Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos
ANEXO IV
Excepciones al trato de nación más favorecida
Lista de Chile
- Chile exceptúa la aplicación del artículo 9-04
(Trato de nación más favorecida) al tratamiento otorgado
bajo todos los acuerdos internacionales bilaterales o multilaterales en
vigor o firmados antes de la fecha de entrada en vigor de este Tratado.
- Respecto a aquellos acuerdos internacionales en vigor o firmados
después de la fecha de entrada en vigor de este Tratado, Chile exceptúa
la aplicación del artículo 9-04 (Trato de nación más
favorecida) al tratamiento otorgado bajo aquellos acuerdos en materia de:
- aviación;
- pesca; o
- asuntos marítimos, incluyendo salvamento.
- Para mayor certeza, el artículo 9-04 (Trato de nación
más favorecida) no se aplica a ningún programa presente o
futuro de cooperación internacional para promover el desarrollo
económico, incluyendo prácticas de créditos de exportación
de conformidad con las disposiciones sobre tasas de interés del
Acuerdo de Créditos de Exportación de la Organización
para la Cooperación y Desarrollo Económicos.
Lista de México
- México exceptúa la aplicación del artículo
9-04 (Trato de nación más favorecida) al tratamiento otorgado
bajo todos los acuerdos internacionales bilaterales o multilaterales en
vigor o firmados antes de la entrada en vigor de este Tratado.
- Respecto a aquellos acuerdos internacionales en vigor o firmados
después de la fecha de entrada en vigor de este Tratado, México
exceptúa la aplicación del artículo 9-04 (Trato de
nación más favorecida) al tratamiento otorgado bajo aquellos
acuerdos en materia de:
- aviación;
- pesca; o
- asuntos marítimos, incluyendo salvamento.
- Para mayor certeza, el artículo 9-04 (Trato de nación
más favorecida) no se aplica a ningún programa presente o
futuro de cooperación internacional para promover el desarrollo
económico, como aquellos regidos por el Programa de Cooperación
Energética para Países de Centroamérica y del Caribe
(Pacto de San José) y el Acuerdo de Créditos de Exportación
de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos.
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