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Acuerdos > Canadá-Chile > Protocolos > Segundo Protocolo Adicional  
 


Segundo Protocolo Adicional
del Tratado de Libre Comercio entre
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá
 
 


El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá (las "Partes"):

Considerando que las Partes, al suscribir, el 5 de diciembre de 1996, un Tratado de Libre Comercio, tuvieron como objetivo fundamental establecer una zona de libre comercio, eliminando progresivamente sus aranceles, con el fin de facilitar la circulación de bienes y servicios entre sus territorios; y

Atendido que el Gobierno de Chile adoptó una medida de salvaguardia para las importaciones de trigo y que, conforme al Capítulo F del Tratado de Libre Comercio, siempre que se aplique una medida de salvaguardia debe otorgarse una compensación mutuamente acordada de liberalización comercial, en forma de concesiones que tengan efectos comerciales sustancialmente equivalentes;

Convienen lo siguiente:

ARTÍCULO 1

Eliminar de la Lista de Desgravación de Chile, contenida en el Anexo C-02.2, los siguientes bienes identificados conforme a la clasificación arancelaria establecida en el mismo Anexo:

0713.10 (arvejas secas y frijoles secos);

2004.10 (papas); y

2309.10 (alimentos para mascotas).

En virtud de lo anterior, las importaciones de bienes originarios de Canadá, correspondientes a las clasificaciones arancelarias antes indicadas, estarán exentas de aranceles aduaneros una vez que el presente Protocolo entre en vigor.

ARTÍCULO 2

El presente Protocolo constituirá un Acuerdo de Ejecución del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, y entrará en vigor después de la última notificación en que una de las Partes comunique a la otra, por la vía diplomática, el cumplimiento de los requisitos internos necesarios para su entrada en vigor, pero no después del 1 de noviembre de 2001.

En fe de lo cual los suscritos, debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos, han firmado este Protocolo.

Elaborado en duplicado en Ottawa, este día veinticinco del mes de octubre de 2001, en los idiomas español, inglés y francés, siendo todos los textos igualmente auténticos.

Por el Gobierno de la República de Chile.- Por el Gobierno de Canadá.

Conforme con su original.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Subsecretario de Relaciones Exteriores.

Santiago, 4 de enero de 2002.
(publicado en el Diario Oficial el martes 30 de abril, 2002)

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