Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 41/04: FORO CONSULTIVO DE MUNICIPIOS, ESTADOS
FEDERADOS, PROVINCIAS Y DEPARTAMENTOS DEL MERCOSUR
VISTO: El
Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto,
y la Resolución Nº
90/00 del Grupo
Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el desarrollo del proceso de
integración tiene una dimensión política creciente, la cual requiere
acciones coordinadas y sistematizadas de todos los actores envueltos
en el mismo.
La conveniencia de instituir un
foro que se preste al diálogo y a la cooperación de las autoridades
de nivel municipal, estadual, provincial y departamental de los
Estados Partes del MERCOSUR entre sí los Gobiernos Nacionales.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 – Crear el Foro Consultivo de Municipios, Estados Federados,
Provincias y Departamentos del MERCOSUR, con la finalidad de estimular
el diálogo y la cooperación entre las autoridades de nivel municipal,
estadual, provincial y departamental dos Estados Partes del MERCOSUR.
Art. 2 – El Foro Consultivo sucederá a la Reunión Especializada de
Municipios e Intendencias y será integrado por representantes,
designados por los Estados Partes, de Municipios, Estados Federados,
Provincias y Departamentos integrantes de sus respectivos territorios.
Art. 3 – El Foro Consultivo será formado por un Comité de los Municipios
y un Comité de los Estados Federados, Provincias y Departamentos.
Art. 4 – El Foro Consultivo podrá proponer medidas destinadas a la
coordinación de políticas para promover el bienestar y mejorar la
calidad de vida de los habitantes de los Municipios, Estados Federados,
Provincias y Departamentos de la región, así como formular
recomendaciones por intermedio do Grupo Mercado Común.
Art. 5 – El Foro Consultivo de Municipios, Estados Federados, Provincias
y Departamentos del MERCOSUR elevará propuesta de Reglamento Interno a
consideración del Grupo Mercado Común.
Art. 6 – Esta decisión no necesita ser incorporada a los ordenamientos
jurídicos de los Estados Partes por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXVII CMC – Belo Horizonte, 16/XII/04
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