Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES N� 38/95: Pautas Negociadoras de los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc
VISTO: El Tratado de Asunci�n y el Protocolo de Ouro Preto, la Decisi�n N� 4/91 del Consejo del Mercado Com�n, la
Resoluci�n N� 20/95 del Grupo Mercado Com�n.
CONSIDERANDO:
Que la Resoluci�n N� 20/95 GMC instruye a los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas para elaborar propuestas
de pautas negociadoras indicando las tareas prioritarias definidas a la luz de las necesidades de la presente etapa del proceso
de integraci�n, el plazo razonable para su ejecuci�n y los medios necesarios para su realizaci�n.
Que deben continuarse los trabajos que profundicen los esquemas de integraci�n del Mercosur y el perfeccionamiento de la
Uni�n Aduanera y la conclusi�n de los objetivos del Tratado de Asunci�n.
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE :
Art�culo 1 - Aprobar las Pautas Negociadoras de los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc que
constan como Anexos y forman parte de la presente Resoluci�n.
Art�culo 2 - En el desarrollo de dichas pautas los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc tendr�n en
consideraci�n las instrucciones generales y espec�ficas que constan en los Anexos a la presente Resoluci�n, adem�s de las
instrucciones ya impartidas por el GMC.
ANEXO A LA RES. N� 38/95
INSTRUCCIONES DE CARACTER GENERAL A LOS SUBGRUPOS DE TRABAJO, REUNIONES
ESPECIALIZADAS Y GRUPOS AD-HOC
Sin perjuicio de las instrucciones impartidas con anterioridad, el GMC instruye lo siguiente:
1. Participaci�n del Sector Privado.
En lo que se refiere a la participaci�n del Sector Privado, los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos
Ad-Hoc, deber�n ajustarse a lo dispuesto en el Cap�tulo VII de la Dec. N� 4/91 CMC.
2. N�mero y permanencia de Comisiones.
Al definir su estructura organizativa, los Subgrupos de Trabajo y las Reuniones Especializadas mantendr�n en un m�nimo el
n�mero de Comisiones Permanentes. Podr�n convocar Comisiones Ad-Hoc seg�n resulte necesario, para la consideraci�n de
temas espec�ficos a las competencias del �rgano respectivo, que hagan al mejor funcionamiento de la Uni�n Aduanera.
3. Relaciones Externas.
Las iniciativas de las distintas instancias negociadoras vinculadas a las relaciones externas del MERCOSUR con terceros
pa�ses, grupos de pa�ses u organizaciones internacionales, deben ser sometidas a la aprobaci�n previa del GMC, que decidir�
la manera m�s adecuada para instrumentar dichas iniciativas.
4. Cooperaci�n T�cnica.
Los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc, la Comisi�n de Comercio del MERCOSUR y sus
Comit�s T�cnicos someter�n a consideraci�n del GMC todas las demandas y ofertas de Cooperaci�n T�cnica, las que
deber�n ser debidamente justificadas.
La gesti�n y seguimiento de las mismas es competencia del Comit� de Cooperaci�n T�cnica.
5. Restricciones y Medidas No Arancelarias.
Los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc y la Comisi�n de Comercio del MERCOSUR
incorporar�n como una de sus actividades prioritarias la eliminaci�n o armonizaci�n de las restricciones y medidas no
arancelarias distribuidas por la Res. N� 32/95 GMC. Asimismo, las nuevas restricciones y medidas no arancelarias que
pudieran ser identificadas en el futuro, deber�n ser objeto de tratamiento prioritario.
6. Interacci�n con otros Subgrupos, Grupos Ad-Hoc, Comit�s T�cnicos y Reuniones Especializadas.
Los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc y Comit�s T�cnicos, podr�n solicitar informes t�cnicos
entre s�, manteniendo informado de ello al GMC.
7. Reglamentos T�cnicos
En la elaboraci�n de Reglamentos T�cnicos, los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas observar�n cuando
corresponda, las directrices que sobre la materia elabore el SGT N� 3 y apruebe el GMC.
ANEXO A LA RES. N� 38/95
INSTRUCCIONES DE CARACTER ESPECIFICO A LOS SUBGRUPOS DE TRABAJO, REUNIONES
ESPECIALIZADAS Y GRUPOS AD-HOC
SGT N� 1
Que indique los objetivos que pretende alcanzar, en el plazo de 24 meses, con relaci�n a las siguientes tareas de pautas
negociadoras:
- radiodifusi�n sonora digital;
- televisi�n de alta definici�n (TVAD);
- armonizaci�n del uso del espectro radioel�ctrico;
- radiodifusi�n por sat�lite incluido DTH;
- futuro servicios m�viles terrestres (IMT 2000);
- sistemas satelitales; y
- compatibilidad electromagn�tica.
Que se manifieste previamente sobre la viabilidad y necesidad de ejecuci�n de las siguientes tareas, a la luz de la presente
etapa del proceso de integraci�n:
- compatibilizaci�n de las legislaciones vigentes en materia postal ("unificaci�n de las normas que rigen en las actividades
postales en la regi�n");
- pol�ticas tarifarias de correos ("adopci�n de pol�tica tarifaria armonizada para correos"); y
- sello postal del MERCOSUR (creaci�n de un sello postal del MERCOSUR).
Coordinar con el SGT N� 5 (Transporte e Infraestructura) la ejecuci�n de la tarea "Reconocimiento de licencia para
transportistas" que figura en su propuesta de pauta negociadora.
Coordinar con el CT N� 2 (Asuntos Aduaneros) la ejecuci�n de la tarea "Asuntos Aduaneros" que figura en su propuesta de
pauta negociadora.
Que aclare si lo que pretende armonizar son reglamentos t�cnicos obligatorios o normas t�cnicas voluntarias en la tarea
interconexi�n de redes de telecomunicaciones.
SGT N� 2
Que al realizar el estudio comparativo de las legislaciones nacionales, se atenga estrictamente a los aspectos atinentes a su
sector.
SGT N� 3
Se recuerda que, entre las tareas que le fueron encomendadas en el Acta N� 3/95 GMC, debe otorgar urgente tratamiento a
las que se mencionan a continuaci�n:
- padrones de identidad y calidad de manzanas y peras consulta N� 52/95 CCM;
- embalaje de manzanas y otras frutas consulta N� 90/95 CCM;
- padrones de identidad y calidad y arroz consulta N� 92/95 CCM; y
- emisi�n de contaminantes en veh�culos automotores.
Que elabore un Reglamento T�cnico destinado a diferenciar a los fines comerciales el agua mineral natural y el agua
artificialmente mineralizada.
SGT N� 4
Considerar en coordinaci�n con el SGT N� 5 el tema de seguro sobre Transporte Multimodal.
Que sin perjuicio del inicio de sus trabajos formule su propuesta de pauta negociadora adoptando el formato definido por la
Res. N� 20/95 GMC (Justificaci�n y medios necesarios).
SGT N� 5
Coordinar con el Comit� T�cnico N� 2 (Asuntos Aduaneros) de la CCM la ejecuci�n de las tareas "Facilitaci�n Fronteriza" e
"Facilitaci�n: Acuerdo sobre los Procesos Aduaneros y Administrativos".
Coordinar con el SGT N� 1 (Comunicaciones) y el CT N� 2 (Asuntos Aduaneros) la ejecuci�n de la tarea "Acuerdo sobre
Transporte de Encomiendas y Correspondencia en �mnibus de L�neas Regulares".
Coordinar con el CT N� 7 (Defensa del Consumidor) y N� 8 (Restricciones y Medidas No Arancelarias) de la CCM cuando
el tratamiento de los �tems referentes a la defensa de usuario y barreras no arancelarias en la ejecuci�n de tareas "Transporte
Fluvial y Mar�timo: Acuerdo Multilateral de Transporte de Carga".
Manifestar preliminarmente sobre la viabilidad y la necesidad de "Homogeneizar las condiciones laborales a bordo", uno de los
�tems que compone la tarea "Registro de Embarcaciones en el MERCOSUR" propuesta en el Subgrupo.
Aclarar el objetivo de la tarea "Tratamiento de las Asimetr�as Econ�mico-Tributarias"
SGT N� 6
Deber� buscar instancias de coordinaci�n con el SGT N� 3 y SGT N� 8 para la consideraci�n de la tem�tica ambiental en la
elaboraci�n de reglamentos t�cnicos y reglamentos sanitarios y fitosanitarios.
SGT N� 7
Que aclare el alcance y los objetivos de la tarea relativa al "Programa de compras gubernamentales", incluidas en el punto b)
del �tem 3.2. de su propuesta de pauta negociadora y que tenga en cuenta los trabajos que viene realizando el CT N� 4 sobre
este tema.
SGT N� 8
Que en su primera reuni�n trate los temas priorizados en el punto seis (6) del Acta N� 3/95 del GMC que se mencionan a
continuaci�n:
- Armonizaci�n de normas sanitarias, en particular las de aquellos temas que fueron objeto de consultas en la CCM.
- An�lisis y resoluci�n de las restricciones y medidas no arancelarias listadas en la Res. N� 32/95 GMC.
SGT N� 1
Que sin perjuicio del inicio de sus trabajos formule su propuesta de pauta negociadora adoptando el formato definido por la
Res. N� 20/95 GMC (Justificaci�n y medios necesarios).
Esclarecer los objetivos de la tarea "Normas sobre relaciones laborales" e indicar con precisi�n las medidas necesarias para su
ejecuci�n.
REUNION ESPECIALIZADA DE TURISMO
Coordinar con el SGT N� 6 "Medio Ambiente" la ejecuci�n de la tarea "Ecoturismo".
Aclarar los objetivos de la tarea "Parques Tem�ticos" as� como indicar con precisi�n las medidas de naturaleza arancelaria y
tributaria, necesarias para su ejecuci�n.
El informe que presente sobre el tema ser� evaluado posteriormente por el GMC con el fin de identificar los niveles de
coordinaci�n necesarios para la implementaci�n de la tarea.
Remitir al CT N� 2 "Asuntos Aduaneros" a los efectos de su an�lisis la propuesta de tarea "Polo Tur�stico Internacional de
Iguaz�" a fin de que dicho comit� analice la propuesta mencionada.
Coordinar con el CT N� 2 "Asuntos Aduaneros" las siguientes tareas:
- circulaci�n de veh�culos de propiedad de empresas de alquiler de autom�viles;
- gu�a informativa para turistas;
- transporte terrestre tur�stico.
REUNION DE COORDINACION INFORMATICA SAM-SECAD
Definir la instrumentaci�n del Sistema de interconexi�n inform�tico, elevando al GMC una propuesta sobre los Aspectos
documentales y de equipamiento. Dicha tarea deber� presentarse al GMC en su pr�xima Reuni�n.
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