OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

ESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nº 07/97: Ajuste de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su Correspondiente AEC.


VISTO El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión No. 22/94 del Consejo del Mercado Común, las Resoluciones No. 35/95 y 36/95 del Grupo Mercado Común, la Directiva No. 8/96 y la Propuesta No. 1/97 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.

CONSIDERANDO Que es necesario ajustar la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumento esencial de la Unión Aduanera.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

ARTICULO 1: Ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, conforme el estudio de solicitudes de apertura presentadas por los Estados Partes, que figura como anexo y forma parte de la presente Resolución.

ARTICULO 2: La presente Resolución entrará en vigencia el 1 /VII/97.