Acta de Barahona
VI Reuni�n del Consejo Presidencial Andino
Cartagena de Indias, 3-5 de diciembre de 1991
Los Presidentes de Bolivia, Colombia, Ecuador, Per� y Venezuela, reunidos
en Cartagena de
Indias, los d�as 3, 4 y 5 de diciembre de 1991, con ocasi�n del VI Consejo
Presidencial Andino,
examinaron las acciones desarrolladas desde la suscripci�n del Acta de Caracas
con miras a la
profundizaci�n de la integraci�n subregional, la revisi�n institucional de los
organismos del
sistema subregional de integraci�n, la proyecci�n externa del Grupo Andino y los
avances en
temas sociales y sectoriales complementarios del proceso.
Luego del an�lisis de las diversas acciones, DECIDIERON:
1. INTEGRACION COMERCIAL ANDINAa) Zona de Libre Comercio
La Zona de Libre Comercio entrar� a regir el 1 de enero de 1992. En el caso de
Ecuador y Per�
comenzar� a regir el 1 de julio de 1992.
b) Arancel Externo Com�ni. El Arancel Externo Com�n se aplicar� con base en cuatro (4) niveles
arancelarios: 5%, 10%, 15% y 20%. Bolivia podr� mantener niveles de 5% y 10%.
El tratamiento arancelario para los productos del sector agr�cola ser� definido
en el
marco de la pol�tica agr�cola com�n. En el caso de los veh�culos automotores,
Colombia, Ecuador y Venezuela adoptar�n un Arancel Externo Com�n con un tope
m�ximo de 40% hasta el 1 de enero de 1994, fecha a partir de la cual, �ste ser�
de
25%.
Los productos no producidos a nivel subregional podr�n exceptuarse de la
aplicaci�n del Arancel Externo Com�n difiri�ndolos a un nivel arancelario del
5%.
Para las materias primas e insumos no producidos o de producci�n insuficiente en
la Subregi�n, los Pa�ses Miembros negociar�n una lista reducida para la cual el
AEC se diferir� comunitariamente a un nivel de 0%.
ii. Los criterios para la inclusi�n de los productos del universo
arancelario en los
respectivos niveles se definir�n por parte de la Comisi�n conforme al grado de
elaboraci�n.
iii. El Arancel Externo Com�n, definido seg�n los criterios mencionados
en los
puntos 1 y 2, entrar� en vigencia el 1 de enero de 1992 y se mantendr� hasta el
1
de enero de 1994, fecha en la cual ser� sustituido por niveles de 5%, 10% y 15%,
pudiendo mantener Bolivia el arancel de 5% y 10%.
c) Lista de Excepciones
Se acepta el desmonte de la totalidad de las listas de excepciones a partir del
1 de enero de
1993. El Ecuador desmontar� la totalidad del residual de la siguiente forma: 30
subpartidas a
m�s tardar el 1 de enero de 1993; 30 subpartidas a m�s tardar el 1 de enero de
1994; y las 40
subpartidas restantes a m�s tardar el 30 de junio de 1994.
Los Presidentes de los Pa�ses Miembros recomiendan la no aplicaci�n en lo
posible de las
cl�usulas de salvaguardia de ning�n tipo a las importaciones de productos
originarios de Bolivia
y, asimismo, aplicar�n lo dispuesto en el Art�culo 58 del Acuerdo en el sentido
de que sus
propias Listas de Excepciones no afectar�n las exportaciones procedentes de
Bolivia.
d) Incentivos a las Exportaciones
Con el prop�sito de asegurar condiciones equitativas de competencia entre los
Pa�ses Miembros,
promover los intercambios comerciales y perfeccionar la Uni�n Aduanera Andina, a
m�s tardar el
31 de diciembre de 1992 se eliminar�n los subsidios cambiarios, financieros y
fiscales referidos a
impuestos directos. Igualmente, se eliminar�n a m�s tardar en esa fecha los
Reg�menes
Aduaneros en tanto vulneren el margen de preferencia subregional.
Se resuelve crear una Comisi�n de Alto Nivel integrada por representantes de los
Pa�ses
Miembros y la Junta, la cual identificar� los productos o sectores cuya
producci�n o comercio
intrasubregional podr�an verse perjudicados por pr�cticas que distorsionen la
competencia.
Dicha Comisi�n propiciar� que los Gobiernos o empresas donde se originan las
pr�cticas
asuman compromisos conducentes a eliminarlas o atenuar sus efectos. De no
llegarse a dicha
soluci�n, la Junta sumariamente autorizar� al Pa�s Miembro afectado, a adoptar
las medidas
compensatorias requeridas para corregir las distorsiones derivadas de las
pr�cticas.
Con este mecanismo se buscar� no s�lo actuar expost en aplicaci�n de la
normativa de
competencia sino tambi�n prevenir la ocurrencia de perjuicios, actuando en casos
puntuales de
distorsiones en tanto no se asuman plenamente los compromisos de armonizaci�n de
pol�ticas
econ�micas. La Junta, por resoluci�n, expedir� el Reglamento correspondiente
para que entre en
aplicaci�n a m�s tardar el 15 de enero de 1992.
2. ARMONIZACION DE POLITICAS MACROECONOMICAS
Instruir a los Ministros del �rea econ�mica y Presidentes de Bancos Centrales
para que, en el
t�rmino de 60 d�as, se re�nan con car�cter de Comisi�n, con el fin de considerar
la Propuesta de
la Junta sobre los lineamientos generales de armonizaci�n de pol�ticas
macroecon�micas y
aprobar un programa de acci�n en los campos de su competencia.
3. RELACIONES EXTERNASa) Relaciones con Am�rica Latina, el Caribe y terceros pa�ses.
Manifestar su voluntad de seguir promoviendo los procesos de integraci�n
subregional en marcha
e intensificar la cooperaci�n entre ellos, con el fin de que al culminar la
d�cada est� plenamente
conformada la zona hemisf�rica de libre comercio.
Sobre este particular, se autoriza a los pa�ses a negociar una preferencia
arancelaria bilateral o
regional para todos los socios de la ALADI, Centroam�rica y el Caribe, con base
en las
siguientes consideraciones:i. El Grupo Andino aspira a contribuir decididamente al fortalecimiento de la
integraci�n econ�mica regional y a la conformaci�n de un espacio econ�mico
latinoamericano.
ii. A este respecto, las negociaciones con los pa�ses de Am�rica Latina y el
Caribe
tendr�n un car�cter preferentemente comunitario a los fines de que en �stas
participe el Grupo Andino en conjunto.
iii. Se acuerda invitar a M�xico a negociar comunitariamente un acuerdo
comercial,
a partir de los entendimientos alcanzados hasta la fecha entre Colombia, M�xico
y
Venezuela en el marco del Grupo de los Tres. Asimismo, se decide invitar a
Chile,
a los pa�ses miembros de MERCOSUR y a otros pa�ses de Am�rica Latina y el
Caribe, a iniciar discusiones con el Grupo Andino en su conjunto, con miras a
ampliar las relaciones comerciales regionales y avanzar hacia la progresiva
consolidaci�n de un espacio econ�mico latinoamericano.
iv. En caso que no sea posible negociar comunitariamente, se podr�n celebrar
negociaciones de car�cter bilateral, en las cuales participe uno o m�s pa�ses
del
Grupo Andino. En este caso, los Pa�ses Miembros participantes mantendr�n
informados al resto acerca del desarrollo de dichas negociaciones.
v. Tambi�n se podr�n celebrar negociaciones de concesiones no rec�procas de
pa�ses del Grupo Andino con otros pa�ses de la regi�n cuyo menor nivel de
desarrollo amerita consideraci�n especial.
vi. Las negociaciones no comunitarias se sujetar�n a las consultas exigidas por
el
Art�culo 68 del Acuerdo, para lo cual la Comisi�n podr� expedir una
reglamentaci�n
pero en el entendido de que los Pa�ses Miembros no podr�n objetar posteriormente
las negociaciones que se ci�an al procedimiento acordado.
b) Iniciativa para las Am�ricas
Expresar su confianza en que esta Iniciativa avance de manera expedita en las
instancias
pol�ticas y legislativas a�n pendientes en los Estados Unidos para su plena
aplicaci�n.
Destacaron, asimismo, la importancia de mantener el di�logo pol�tico con los
Estados Unidos, en
torno a la instrumentaci�n en breve plazo de la Iniciativa. Encargaron a la
Junta la elaboraci�n de
un Proyecto de Memorando de Entendimiento Grupo Andino-Estados Unidos para ser
presentado
a la consideraci�n de los Pa�ses Miembros en enero de 1992.
c) Comunidades Europeas
Encomendar al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores a acelerar
los trabajos
para adelantar la pronta negociaci�n de un nuevo convenio con las Comunidades
Europeas, de
modo que pueda ser suscrito con ocasi�n de la Reuni�n de Cancilleres del Grupo
de R�o y las
Comunidades Europeas, previsto para mayo de 1992 en Santiago de Chile.
d) Ronda Uruguay
Reiterar la importancia de concluir exitosamente las etapas finales de la Ronda
Uruguay con
resultados globales y equilibrados, teniendo en cuenta que el mantenimiento de
un sistema
multilateral de comercio representa la mayor garant�a para los pa�ses en
desarrollo.
e) VIII UNCTAD
Expresar su agrado por la realizaci�n de la VIII UNCTAD el pr�ximo a�o en
Cartagena de Indias,
as� como por la posici�n conjunta adoptada por los pa�ses del Grupo de los 77 en
la Declaraci�n
de Teher�n, la cual recoge los puntos de vista sostenidos por Am�rica Latina y
el Caribe
tendientes a que de Cartagena salga una UNCTAD fortalecida que se constituya en
el foro
adecuado para el di�logo y cooperaci�n para el desarrollo.
4. PROPIEDAD INTELECTUAL
Se conviene sustituir el art�culo 119 de la Decisi�n 311 por el siguiente texto:
"Los Pa�ses Miembros, en sus respectivas legislaciones nacionales o mediante
compromisos
adquiridos en el marco de Convenios bilaterales o aqu�llos celebrados en el
�mbito de
organismos internacionales, podr�n fortalecer y ampliar los derechos sobre
Propiedad Industrial
conferidos en la presente Decisi�n, cuando as� lo consideren pertinente".
Se eliminar�a la Tercera Disposici�n Transitoria de la Decisi�n 311, y la
Comisi�n del Acuerdo de
Cartagena har� las reformas que planteen las delegaciones, seg�n el Tratado.
5. ASPECTOS INSTITUCIONALES
a) Instruir al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores para que
presente al pr�ximo
Consejo Presidencial Andino una propuesta sobre la revisi�n institucional de los
Organismos del
Sistema Subregional de Integraci�n. Para tal efecto y con base en los t�rminos
de referencia que
se elaboren, contrate un estudio sobre la reforma institucional.
b) Instruir al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores para que
convoque, en el
primer trimestre de 1992, a una Reuni�n de Plenipotenciarios con miras al examen
y suscripci�n
de un Protocolo Modificatorio al Tratado de Creaci�n del Tribunal Andino de
Justicia.
c) Instruir al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores a considerar
las reformas que
estime necesarias al proyecto de Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo del
Parlamento
Andino, tomando en cuenta las sugerencias presentadas por esa instituci�n.
6. TRANSPORTE Y COMUNICACIONES
Registrar con satisfacci�n los importantes avances en el establecimiento de las
normas para
liberar los sistemas de transporte al interior de la Subregi�n, como son, entre
otras, las normas
t�cnicas sobre tipolog�a y l�mites de peso para veh�culos de carga destinados al
transporte
internacional por carretera; las decisiones sobre transporte internacional de
pasajeros por
carretera y el seguro de responsabilidad civil; los progresos en la instalaci�n
de los CENAF; la
libertad de acceso a la carga transportada por v�a mar�tima que sea originada y
destinada dentro
de la Subregi�n; la iniciaci�n de acciones para la modernizaci�n de la operaci�n
portuaria; y la
integraci�n del transporte a�reo.
Con el prop�sito de superar las dificultades que retardan la efectiva
circulaci�n por v�a terrestre,
a�rea y acu�tica, instruir a los Ministros de Obras P�blicas, Transporte y
autoridades a�reas
para que, en un plazo de sesenta d�as, se re�nan con el fin de adoptar las
medidas necesarias
para agilizar el cumplimiento de estos compromisos. En este mismo sentido,
encargar a la Junta
la elaboraci�n de un trabajo que identifique las necesidades de financiamiento
para superar los
obst�culos que impiden el libre tr�nsito terrestre entre los Pa�ses Miembros,
con el fin de ser
presentado al BID.
7. SEGURIDAD SOCIAL
Reconocer los avances realizados en materia de seguridad social por las
autoridades nacionales
andinas y las instruyen a continuar las consultas sobre las propuestas adoptadas
en su �ltima
reuni�n. Los Gobiernos de los Pa�ses Miembros deber�n rendir dentro de sesenta
d�as un informe
sobre la opini�n que les merece esta iniciativa, la cual deber� ser considerada
en el pr�ximo
Consejo Presidencial Andino.
8. OTROS TEMAS SOCIALES
Instruir a los Ministros de Educaci�n a estudiar la instauraci�n de la C�tedra
de la Integraci�n,
dentro del Programa de Difusi�n y Extensi�n Formativa sobre la integraci�n
andina,
encomendado en el Manifiesto de Cartagena. Igualmente, para que se concluyan los
convenios
que permitan la homologaci�n de t�tulos universitarios.
9. MEDIO AMBIENTE
Crear un Comit� Ambiental Andino con base en los resultados de la Primera
Reuni�n de
Autoridades Nacionales del Medio Ambiente, celebrada en Caracas en agosto de
1991.
10. CIENCIA Y TECNOLOGIA
Invitar a los Pa�ses Miembros que a�n no lo han hecho a participar en el
"Programa Bol�var", a fin
de promover proyectos productivos conjuntos y crear las Comisiones Nacionales
donde a�n no
existen.
11. LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICOa) Destacar la respuesta positiva del Presidente Bush a la invitaci�n formulada
por el V Consejo
Presidencial Andino, en Caracas, de convocar a una Segunda Conferencia Cumbre,
para impulsar
la cooperaci�n multilateral acordada en la Declaraci�n de Cartagena.
b) Subrayar la necesidad de perfeccionar y ampliar, en esa oportunidad, el marco
conceptual y
operativo de la Declaraci�n del 15 de febrero de 1990, particularmente en lo que
hace referencia
al desarrollo alternativo en Bolivia y Per�, aplicable a los campesinos
productores de coca de
ambos pa�ses, cuya condici�n no puede ser asimilada a la de los
narcotraficantes.
c) Manifestar su complacencia por la aprobaci�n en el Congreso de los Estados
Unidos de
Am�rica de la ley que establece el R�gimen de Preferencias Comerciales para los
Pa�ses
Andinos (ATPA). El nuevo R�gimen, al abrir oportunidades de acceso al mercado
estadounidense, fortalece las alternativas de desarrollo econ�mico de nuestros
pa�ses para una
m�s eficaz lucha contra el narcotr�fico, en el marco de los compromisos asumidos
en la
Declaraci�n de Cartagena de Indias del 15 de febrero de 1990.
Acordaron enviar copia de la parte pertinente de esta Acta al Presidente de los
Estados Unidos y
al Senado y C�mara de Representantes de ese pa�s, solicit�ndoles que los
beneficios derivados
del ATPA se hagan extensivos a Venezuela, pa�s andino de tr�nsito, involucrado
igualmente en la
lucha contra el narcotr�fico.
d) Crear el Centro Regional Andino de Coordinaci�n e Informaci�n para la lucha
contra el
narcotr�fico, para las acciones y objetivos previstos en el Acta de Caracas.
12. LOGOTIPO DEL VI CONSEJO PRESIDENCIAL ANDINO
Acordar la adopci�n del logotipo de la presente Cumbre Presidencial Andina, como
s�mbolo del
Grupo Andino para todas las actividades que se realicen en el marco de la
integraci�n
subregional andina.
13. REVISION TRIMESTRAL DE COMPROMISOS
Encargar al Mecanismo de Coordinaci�n y Seguimiento del Consejo Andino de
Ministros de
Relaciones Exteriores que efect�e una revisi�n trimestral sobre el grado de
cumplimiento de los
compromisos asumidos en los Consejos Presidenciales Andinos.
14. CORPORACION ANDINA DE FOMENTO
Los Presidentes expresaron su especial agradecimiento al Se�or Galo Monta�o,
Presidente
saliente de la Corporaci�n Andina de Fomento, por las actividades realizadas
durante su gesti�n
al frente de la instituci�n financiera andina.
15. APLICACION INMEDIATA
La Comisi�n expedir� las decisiones indispensables para garantizar la aplicaci�n
inmediata de
las medidas se�aladas en los puntos 1 y 3 de forma simult�nea al establecimiento
de la zona de
libre comercio.
16. SEDE DE LA PROXIMA REUNION
Acoger la invitaci�n del Gobierno del Ecuador para que la pr�xima reuni�n del
Consejo
Presidencial Andino, se celebre en ese pa�s en la primera semana del mes de
junio de 1992 en
Gal�pagos.
Los Presidentes de Bolivia, Ecuador, Per� y Venezuela manifiestan al Gobierno y
pueblo de
Colombia su especial agradecimiento por la hospitalidad recibida durante su
permanencia en la
ciudad de Cartagena de Indias.
Suscrita en la ciudad de Cartagena a los cinco d�as del mes de diciembre de mil
novecientos
noventa y uno.
(Fdo.) Jaime Paz Zamora
Presidente de la Rep�blica de Bolivia
(Fdo.) C�sar Gaviria Trujillo
Presidente de la Rep�blica de Colombia
(Fdo.) Rodrigo Borja Cevallos
Presidente de la Rep�blica del Ecuador
(Fdo.) Alberto Fujimori
Presidente de la Rep�blica del Per�
(Fdo.) Carlos Andr�s P�rez Rodr�guez
Presidente de la Rep�blica de Venezuela |