DECISIÓN 596
Creación del Consejo de Ministros de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Comunidad Andina
EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES EN
REUNIÓN AMPLIADA CON LA COMISIÓN,
VISTOS: El artículo 128 del Acuerdo de Cartagena, codificado
mediante Decisión 563, las Decisiones
391, 435 y
471 de la Comisión, la
Decisión 523 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores;
CONSIDERANDO: Que el Acuerdo de Cartagena establece que los
Países Miembros emprenderán acciones conjuntas que permitan un mayor
aprovechamiento de sus recursos naturales renovables y no renovables y la
conservación y mejoramiento del medio ambiente;
Que durante la X Reunión del Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores, en marzo del 2003, los Cancilleres realizaron una
reflexión conjunta sobre el estado actual de la integración y los nuevos ejes
estratégicos, destacando al Desarrollo Sostenible y específicamente a la
biodiversidad y a las alianzas energéticas, como potencial para el desarrollo
de los Países Miembros;
Que los Países Miembros de la Comunidad Andina han adquirido
diversos compromisos conjuntos relacionados con la conservación y uso
sostenible de la diversidad biológica a través de la Decisión 523 relativa a la
“Estrategia Regional de Biodiversidad para los Países del Trópico Andino”, y
con la gestión ambiental y el desarrollo sostenible mediante el “Plan Andino de
Seguimiento de la Cumbre de Johannesburgo sobre Desarrollo Sostenible”;
Que es conveniente que los compromisos y acciones conjuntas
se coordinen al más alto nivel político sectorial dada la importancia que ha
venido adquiriendo la gestión ambiental en la agenda de la integración
subregional andina;
Que los Ministros de Ambiente de la Comunidad Andina
reunidos en Cuenca, Ecuador, los días 9 y 10 de junio de 2004 acordaron elevar
ante el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores las bases de
propuesta para la creación del Consejo de Ministros de Medio Ambiente y
Desarrollo Sostenible de la Comunidad Andina;
Que la Secretaría General presentó la Propuesta 130 a
consideración del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores reunido
en forma ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión;
DECIDE:
Artículo 1.- Crear el Consejo de Ministros de Medio
Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Comunidad Andina.
Artículo 2.- El Consejo de Ministros de Medio Ambiente y
Desarrollo Sostenible de la Comunidad Andina estará conformado por las máximas
autoridades ambientales y de desarrollo sostenible de cada País Miembro y
tendrá como función asesorar al Consejo Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores y a la Comisión de la Comunidad Andina, así como a los demás órganos
del Sistema Andino de Integración (SAI) en la definición, armonización,
coordinación y aprobación de las políticas comunitarias en el campo del medio
ambiente y el desarrollo sostenible. Asimismo, estará encargado de coordinar
las actividades de Comité Andino de Autoridades Ambientales (CAAAM) y del
Comité Andino sobre Recursos Genéticos.
Artículo 3.- El Comité Andino de Autoridades Ambientales
(CAAAM) y el Comité Andino sobre Recursos Genéticos, en el desarrollo de las
funciones que les fueron conferidas en las Decisiones 391 y 435, tendrán en
cuenta los lineamientos que establezca el Consejo de Ministros de Medio
Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Comunidad Andina; asimismo, apoyarán a
éste y le mantendrán informado sobre aspectos relativos a su actuación por lo
menos una vez por año.
Dada en la ciudad de Quito, República del Ecuador, a los once días del mes
de julio del año dos mil cuatro.
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