Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMÚN
MERCOSUR/RES. Nº 01/03 -
ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA DEL MERCOSUR
VISTO:
El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones
Nº 04/96, 24/00, 1/02, 16/02 y 30/02 del Consejo del Mercado Común y las
Resoluciones Nº 67/96, 42/97 y 74/98 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la implementación del Sector de Asesoría Técnica, en el marco del
proceso de transformación de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR en una
Secretaría Técnica, implica modificaciones en la actual estructura y
funcionamiento de la Secretaría.
Que a fin de dinamizar el apoyo prestado por la Secretaría a los demás
órganos del MERCOSUR se hace necesario adecuar la política de personal de la
Secretaría.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art.1 - Aprobar la nueva “Estructura Organizativa de la Secretaría
Administrativa del MERCOSUR”, que consta como Anexo I y las “Normas para
Selección y Contratación de Personal” con las atribuciones que le corresponden,
que figuran en el Anexo II y forman parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Aprobar la “Estructura Salarial” que figura en
Anexo III y forma parte de la presente Resolución.
Art. 3 - Instruir a la Secretaría, la elaboración, para consideración del
próximo GMC, del proyecto de resolución adecuando las Resoluciones GMC Nº
67/96, 42/97 y 74/98 a las modificaciones introducidas por la presente
Resolución. Deróganse las disposiciones de las referidas Resoluciones que se
opongan con el tenor de la presente Resolución.
Art. 4 - Derogar las Resoluciones GMC Nº 94/00 y 15/02.
Art. 5 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de organización y
funcionamiento del MERCOSUR.
XLIX GMC – Asunción, 04/IV/03
ANEXO I
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA
SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR
Sector
de
Asesoría Técnica |
Sector
de Normativa y Documentación |
Sector
de
Administración y Apoyo |
4 Consultores Técnicos
|
2 Técnicos en
Normativa
|
2 Técnicos en Administración
|
2
Técnicos
|
1
Técnico en Documentación
|
1 Técnico en Informática
|
|
1 Técnico en Divulgación
|
|
La Secretaría contará también con 9 Asistentes Técnicos y 3 funcionarios
de apoyo que serán asignados en los distintos sectores por el Director según
las necesidades de servicio.
1- El Director de la Secretaría es responsable por el adecuado
cumplimiento del conjunto de tareas atribuidas a la Secretaría y por la
gestión administrativa, financiera y patrimonial de la misma.
2- En ese contexto, compete al Director de la Secretaría:
a. coordinar los trabajos de las áreas que integran la Secretaría, de
conformidad con lo dispuesto en cada caso. Para auxiliarlo en esa tarea,
el Director podrá designar, después de consultar a los Estados Partes, un
funcionario técnico de los sectores de Normativa y Documentación o del
Sector de Administración y Apoyo para ejercer la función de coordinación
de estos sectores. El funcionario designado actuará bajo la orientación
del Director y tendrá derecho a una gratificación adicional sobre el
salario con un valor máximo U$S 300 (trescientos dólares estadounidenses).
b. coordinar la relación de la Secretaría con los demás órganos de la
estructura del MERCOSUR.
c. coordinar los trabajos del Sector de Asesoría Técnica con los
órganos decisorios del MERCOSUR.
d. decidir, en consulta con los Coordinadores del Grupo Mercado Común,
las prioridades y plazos de realización de los trabajos de la Secretaría,
en función de la disponibilidad de recursos humanos y materiales.
e. organizar la participación del personal de la Secretaría en cursos,
seminarios y demás eventos sobre temas relevantes para su actuación,
respetando las limitaciones presupuestarias. Los funcionarios que
participen de estos eventos no podrán emitir opiniones en nombre del
MERCOSUR.
f. organizar el apoyo logístico a las reuniones del MERCOSUR. El número
y el perfil de los funcionarios que integran los equipos de apoyo de la
Secretaría en cada reunión deberá ser definido por la Presidencia Pro
Tempore, correspondiendo al Director en base de esos parámetros, y
respetando las limitaciones presupuestarias, formar el equipo de apoyo.
Con vistas a asegurar el adecuado cumplimiento de esa tarea, los
funcionarios serán especialmente entrenados para atender las necesidades
corrientes de las reuniones negociadoras, en especial en lo que se refiere
a los servicios del secretariado, reproducción de documentos y
organización del Acta y de la documentación emanada de la reunión. El
equipo que prestará apoyo logístico a las reuniones, estará bajo la
responsabilidad de un Jefe de equipo, designado por el Director para
facilitar la coordinación con la Presidencia Pro Tempore.
g. designar su sustituto en caso de ausencia temporaria. Salvo
impedimento, el funcionario designado para las tareas de coordinación
mencionada en la letra (a) de este literal sustituirá al Director en esos
casos.
Sector de Asesoría
Técnica |
El funcionamiento y las atribuciones del Sector de Asesoría Técnica-SAT
se regirán por lo dispuesto en la Decisión CMC Nº 30/02.
Sector de Normativa y
Documentación |
El Sector de Normativa y Documentación-SND- ejerce sus actividades bajo
la supervisión del Director de la Secretaría y tiene las siguientes
atribuciones:
a) Apoyo al proceso de elaboración e implementación de normas en el
MERCOSUR.
- Analizar los aspectos formales de los proyectos y propuestas
de normas elevados por los foros técnicos a la consideración de los
órganos decisorios del MERCOSUR.
- Proceder a la revisión de las versiones en idiomas español y
portugués de los proyectos de normas y asegurar la efectiva
correspondencia de los textos en los dos idiomas, antes de su remisión a
la consideración de los órganos decisorios.
- Realizar, en coordinación con los Estados Partes, las traducciones
auténticas a los idiomas español y portugués de todos los proyectos de
normas y normas adoptadas por los órganos de la estructura institucional
del MERCOSUR.
b) Incorporación de las normas del MERCOSUR al ordenamiento jurídico de
los Estados Partes:
- Registrar las notificaciones de los Estados Partes relativas a la
incorporación de las normas del MERCOSUR a los ordenamientos jurídicos
nacionales;
- Archivar las normas nacionales por medio de las cuales los Estados
Partes hayan incorporado a sus respectivos ordenamientos jurídicos, las
normas del MERCOSUR;
- Comunicar a los Estados Partes la conclusión del proceso de
incorporación de las normas del MERCOSUR, al ordenamiento jurídico de
los cuatro países;
- Mantener actualizadas las listas con el estado de incorporación de
las normas del MERCOSUR en los Estados Partes.
c) Asistencia en los procedimientos de Solución de Controversias
vigentes en el MERCOSUR.
- Registrar las listas de árbitros y expertos, previstas en los
procedimientos de Solución de Controversias y Reclamaciones del MERCOSUR,
así como las previstas en los acuerdos firmados por el MERCOSUR con
terceros países, grupos de países y organismos internacionales.
- Realizar otras tareas previstas en los procedimientos de
Solución de Controversias y Reclamaciones del MERCOSUR, así como en los
procedimientos de resolución de conflictos acordados entre el MERCOSUR y
terceros países o grupos de países.
d) Organización del archivo.
- Organizar y mantener actualizado el archivo oficial del
MERCOSUR, el cual deberá estar conformado por toda la documentación
emanada de los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR, así
como por todos los instrumentos firmados por el MERCOSUR con terceros
países, grupos de países u organismos internacionales.
- Mantener actualizada la Base de Datos de la Secretaría, la cual
deberá estar estructurada de manera de viabilizar consultas por tema,
órgano emisor o tipo de norma.
- Cotejar las versiones en medio físico y magnético de las actas y de
los anexos y, en caso de discrepancias entre las mismas, proceder a la
corrección pertinente en la versión en medio magnético.
- Mantener actualizada la lista de Decisiones, Resoluciones y
Directivas, así como de proyectos de normas elevados por los foros
técnicos a la consideración de los órganos decisorios del MERCOSUR.
e) Divulgación de la normativa MERCOSUR.
- Elaborar y divulgar el Boletín Oficial del MERCOSUR.
- Mantener actualizada la lista de destinatarios del Boletín Oficial
del MERCOSUR y responsabilizarse por la divulgación y distribución del
mismo.
- Seleccionar y encaminar al Sector de Administración y Apoyo, para su
incorporación en la página WEB, toda la documentación de carácter
público emanada de los órganos de la estructura institucional del
MERCOSUR.
- Velar, en los casos pertinentes, por la confidencialidad de la
documentación del MERCOSUR.
- Atender las consultas internas y externas sobre la documentación
emanada del proceso negociador y las normas adoptadas en el ámbito del
MERCOSUR.
Sector de
Administración y Apoyo |
El Sector de Administración y Apoyo-SAA es responsable por todas las
actividades relativas a la administración financiera, patrimonial y de los
recursos humanos de la Secretaría y por los servicios relacionados con el
sistema de informática y con el mantenimiento de la Secretaría, ejerciendo
sus actividades bajo la supervisión del Director.
Son atribuciones del SAA:
a) Administración financiera y patrimonial
- Elaborar el proyecto de presupuesto de la Secretaría, a ser aprobado
por el Grupo Mercado Común;
- Practicar todos los actos necesarios para la correcta ejecución del
presupuesto de la Secretaría y mantener los registros contables
correspondientes;
- Preparar la Rendición de Cuentas Anual de la Secretaría, a ser
aprobada por el Grupo Mercado Común;
- Asistir al Director de la Secretaría en el establecimiento del Plan
Anual de Compras e Inversiones de la Secretaría;
- Ejecutar los actos de compra y enajenación de bienes y contratación
de servicios para la Secretaría, de conformidad con las normas y
procedimientos establecidos;
- Efectuar pagos a los acreedores, registrar y controlar la
liquidación de créditos y débitos, emitir documentos de pagos y recibos,
hacer transferencias y responsabilizarse por la custodia de los fondos y
valores de la Secretaría;
- Mantener actualizado, correctamente evaluado e identificado el
inventario de bienes de la Secretaría;
- Mantener el sistema de registro y control de proveedores.
b) Administración de recursos humanos
- Preparar la documentación para la contratación de personal
- Planear e implementar, en coordinación con los demás sectores de la
Secretaría, planes de capacitación del personal de la Secretaría;
- Asegurar el adecuado registro de contrataciones, asistencias,
ausencias y alejamiento del personal de la Secretaría;
- Asistir al Director en la aplicación del régimen disciplinario de
los funcionarios de la Secretaría;
c) Sistema de informática
- Prestar sistencia informática a todos los sectores de la
Secretaría,
- Asegurar el perfeccionamiento y seguridad de la base de datos y del
sistema informático del MERCOSUR; y
- Mantener actualizada la página WEB del MERCOSUR
d) Organización de los servicios de apoyo y mantenimiento de la
Secretaría
- Supervisar los trabajos de fotocopiado, mensajería, limpieza,
mantenimiento y seguridad de la Secretaría;
- Prestar asistencia en cuestiones de protocolos;
- Administrar la recepción, distribución y expedición de las
comunicaciones.
ANEXO II
NORMAS PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DEL PERSONAL
En el proceso de selección y contratación del personal para
la Secretaría, deberán ser observados los requisitos establecidos en la
presente Resolución, respetando el principio general de equilibrio en la
representación de las nacionalidades en la Secretaría.
DIRECTOR
El cargo de Director será cubierto de acuerdo con el procedimiento
establecido por el Artículo 33 del Protocolo de Ouro Preto.
A fin de orientar la elección del Director, el GMC podrá definir las
condiciones adicionales que deberán reunir los pre-candidatos al cargo de
los cuales se exigirá, como requisito mínimo, título universitario y amplio
conocimiento sobre el MERCOSUR.
CONSULTORES TECNICOS
Los cargos de Consultores Técnicos serán cubiertos de acuerdo a lo
dispuesto en la Decisión CMC N° 30/02
TÉCNICOS Y DEMÁS FUNCIONARIOS
Los cargos de los funcionarios del cuadro del personal de la Secretaría
serán cubiertos por nacionales de los Estados Partes, mediante selección en
base a antecedentes y pruebas entre los candidatos indicados por los Estados
Partes pertinentes, respetando los requisitos mínimos establecidos para cada
cargo, mencionados seguidamente:
El proceso de selección estará a cargo de una comisión integrada por un
representante designado por cada Estado Parte y por el Director de la
Secretaría.
El criterio de selección previsto en este ítem regirá solamente para los
casos de nuevas contrataciones, no aplicándose a eventuales renovaciones de
contratos. Excepcionalmente, estos criterios también podrán ser dispensados
en el caso de reubicación en otros cargos de los funcionarios que ya
conforman el cuadro de personal de la Secretaría.
Requisitos exigidos para cada cargo.
Técnico (SAT)
- Título universitario en las
áreas de derecho, economía, o relaciones internacionales.
- Conocimientos sobre el
funcionamiento del MERCOSUR.
- Dominio del procesador de texto
y otros programas utilizados por la Secretaría.
|
Técnico en Administración.
- Título Título universitario
relacionado con administración y/o contabilidad.
- Experiencia laboral en el
área de administración.
- Conocimientos generales
sobre el MERCOSUR.
- Dominio de procesador de
texto y otros programas utilizados por la Secretaría..
|
Técnico en Normativa
- Título universitario en las
áreas de derecho y/o relaciones internacionales.
- Conocimiento sobre el
proceso normativo del MERCOSUR.
- Dominio de procesador de
texto.
|
Técnico en Documentación
- Título universitario
relacionado con el archivo y clasificación de documentos.
- Conocimiento sobre el
proceso negociador del MERCOSUR.
- Dominio del procesador de
texto.
|
Técnico en Divulgación
- Título universitario
relacionado con actividades de divulgación.
- Conocimiento sobre el
proceso negociador del MERCOSUR.
- Dominio del procesador de
texto.
|
Técnico en Informática
- Título universitario en
informática.
- Experiencia Laboral en el
área de informática.
- Conocimiento sobre el
proceso negociador del MERCOSUR.
|
Asistente Técnico
- Estudios secundarios
completos.
- Dominio del procesador de
texto.
- Conocimiento sobre el
proceso negociador del MERCOSUR.
|
Personal de Apoyo
- Estudios primarios completos.
- Conocimiento básico sobre el
MERCOSUR.
|
Los contratos de trabajo de los técnicos y demás funcionarios de la
Secretaría serán firmados por un plazo de dos años y podrán ser renovados
por períodos iguales o por una fracción de ese período.
DISPOSICIONES GENERALES
El conocimiento operativo de los dos idiomas oficiales y de trabajo del
MERCOSUR será condición obligatoria para la designación en todos los cargos
de la Secretaría, sujeta a certificación en ocasión de la firma de nuevos
contratos o su renovación, excepto en lo que se refiere a los cargos de
apoyo para los cuales se requiere conocimiento elemental de los dos idiomas.
Además del cuadro de personal contratado, la Secretaría podrá valerse,
para la ejecución de tareas específicas que le hayan sido atribuidas, de la
cesión por un plazo determinado de recursos humanos especializados por los
Estados Partes del MERCOSUR.
Las tareas a las cuales se refiere el párrafo anterior serán acordadas por
los Estados Partes en consulta con el Director de la Secretaría.
Los Estados Partes podrán, además, designar a su criterio funcionarios
gubernamentales para que realicen pasantías en los diferentes sectores de la
Secretaría, los cuales ejercerán sus funciones de acuerdo con las
reglamentaciones establecidas para ese fin por el Director, en consulta con
los Coordinadores Nacionales del GMC.
ANEXO III
ESTRUCTURA SALARIAL
Las siguientes remuneraciones serán establecidas en los contratos a ser
suscriptos con los funcionarios de la Secretaría del MERCOSUR a partir del
30/4/2003:
(a) Consultores Técnicos (4 cargos )
|
- Salario 3.000 Dólares estadounidenses |
(b) Técnicos (9 cargos )
|
- Salario 1.750 Dólares estadounidenses |
(c) Asistentes Técnicos (9 cargos )
|
- Salario 1.050 Dólares estadounidenses |
(d) Personal de Apoyo (3 cargos )
|
- Salario 600 Dólares estadounidenses |
|