DECISION 505
Plan Andino de Cooperación
para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos
EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES,
VISTOS: El artículo 16 del Acuerdo de Cartagena y la
Decisión 458 "Lineamientos
de la Política Exterior Común";
TENIENDO EN CUENTA: El acuerdo adoptado por los Presidentes de los
Países Miembros en la reunión sostenida el 17 de abril de 2001 en Cartagena de
Indias;
CONSIDERANDO:
Que la producción, tráfico y consumo de drogas ilícitas, lavado de activos,
desvío y contrabando de precursores químicos y tráfico de armas, afectan
severamente el desarrollo y seguridad de los países andinos;
Que los esfuerzos que realizan actualmente los países andinos a través de sus
respectivos programas nacionales para la lucha contra las drogas ilícitas y
delitos conexos pueden ser significativamente impulsados y complementados
mediante un Plan Andino de Cooperación para fortalecer las acciones nacionales,
bilaterales y comunitarias en esta materia;
Que la lucha contra el problema mundial de las drogas ilícitas debe ser
abordado por la comunidad internacional en forma integrada que comprenda todos
los aspectos involucrados tanto en la producción, tráfico, consumo y delitos
conexos, y con base en el principio de responsabilidad compartida;
Que la estrategia andina de lucha contra las drogas ilícitas y delitos conexos,
así como las acciones internacionales en esta materia, deben desarrollarse con
pleno respeto a sus respectivas legislaciones y soberanía;
DECIDE: Artículo único.- Aprobar el Plan Andino de Cooperación para la Lucha
contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos, contenida en el documento anexo
a la presente Decisión.
Dada en la ciudad de Valencia, Venezuela, a los veintidós días del mes de
junio del año dos mil uno.
PLAN ANDINO DE COOPERACIÓN PARA LA LUCHA CONTRA
LAS DROGAS ILICITAS Y DELITOS CONEXOS
Principios y Objetivos
El Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y
Delitos Conexos:
1. Se fundamenta en la convicción de que la producción, tráfico y consumo
ilícito de drogas es un problema de alcance mundial que afecta gravemente el
desarrollo y la seguridad de los países andinos y de la comunidad
internacional. Reconoce que constituye una de las formas más nocivas y
peligrosas del crimen transnacional organizado, que utiliza la lógica
globalizadora de los mercados, pervierte la dinámica social, distorsiona la
economía, socava el estado de derecho y subvierte el orden público.
2. Es integral y comprende todos los aspectos relacionados con el problema
mundial de las drogas ilícitas y delitos conexos, es decir, la prevención,
interdicción, reducción de cultivos ilícitos y desarrollo alternativo, así
como el control del desvío de precursores químicos, del lavado de activos y
del tráfico de armas, municiones y explosivos.
3. Se basa en la responsabilidad compartida que corresponde a todos y cada uno
de los actores comprometidos en el origen del problema y, por tanto, en la
búsqueda de soluciones, tanto el plano subregional andino como sudamericano,
hemisférico y mundial.
4. Es respetuosa de las respectivas legislaciones nacionales, de la soberanía
e integridad territoriales, así como de la estricta observancia del Derecho
Internacional y se instrumenta a través de la cooperación y de la solidaridad.
La cooperación es inherente a la naturaleza compartida del problema y, por
consiguiente, debe ser mutua, voluntaria y sin limitaciones o requisitos que
busquen condicionar la libre concurrencia de voluntades de las partes. La
solidaridad es expresión del reconocimiento de que los esfuerzos nacionales y
subregionales en la lucha contra las drogas ilícitas deben ser acompañados por
la cooperación internacional a fin de fortalecer simultáneamente la democracia
y la vigencia de los derechos humanos y promover el desarrollo económico y
social sostenible de los países andinos.
5. Busca fortalecer y potenciar los programas nacionales de cada uno de los
países andinos a través de la coordinación, cooperación e intercambio de
experiencias entre los Países Miembros y mediante la acción conjunta ante
terceros países y en foros internacionales.
6. Constituye un tema central de la cooperación política andina, que articula,
en lo pertinente, la política exterior común, la política comunitaria de
integración y desarrollo fronterizo, la política de desarrollo sostenible, la
agenda social andina y las acciones en materia de seguridad y fomento de la
confianza en la subregión.
7. Se propone consolidar a la Comunidad Andina como eje de una estrategia
sudamericana y hemisférica de lucha contra las drogas ilícitas y delitos
conexos.
Mecanismos
1. El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores es el órgano
responsable de la definición, coordinación y seguimiento del Plan Andino de
Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos.
2. Se establecerá un Comité Ejecutivo integrado por funcionarios de alto nivel
de los Ministerios de Relaciones Exteriores y los responsables nacionales de
la lucha contra las drogas ilícitas y delitos conexos, incluyendo
representantes de los organismos responsables de la seguridad.
3. El Comité Ejecutivo podrá establecer subcomités y grupos de trabajo
especializados en los diversos aspectos comprendidos en el Plan Andino de
Cooperación. Los subcomités y grupos de trabajo podrán estar integrados por
dos o más Países Miembros y estarán abiertos a la participación de los demás.
4. La Secretaría General de la Comunidad Andina ejercerá las funciones de
Secretaría Técnica del Comité Ejecutivo.
Programa de Acción
1. El Programa de Acción será aprobado mediante Decisión del Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores y tendrá carácter bienal.
2. El Comité Ejecutivo establecerá los Planes Operativos para la ejecución del
Programa de Acción y propondrá cada dos años, al Consejo Andino de Ministros
de Relaciones Exteriores, la actualización de dicho programa.
3. Será responsabilidad del Comité Ejecutivo la coordinación, seguimiento y
evaluación del Programa de Acción, con el apoyo de la Secretaría General.
PROGRAMA DE ACCION
I. FORTALECIMIENTO DE LAS ESTRATEGIAS NACIONALES
A. Control de la producción y el contrabando y desvío de precursores químicos
1. Implementar el mecanismo de notificaciones previas a la exportación de
sustancias químicas controladas y las respectivas respuestas oportunas a las
que recibiere el país, en aplicación del artículo 12 de la Convención de Viena
de 1988.
2. Reforzar los controles a las empresas que producen, utilizan y/o
comercializan las sustancias químicas controladas, con el fin de evitar su
desvío hacia la producción de drogas ilícitas.
3. Fortalecer los mecanismos para la detección de las sustancias químicas
controladas y capacitar a los funcionarios pertinentes en la identificación de
las mismas.
4. Reforzar los dispositivos que permitan controlar la producción ilícita y el
contrabando de sustancias químicas controladas.
5. Establecer y/o fortalecer los mecanismos de control al transporte y desvío
de sustancias químicas en el territorio nacional, mediante, entre otros:
a) Documentación aduanera para el comercio de insumos químicos controlados que
contenga el nombre genérico y el código arancelario correspondiente.
b) Establecer un sistema de etiquetado y precintado de seguridad que dificulte
el desvío por medio de la sustitución del producto envasado.
6. Crear y/o actualizar el registro nacional de empresas importadoras y
exportadoras de sustancias químicas controladas. Esta información será puesta
a disposición de quien lo solicite.
7. Identificar las necesidades de la industria lícita del permanganato de
potasio y del anhídrido acético y de las sustancias comprendidas en el marco
de las operaciones de control acordadas en la Comunidad Andina.
8. Desarrollar la coordinación intersectorial destinada a identificar nuevas
sustancias utilizadas en la producción de drogas, para su eventual
incorporación en la lista de sustancias controladas, previo análisis de su
nivel de uso.
B. Erradicación técnica de cultivos para fines ilícitos
1. Fortalecer, en los países que así lo requieran, las capacidades nacionales
para la implementación de los programas para la erradicación técnica de los
cultivos para fines ilícitos en forma manual o aérea, tomando en cuenta las
normas ambientales establecidas por las autoridades competentes.
2. Identificar zonas de cultivos para fines ilícitos, su extensión, evolución,
caracterización, zonas de incidencia y otro tipo de información relevante.
3. Promover la coordinación entre las autoridades encargadas del desarrollo de
los programas de erradicación y los programas de desarrollo alternativo.
4. Fomentar acuerdos entre las comunidades locales y autoridades públicas,
como medio para reducir los cultivos para fines ilícitos y la introducción de
productos alternativos.
C. Desarrollo Alternativo
1. Generar condiciones económicas, sociales y culturales que hagan viable la
sustitución de la economía basada en la producción de cultivos para fines
ilícitos y la incorporación del campesino en la economía lícita.
2. Identificar y caracterizar a las poblaciones de las zonas de cultivos para
fines ilícitos y de sus zonas de influencia.
3. Diseñar e implementar instrumentos financieros, económicos y tecnológicos
de apoyo a los programas nacionales de desarrollo alternativo, incluyendo el
fomento de la inversión privada, la apertura de mercados y la incorporación de
mayor valor agregado a la producción alternativa.
4. Fomentar el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias y apoyarlas
a través de procesos de sensibilización, capacitación y comunicación.
5. Fortalecer la capacidad nacional para ofrecer servicios sociales básicos y
desarrollar la infraestructura económica en las zonas de cultivos para fines
ilícitos y en las zonas de influencia.
6. Diseñar y ejecutar estrategias de comunicación social para desestimular la
vinculación de familias campesinas e indígenas a los cultivos para fines
ilícitos y promover los cultivos alternativos.
D. Desmantelamiento de la infraestructura y organizaciones de producción y
transporte
1. Reforzar los mecanismos de coordinación entre las fuerzas policiales,
militares y organismos de seguridad del Estado, el Ministerio Público y/o la
Fiscalía, y el Poder Judicial.
2. Potenciar la capacidad de acción de las unidades de inteligencia
especializadas en la lucha contra el narcotráfico y asegurar el intercambio
oportuno de información entre las diferentes autoridades nacionales
competentes.
3. Incrementar los recursos humanos, materiales, financieros y tecnológicos de
las unidades especializadas encargadas de combatir las redes de
narcotraficantes.
4. Fortalecer mecanismos para detectar laboratorios de producción de drogas
ilícitas y pistas de aterrizaje clandestinas.
5. Fortalecer el sistema de control para combatir el tráfico de drogas
ilícitas a través de vías marítimas, fluviales, aéreas y terrestres.
6. Crear y/o fortalecer los mecanismos de control para impedir el tráfico
ilícito de armas, municiones, explosivos y otros materiales relacionados.
E. Lavado de activos
1. Crear y/o fortalecer las unidades nacionales de inteligencia y análisis
financiero.
2. Identificar las tipologías o modalidades sobre el lavado de activos y
establecer los mecanismos de control correspondientes.
3. Capacitar personal especializado en las entidades responsables de la
detección y control de las operaciones de lavado de activos.
4. Investigar los sectores susceptibles de ser empleados para actividades
relacionadas con el lavado de activos, y vincularlos a las unidades de
inteligencia y análisis financiero.
5. Diseñar e implementar mecanismos de control administrativo de transacciones
internacionales de cambio.
6. Tipificar como delito autónomo el lavado de activos, de manera tal que
incluya otras conductas delictivas (robo de vehículos, extorsión, secuestro,
trata de blancas, tráfico de órganos y tráfico de armas).
7. Fortalecer la aplicación de las normas sobre confiscación de bienes
procedentes del narcotráfico o delitos conexos.
8. Crear regulaciones en materia de prevención del lavado de activos en zonas
francas y puertos libres.
F. Reducción de la demanda
1. Detener la tendencia creciente de consumo de drogas ilícitas, especialmente
en niños y jóvenes, escolarizados y no escolarizados, mediante programas
dirigidos a la familia, comunidad y escuela.
2. Desarrollar una estrategia de comunicación masiva que informe, sensibilice
y eduque a la juventud sobre las consecuencias del consumo de las drogas, con
especial énfasis en las drogas sintéticas o de diseño de reciente aparición.
3. Fortalecer la incorporación de contenidos de prevención en la estructura
curricular de los diversos niveles de educación y capacitar a los padres de
familia y agentes educativos sobre las nuevas tendencias de consumo de drogas
ilícitas.
4. Promover programas de rehabilitación y reinserción social de drogo
dependientes.
5. Implementar mecanismos que permitan realizar un seguimiento y evaluación de
los programas de reducción de la demanda.
6. Diseñar y poner en marcha programas para la capacitación y formación de
recursos humanos en prevención y rehabilitación.
7. Impulsar y apoyar la participación de organizaciones de la sociedad civil
en las actividades de prevención y rehabilitación.
II. FORTALECIMIENTO DE LAS ESTRATEGIAS BINACIONALES
1. Evaluar los acuerdos bilaterales existentes en materia de lucha contra las
drogas ilícitas, actualizarlos, perfeccionarlos y promover su aplicación.
2. Promover y fortalecer mecanismos bilaterales, tales como las comisiones
mixtas, talleres fronterizos y comisiones de vecindad, con el fin de formular
planes de acción fronterizos para:
a) Combatir el tráfico de drogas ilícitas y sustancias químicas controladas.
b) Capacitar a las autoridades fronterizas en los temas relativos a la lucha
contra el narcotráfico.
c) Realizar operativos combinados de interdicción.
d) Fortalecer el intercambio de información y coordinación logística de las
autoridades de frontera.
e) Combatir el tráfico ilícito de armas de fuego, municiones y otros
materiales relacionados.
3. Incorporar proyectos de desarrollo alternativo en las Zonas de Integración
Fronteriza (ZIF) e incluirlos en el Banco de Proyectos a ser ejecutados en el
marco de la Política Andina de Integración y Desarrollo Fronterizo.
4. Instrumentar, a través de los Centros Nacionales y Binacionales de Atención
en Frontera (CENAF y CEBAF), mecanismos efectivos de control del tráfico
ilícito de drogas, sustancias químicas controladas, armas, municiones y otros
materiales relacionados.
5. Examinar y evaluar, de manera periódica, la ejecución y eficacia de las
acciones de cooperación binacional que se desarrollen en el marco del presente
Plan Andino de Cooperación.
III. ESTRATEGIA COMUNITARIA
1. Establecer un mecanismo andino de intercambio de información a través de la
Página Web de la Comunidad Andina sobre modalidades de tráfico y desvío de
sustancias químicas controladas, uso de nuevas sustancias, operaciones
exitosas de control, registros nacionales actualizados sobre empresas
importadoras y exportadoras de sustancias químicas controladas y cambios en la
incidencia de uso de puntos fronterizos para el tráfico ilícito de dichas
sustancias, y fomentar el uso de otros portales nacionales, regionales e
internacionales, tales como Unidos contra Drogas (UCD) y los observatorios
venezolano, interamericano y europeo sobre drogas.
2. Fortalecer el intercambio de inteligencia entre las autoridades competentes
de los países andinos, entre otros, potenciando el uso de mecanismos de
comunicación existentes, tales como las Oficinas Regionales de Enlace de la
Organización Mundial de Aduanas (RILO) y la Red Interamericana de
Telecomunicaciones para el Control de Drogas (RETCOD), a fin de apoyar las
acciones regionales de lucha contra las drogas ilícitas, delitos conexos y
tráfico de armas.
3. Estrechar la coordinación entre las autoridades nacionales responsables de
la lucha contra las drogas ilícitas de cada País Miembro, entre otras,
mediante la designación de funcionarios nacionales de enlace en las
respectivas entidades, así como la asignación de nuevas funciones, a las
agregadurías policiales y/o militares, según corresponda, en apoyo del
presente Plan Andino de Cooperación.
4. Promover la capacitación en común de los funcionarios nacionales
responsables de la lucha contra las drogas ilícitas a través, entre otras, de
la Escuela Regional de la Comunidad Andina de Inteligencia Antidrogas (ERCAIAD),
asegurando su adecuado financiamiento y adaptando su currícula a las
prioridades de la Estrategia Andina, y apoyando la creación y activación de la
Escuela Andina de Entrenamiento Canino Antidrogas.
5. Propiciar acuerdos de asistencia judicial en materia penal e impulsar la
ejecución de los existentes, incluyendo los procedimientos de extradición de
enjuiciados por tráfico ilícito de drogas y delitos conexos de acuerdo a los
convenios vigentes.
6. Designar en cada País Miembro fiscales o jueces de instrucción de enlace,
con facultades para dar cumplimiento a las solicitudes de asistencia judicial
recíproca en materia de tráfico ilícito de drogas o transmitirlas a las
autoridades competentes para su ejecución.
7. Promover la armonización de las legislaciones nacionales en materia de
derecho penal y procesal penal a través de reuniones periódicas de los
Ministros de Justicia de la Comunidad Andina, tomando en cuenta los trabajos
que se vienen realizando en el seno del mecanismo de coordinación y
cooperación en materia de drogas entre la Unión Europea y América Latina.
8. Fomentar el intercambio de experiencias y emprender acciones conjuntas en
apoyo a los programas de desarrollo alternativo, incorporando, a tal fin, al
Comité Andino para el Desarrollo Alternativo (CADA) como instancia
especializada del presente Plan Andino de Cooperación en esa materia y apoyar
sus trabajos.
9. Fortalecer la cooperación para la prevención y control del lavado de
activos a nivel andino, a través del intercambio de experiencias y la
articulación de las Unidades de Análisis e Inteligencia Financiera de los
países de la subregión y otras entidades competentes.
10. Poner en marcha los lineamientos establecidos por el Sistema
Interamericano de Datos Uniformes sobre Consumo de Drogas (SIDUC) y encomendar
el análisis al Convenio Hipólito Unanue (CONHU) de manera que la Comunidad
Andina pueda contar con información que le permita formular estrategias de
prevención acordes con su realidad.
11. Desarrollar una estrategia conjunta para la prevención del consumo y la
producción y el combate al tráfico de drogas sintéticas y de diseño.
12. Identificar los requerimientos y capacidades de cooperación técnica
internacional y establecer un mecanismo de cooperación horizontal entre los
Países Miembros.
13. Diseñar y ejecutar estrategias conjuntas para la captación de cooperación
técnica y financiera internacional en apoyo de las acciones contempladas en la
Estrategia Andina para la lucha contra las drogas ilícitas y delitos conexos,
así como esquemas de canje de deuda en apoyo de programas de desarrollo
alternativo.
14. Gestionar la renovación y ampliación de los programas de preferencias
comerciales en apoyo a la lucha contra las drogas ilícitas que benefician a
los Países Miembros, y lograr condiciones preferenciales de acceso a otros
mercados, así como la eliminación de las restricciones que afectan su
aprovechamiento.
15. Promover la captación de cooperación internacional para programas de
prevención y mitigación del impacto ambiental por el problema de las drogas
ilícitas, incluyendo la recuperación de ecosistemas y conservación de la
biodiversidad.
16. Propiciar la cooperación internacional, particularmente a través de la
organización de mesas de donantes, para impulsar el desarrollo alternativo,
así como la generación de empleo productivo y alivio de la pobreza en las
zonas afectadas por los cultivos con fines ilícitos, en las zonas expulsoras
de mano de obra y aquellas altamente potenciales de ser utilizadas para dichos
cultivos.
17. Coordinar posiciones conjuntas en materia de lucha contra las drogas ante
terceros países así como en foros y organismos internacionales, en el marco de
la Política Exterior Común andina.
18. Actualizar el Convenio "Rodrigo Lara Bonilla" sobre cooperación para la
prevención del uso indebido y la represión del tráfico ilícito de
estupefacientes y sustancias sicotrópicas, para adecuarlo a las necesidades
que se desprenden del presente Plan Andino de Cooperación.
19. Examinar y evaluar, de manera comunitaria, la ejecución y eficacia de las
acciones que se desarrollen en el marco del presente Plan Andino de
Cooperación.
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