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DECISIÓN 366
Modificación de la sposición Transitoria Tercera
de la Decisión 345
LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA,
VISTA: La Tercera Disposición Transitoria de la Decisión 345;
CONSIDERANDO: Que es conveniente continuar con los estudios que se
vienen realizando en materia de acceso y garantía a la bioseguridad en
recursos genéticos, para efectos de la aprobación de un régimen común
sobre la materia;
DECIDE:
Artículo Unico.- Extender el plazo a que se refiere la Tercera
Disposición Transitoria de la Decisión 345 hasta el 30 de junio de 1995.
Dada en la ciudad de Quito, Ecuador, a los veintiséis días del mes de
noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.
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