unidos apoyan el establecimiento de un marco mundial para el comercio
electrónico libre de derechos de aduana y están debatiendo con otros Miembros
la cuestión de la tributación interna de esos servicios.
Además de las negociaciones en curso en la OMC, en el programa comercial de
los Estados Unidos figuran también negociaciones en relación con un Acuerdo
sobre el Área de Libre Comercio de las Américas y acuerdos bilaterales de
libre comercio con Chile, Jordania y Singapur. Están ya en vigor acuerdos de
libre comercio con el Canadá, Israel y México, que prevén la entrada en el
mercado de los Estados Unidos de las importaciones que reúnan las condiciones
requeridas libres de derechos en la mayoría de los casos y, en el de los
textiles y las prendas de vestir, libres de contingentes. Como consecuencia
de esas preferencias y de su proximidad geográfica, el Canadá y México son
actualmente los dos principales interlocutores comerciales de los Estados
Unidos.
Para facilitar la aplicación de las iniciativas comerciales de la
Administración, el Presidente está tratando de obtener facultades “para la
promoción del comercio”, que han venido a suceder al procedimiento de “vía
rápida”. Es probable que los interlocutores comerciales de los Estados Unidos
atribuyan una gran importancia al resultado de esos esfuerzos.
Acceso a los mercados en la esfera de las mercancías
Aranceles
Los Estados Unidos otorgan trato arancelario NMF a todos los países, excepto
seis, entre ellos un Miembro de la OMC (Cuba). Se ha aprobado legislación por
la que se otorga a China trato NMF incondicional a partir de la fecha de su
adhesión a la OMC, lo que pondrá término al proceso de renovación anual del
trato NMF con respecto a China. La denegación del trato NMF puede imponer
costos importantes a un interlocutor comercial, ya que los Estados Unidos
siguen haciendo diferencias sustanciales entre los aranceles NMF y los
aranceles aplicados a países no beneficiarios de trato NMF.
La mayoría de las importaciones entra en los Estados Unidos con franquicia
arancelaria o con aplicación de aranceles bajos, todos los cuales, excepto
dos, están consolidados. En 2000 el tipo NMF medio se situaba en el 5,4 por
ciento para el conjunto de las mercancías, en el 10,6 por ciento para los
productos agroalimentarios y en el 4,5 por ciento para los productos
distintos de los agropecuarios. Cerca de la tercera parte de los tipos
arancelarios son nulos. Se aplican tipos que no son ad valorem a cerca del 13
por ciento de las líneas arancelarias; los equivalentes ad valorem de los
tipos específicos y compuestos arrojan un promedio del 11,5 por ciento y
encubren niveles de protección relativamente elevados. Los aranceles más
altos son los aplicados principalmente a las importaciones de productos
agroalimentarios y productos del tabaco, así como a las de prendas de vestir,
textiles y calzado. En estos sectores los aranceles tienden a aumentar a
medida que aumenta el grado de elaboración.
Se aplican contingentes arancelarios a las importaciones de carne de vacuno,
productos lácteos, azúcar y algunos productos que contienen azúcar,
cacahuetes, tabaco y algodón. El promedio simple de los tipos arancelarios
NMF aplicados en el marco de los contingentes era en 2000 del 9 por ciento,
en tanto que los tipos correspondientes aplicados fuera de los contingentes
arrojaban un promedio del 53 por ciento. Los aranceles aplicados fuera de los
contingentes, que llegan a ser del 350 por ciento, pueden tener el efecto de
prohibiciones de las importaciones. Algunos volúmenes contingentarios, con
respecto, entre otros productos, a la carne de vacuno, los productos lácteos
y los cacahuetes, están reservados a determinados países.
Los Estados Unidos otorgan preferencias arancelarias unilateralmente a
determinados países andinos, africanos y del Caribe, así como también en el
marco de su Sistema Generalizado de Preferencias. Esas preferencias pueden
estar supeditadas a cambios de las políticas de los países beneficiarios en
esferas como las de la protección de los derechos de los trabajadores y la
propiedad intelectual.
Es probable que los países de la región Subsahariana de África y los países
del Caribe obtengan beneficios importantes de la Ley de Comercio y Desarrollo
de los Estados Unidos, de 2000, que contiene la Ley sobre Crecimiento y
Oportunidades para África y la Ley sobre Asociación Comercial de la Cuenca
del Caribe, que amplía la Iniciativa de la Cuenca del Caribe. En virtud de la
Ley de Comercio y Desarrollo, las importaciones de textiles y prendas de
vestir procedentes de los países beneficiarios entran en los Estados Unidos
libres de derechos y contingentes, si bien sujetas a prescripciones en
materia de contenido de insumos producidos en los Estados Unidos. Con esta
disposición se pretende lograr que los productores de insumos de los Estados
Unidos se beneficien también del acuerdo, posiblemente a expensas de
proveedores de terceros países con costos inferiores.
Medidas comerciales especiales
Los Estados Unidos siguen utilizando frecuentemente medidas antidumping y
medidas compensatorias. Entre 1998 y 2000 aumentó el número de iniciaciones
de investigaciones antidumping y también el de nuevas órdenes en materia de
derechos. Las iniciaciones de investigaciones pueden tener efectos depresivos
del comercio; en muchos casos se aplican derechos preliminares. Un elevado
porcentaje de las investigaciones realizadas en los dos últimos años se
refería a productos relacionados con el acero. En los últimos años se ha
llegado a acuerdos de suspensión en una serie de casos; los concluidos con
países no miembros de la OMC conllevan limitaciones cuantitativas voluntarias
y precios mínimos.
En el período 1998-2000 los Estados Unidos aplicaron cuatro medidas de
salvaguardia, en relación con productos agropecuarios o productos
relacionados con el acero. En junio de 2001 se inició una investigación
global en materia de salvaguardias que abarcaba determinados productos del
acero; toda medida que pueda adoptarse como consecuencia de esa investigación
vendrá a añadirse a la protección ya otorgada mediante órdenes en materia de
derechos antidumping y derechos compensatorios. Hasta marzo de 2001 se
aplicaron limitaciones a las exportaciones de madera blanda procedentes del
Canadá.
La Ley de Compensación por Continuación del Dumping o Mantenimiento de la
Subvenciones (Enmienda “Byrd”), aprobada en 2000, dispone que el producto de
los derechos antidumping y los derechos compensatorios se distribuya entre
los productores estadounidenses afectados. En el proceso de aprobación de la
Ley, el Presidente indicó que “proporcionaría a determinadas industrias
estadounidenses una subvención superior al nivel de protección necesario para
contrarrestar las subvenciones extranjeras y no proporcionaría una subvención
comparable a otras industrias estadounidenses ni a los consumidores
estadounidenses, que se ven obligados a pagar precios más elevados por los
insumos industriales o los bienes de consumo, respectivamente, como
consecuencia de los derechos antidumping y compensatorios”.
Algunos interlocutores comerciales siguen cuestionando en la OMC los métodos
utilizados por los Estados Unidos para determinar la existencia de dumping y
de daño. Han impugnado asimismo las cuatro medidas de salvaguardia aplicadas
desde 1998 por los Estados Unidos, lo que ha dado lugar a la revisión de las
reglamentaciones estadounidenses pertinentes. Además, tanto la Enmienda
“Byrd” como la Ley Antidumping de 1916 han sido objeto de reclamación con
arreglo al mecanismo de solución de diferencias de la OMC. Las medidas
comerciales especiales causan incertidumbre a los exportadores y para
defenderse de ellas es preciso incurrir en gastos jurídicos considerables.
Otras medidas aplicadas a las importaciones
En los Estados Unidos las restricciones cuantitativas de las importaciones se
establecen principalmente en el marco de las disposiciones del Acuerdo sobre
los Textiles y el Vestido. Se aplican contingentes a más de la mitad de las
importaciones de prendas de vestir y al 32 por ciento de las importaciones de
textiles. Se aplican más de 1.000 contingentes a 45 países, entre ellos 37
Miembros de la OMC. Esas medidas van unidas a aranceles NMF relativamente
elevados.
En virtud de las disposiciones de la Ley Jones, sólo los astilleros
estadounidenses pueden suministrar buques para el servicio de las rutas
internas de los Estados Unidos, lo que constituye una prohibición de facto de
las importaciones de buques construidos en el extranjero para esos fines.
Los Estados Unidos mantienen prohibiciones de importación por motivos
sanitarios y fitosanitarios, entre otros para hacer frente a los riesgos de
la encefalopatía espongiforme bovina (EEB) y la fiebre aftosa. En febrero de
2001 se suspendieron temporalmente las importaciones de carne vacuna y
productos de carne vacuna procedentes del Brasil por la preocupación causada
por la EEB. Desde marzo de 2001 se niega la entrada en los Estados Unidos de
máquinas agrícolas usadas procedentes de países afectados por la fiebre
aftosa.
Los Estados Unidos mantienen restricciones de las importaciones en aplicación
de disposiciones nacionales relacionadas con el medio ambiente por las que se
rige la explotación de los recursos marinos. Así pues, sigue existiendo una
prohibición de las importaciones de atún procedentes de países que los
Estados Unidos consideran no cumplen el Programa Internacional de
Conservación de los Delfines. Se aplica también una prohibición de las
importaciones a los camarones capturados con tecnologías que puedan afectar
desfavorablemente a determinadas tortugas marinas.
Los Estados Unidos mantienen medidas que restringen la participación
extranjera en la contratación pública. En virtud de la Ley de Promoción de la
Compra de Productos Estadounidenses, los organismos públicos sólo pueden en
principio adquirir suministros y materiales de construcción definidos como
“productos finales nacionales” (fabricados en los Estados Unidos con
componentes estadounidenses en proporción superior al 50 por ciento). Además,
hay una serie de programas que tratan de aumentar las posibilidades de las
pequeñas empresas de competir en la adjudicación de contratos federales.
Existen asimismo diversos sistemas de reserva de contratos; los contratos
adjudicados mediante esos sistemas representaron en 2000 el 8 por ciento de
los contratos federales totales adjudicados. Esas medidas se complementan en
algunos Estados con disposiciones que promueven la compra de productos del
estado de que se trate.
Medidas aplicadas a las exportaciones
Uno de los objetivos fundamentales de la política comercial de los Estados
Unidos es ampliar los mercados para sus exportadores. Entre los instrumentos
destinados a lograr ese objetivo figuran reglamentaciones comerciales como
las contenidas en el conjunto de disposiciones legislativas del artículo 301
— para hacer frente a medidas extranjeras que se considere afectan
desfavorablemente a las exportaciones estadounidenses o menoscaban los
derechos de los Estados Unidos en el marco de acuerdos comerciales — y
medidas de ayuda a la exportación.
El artículo 301 se ha utilizado poco desde 1999. Por otra parte, su
utilización está estrechamente vinculada a la solución multilateral de
diferencias, por lo menos con respecto a los Miembros de la OMC y a esferas
sujetas a las normas y disciplinas de la OMC. No obstante, siguen iniciándose
investigaciones y publicándose “informes” y “listas” de países que se
considera incumplen las normas. Los Estados Unidos vigilan también el
cumplimiento por parte de otros países de acuerdos en materia de propiedad
intelectual mediante investigaciones realizadas en el marco del artículo 301
“especial”. En el examen realizado en 2001 se identificaron 51 países que se
consideraba negaban a los titulares estadounidenses de derechos de propiedad
intelectual una protección adecuada de esos derechos o un acceso a los
mercados equitativos. También se realizan investigaciones con arreglo al
artículo 337 para determinar la infracción de derechos de propiedad
intelectual estadounidenses.
Los Estados Unidos aplicaron sanciones comerciales a la Unión Europea a raíz
de decisiones favorables adoptadas por grupos especiales de la OMC en
diferencias relativas a los bananos y a la carne de bovino tratada con
hormonas. Posteriormente, los Estados Unidos promulgaron la “Enmienda
Carrusel” de la Ley de Comercio Exterior de 1974 para poder introducir
periódicamente cambios en la lista de productos sujetos a sanciones
comerciales en caso de incumplimiento de resoluciones adoptadas en el marco
de normas multilaterales. Esto ha planteado abiertamente la cuestión de la
efectividad de las sanciones comerciales como instrumento para resolver
diferencias comerciales.
Los Estados Unidos han propugnado firmemente la reducción de las subvenciones
que afectan a la competencia en los mercados internacionales. Por
consiguiente, han descendido las subvenciones federales a la exportación
notificadas (sin embargo, se dispone de poca información sobre los programas
de asistencia subfederales). En la esfera de la agricultura, las subvenciones
a la exportación notificadas han estado circunscritas al sector de los
productos lácteos. Por otra parte, se recurre a programas oficiales de
financiación de las exportaciones con respecto a una proporción relativamente
baja de las exportaciones; en cuanto a los programas subvencionados de
garantía del crédito a la exportación, aunque reducidos, continúan prestando
apoyo a las exportaciones de productos agroalimentarios. Se conceden grandes
cantidades de ayuda alimentaria para aumentar la seguridad alimentaria en el
mundo en desarrollo, al mismo tiempo que se estabilizan los ingresos de los
agricultores estadounidenses mediante la colocación de excedentes.
Los incentivos a la exportación resultantes de las exenciones fiscales
concedidas por los Estados Unidos con respecto a determinados ingresos en
concepto de “comercio exterior” de empresas de ventas en el extranjero han
sido objeto de controversia en la OMC y han promovido el debate sobre la
función de los regímenes fiscales de los Miembros en el fomento del comercio
y las inversiones.
Otras políticas que afectan al comercio
Las restricciones comerciales impuestas por los Estados Unidos por motivos de
seguridad nacional y política exterior pueden ser motivo de preocupación para
algunos interlocutores comerciales, especialmente por el carácter unilateral
de algunas de esas medidas. Se aplican sanciones comerciales a cerca de 30
países extranjeros por diversas razones (por ejemplo, proliferación de armas,
terrorismo y derechos de los trabajadores). El Congreso está estudiando la
introducción de reformas en la política de sanciones y en los controles de
las exportaciones.
Dadas las dimensiones de la economía de los Estados Unidos, las subvenciones
y demás medidas de asistencia a los productores nacionales pueden tener
efectos apreciables en los mercados mundiales. El principal beneficiario de
los desembolsos oficiales es el sector agroalimentario. Esos desembolsos, que
casi se triplicaron entre 1997 y 2000, fueron superiores al descenso del
valor de la producción agropecuaria. En 2000 se desembolsaron cerca de 30.000
millones de dólares EE.UU. en pagos directos a los agricultores y ganaderos.
Como consecuencia, los pagos directos representan más de la mitad de los
ingresos netos de los agricultores. Además, se han ampliado los programas
subvencionados de seguro de las cosechas. La asistencia prestada a sectores
distintos del agropecuario — en particular, pesquerías, madera, aeronáutica y
construcción naval — reviste en su mayor parte la forma de incentivos
fiscales.
En 1999 y 2000 los esfuerzos de los Estados Unidos por aplicar la política de
competencia dieron lugar a la imposición de multas sin precedentes a cárteles
de fijación de precios internacionales. Los Estados Unidos consideran que la
importancia de la relación entre el comercio y la política de competencia es
cada vez mayor, pero ponen en duda que la OMC sea en estos momentos el foro
apropiado para establecer normas multilaterales en materia de competencia.
Con respecto a la protección de la propiedad intelectual, la Ley de
Protección de los Inventores de los Estados Unidos, de 1999, tiene por objeto
reducir las demoras en la tramitación de las patentes, en tanto que la Ley de
Comercialización de la Transferencia de Tecnología, de 2000, contiene
disposiciones en virtud de las cuales un organismo federal otorgará licencias
con respecto a las invenciones de propiedad federal únicamente a titulares
que accedan a una fabricación sustancial de los productos relacionados con la
licencia en los Estados Unidos. En 2000 se estableció también una nueva
legislación encaminada a reestructurar y ampliar el ámbito del otorgamiento
obligatorio de licencias con respecto a la transmisión y difusión de
programas de televisión por satélite.
Las consideraciones en materia de política de competencia influyen de manera
cada vez más visible en los asuntos relacionados con el comercio y las
inversiones en los Estados Unidos y en los demás países, y plantean
cuestiones complejas sobre la interacción de los diferentes instrumentos de
política. Por ejemplo, la asistencia oficial a las industrias puede ir en
contra de principios básicos de promoción de la competencia, y lo mismo puede
ocurrir de aplicarse de forma inadecuada las medidas comerciales especiales.
De hecho, como han señalado las autoridades estadounidenses, la aplicación de
la Enmienda “Byrd” representaría un riesgo para los intereses de los
consumidores. Podrían producirse efectos negativos similares al impedir los
titulares de derechos estadounidenses la importación paralela de productos
amparados por patentes o por derechos de autor.
Condiciones de acceso en la esfera de los servicios
La principal contribución a la producción en la economía estadounidense es,
con mucha diferencia, la del sector de los servicios. El suministro de
servicios mediante presencia comercial extranjera ha seguido aumentando en
los Estados Unidos, debido en parte a las iniciativas emprendidas en la OMC
para facilitar el acceso a los mercados mediante ese modo de suministro. Las
disposiciones recientemente adoptadas para suprimir las restricciones
internas al comercio internacional en el sector de los servicios van más allá
de los compromisos contraídos por los Estados Unidos en la OMC y deberán
aumentar la eficiencia de la economía nacional.
En lo que se refiere a los servicios financieros, la entrada en vigor en 1999
de la Ley de Modernización de los Servicios Financieros Gramm-Leach-Bliley ha
representado un nuevo avance de la refundición gradual de la reglamentación
financiera de los Estados Unidos y una ruptura definitiva con las
restricciones impuestas en virtud de la Ley Glass-Steagall, de 1933, sobre
asociaciones entre bancos y empresas de valores. Permitirá a las empresas
financieras realizar mayores economías de escala y de gama. La Ley Gramm-Leach-Bliley
no altera la barrera entre banca y comercio.
Los Estados Unidos mantienen una política de trato nacional con respecto a
los bancos extranjeros. En otros sectores de servicios financieros, las
reglamentaciones internas pueden complicar el acceso a los mercados de
extranjeros, por razones de interés público y protección de los inversores.
En el sector de los seguros, la reglamentación subfederal limita la
competencia de los proveedores establecidos en otros Estados de los Estados
Unidos y, a mayor abundamiento, de los proveedores extranjeros, a menos que
establezcan una presencia comercial en cada estado en el que deseen realizar
actividades.
El transporte marítimo sigue figurando entre los sectores más protegidos de
la economía estadounidense. No obstante, la reciente Ley de Reforma del
Transporte Marítimo aumentó la competencia en el sector estadounidense de
transporte marítimo internacional y aceleró el abandono de las conferencias
de establecimiento de tarifas. El mercado estadounidense de transporte
marítimo internacional está por lo general abierto a la competencia
extranjera, aunque el transporte internacional de carga por buques de
pabellón estadounidense goza de una sustancial ayuda oficial. La actual
Administración apoya las leyes en materia de cabotaje que reservan las rutas
internas a los transportistas estadounidenses.
El sector del transporte aéreo de los Estados Unidos, uno de los más
eficientes del mundo, se basa principalmente en acuerdos bilaterales de
libertad del espacio aéreo para liberalizar el comercio. En los dos últimos
años se firmaron varios acuerdos de ese tipo, que los Estados Unidos
consideran un medio eficiente, en función del costo, de apertura de nuevos
mercados para las compañías aéreas. No obstante, esos acuerdos no liberalizan
plenamente los mercados que abarcan; en particular, subsisten las
restricciones con respecto a la propiedad y control extranjeros de compañías
aéreas estadounidenses y sólo se permite el suministro de servicios de
transporte aéreo interno a las empresas de los Estados Unidos.
El sector estadounidense de las telecomunicaciones es el mayor del mundo y
uno de los más abiertos y competitivos. Entre los acontecimientos ocurridos
en el sector desde 1999 cabe citar las nuevas reglamentaciones y normas
internacionales en materia de fijación de precios, destinadas a permitir
servicios de telecomunicaciones internos e internacionales más competitivos,
y la mayor privatización de los servicios por satélite.
En el caso de los servicios profesionales, el sistema federal de los Estados
Unidos reserva la reglamentación de las profesiones a los distintos Estados;
cada estado tiene sus reglamentaciones en materia de licencias y un órgano
encargado de su administración. En contabilidad, servicios jurídicos y la
mayoría de las demás profesiones, son pocos los cambios ocurridos desde 1999
que afectan a las condiciones en que las empresas nacionales e
internacionales pueden realizar actividades a través de las fronteras
estatales. La falta de un régimen normativo nacional uniforme y la existencia
de diferentes condiciones de acceso a los mercados en los distintos Estados
complican el suministro de servicios entre los Estados y el acceso a los
mercados de extranjeros. Al mismo tiempo, la creciente demanda de servicios
integrados de profesiones que abarcan múltiples disciplinas ha servido de
apoyo a los debates sobre la revisión de las normas relativas a la
independencia de los auditores, las asociaciones con reparto de honorarios
entre abogados y contables, y la aplicación de las Normas Internacionales de
Contabilidad.
Órgano de Examen de las Políticas
Comerciales: Estados Unidos
Informe del Gobierno— Parte I
I. Condiciones de acceso en la esfera de los servicios
La principal contribución a la producción en la economía estadounidense es,
con mucha diferencia, la del sector de los servicios. El suministro de
servicios mediante presencia comercial extranjera ha seguido aumentando en
los Estados Unidos, debido en parte a las iniciativas emprendidas en la OMC
para facilitar el acceso a los mercados mediante ese modo de suministro. Las
disposiciones recientemente adoptadas para suprimir las restricciones
internas al comercio internacional en el sector de los servicios van más allá
de los compromisos contraídos por los Estados Unidos en la OMC y deberán
aumentar la eficiencia de la economía nacional.
En lo que se refiere a los servicios financieros, la entrada en vigor en 1999
de la Ley de Modernización de los Servicios Financieros Gramm-Leach-Bliley ha
representado un nuevo avance de la refundición gradual de la reglamentación
financiera de los Estados Unidos y una ruptura definitiva con las
restricciones impuestas en virtud de la Ley Glass-Steagall, de 1933, sobre
asociaciones entre bancos y empresas de valores. Permitirá a las empresas
financieras realizar mayores economías de escala y de gama. La Ley Gramm-Leach-Bliley
no altera la barrera entre banca y comercio.
Los Estados Unidos mantienen una política de trato nacional con respecto a
los bancos extranjeros. En otros sectores de servicios financieros, las
reglamentaciones internas pueden complicar el acceso a los mercados de
extranjeros, por razones de interés público y protección de los inversores.
En el sector de los seguros, la reglamentación subfederal limita la
competencia de los proveedores establecidos en otros Estados de los Estados
Unidos y, a mayor abundamiento, de los proveedores extranjeros, a menos que
establezcan una presencia comercial en cada estado en el que deseen realizar
actividades.
El transporte marítimo sigue figurando entre los sectores más protegidos de
la economía estadounidense. No obstante, la reciente Ley de Reforma del
Transporte Marítimo aumentó la competencia en el sector estadounidense de
transporte marítimo internacional y aceleró el abandono de las conferencias
de establecimiento de tarifas. El mercado estadounidense de transporte
marítimo internacional está por lo general abierto a la competencia
extranjera, aunque el transporte internacional de carga por buques de
pabellón estadounidense goza de una sustancial ayuda oficial. La actual
Administración apoya las leyes en materia de cabotaje que reservan las rutas
internas a los transportistas estadounidenses.
El sector del transporte aéreo de los Estados Unidos, uno de los más
eficientes del mundo, se basa principalmente en acuerdos bilaterales de
libertad del espacio aéreo para liberalizar el comercio. En los dos últimos
años se firmaron varios acuerdos de ese tipo, que los Estados Unidos
consideran un medio eficiente, en función del costo, de apertura de nuevos
mercados para las compañías aéreas. No obstante, esos acuerdos no liberalizan
plenamente los mercados que abarcan; en particular, subsisten las
restricciones con respecto a la propiedad y control extranjeros de compañías
aéreas estadounidenses y sólo se permite el suministro de servicios de
transporte aéreo interno a las empresas de los Estados Unidos.
El sector estadounidense de las telecomunicaciones es el mayor del mundo y
uno de los más abiertos y competitivos. Entre los acontecimientos ocurridos
en el sector desde 1999 cabe citar las nuevas reglamentaciones y normas
internacionales en materia de fijación de precios, destinadas a permitir
servicios de telecomunicaciones internos e internacionales más competitivos,
y la mayor privatización de los servicios por satélite.
En el caso de los servicios profesionales, el sistema federal de los Estados
Unidos reserva la reglamentación de las profesiones a los distintos Estados;
cada estado tiene sus reglamentaciones en materia de licencias y un órgano
encargado de su administración. En contabilidad, servicios jurídicos y la
mayoría de las demás profesiones, son pocos los cambios ocurridos desde 1999
que afectan a las condiciones en que las empresas nacionales e
internacionales pueden realizar actividades a través de las fronteras
estatales. La falta de un régimen normativo nacional uniforme y la existencia
de diferentes condiciones de acceso a los mercados en los distintos Estados
complican el suministro de servicios entre los Estados y el acceso a los
mercados de extranjeros. Al mismo tiempo, la creciente demanda de servicios
integrados de profesiones que abarcan múltiples disciplinas ha servido de
apoyo a los debates sobre la revisión de las normas relativas a la
independencia de los auditores, las asociaciones con reparto de honorarios
entre abogados y contables, y la aplicación de las Normas Internacionales de
Contabilidad.
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