Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMÚN
MERCOSUR/GMC/RES Nº 08/04:
DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 8/96
NORMAS SANITARIAS PARA EL TRÁNSITO VECINAL FRONTERIZO EQUINO
VISTO:
El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 06/96 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 91/93 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
La necesidad de
derogar los requisitos establecidos en la Resolución GMC Nº 8/96, debido a que la situación sanitaria vecinal fronteriza no justifica el mantenimiento de estas exigencias sanitarias.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Derogar la Resolución GMC Nº 8/96 “Normas Sanitarias para el Tránsito Vecinal Fronterizo Equino”.
Art. 2 - Los Estados Partes implementarán las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes
organismos:
Argentina: |
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria – SENASA
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Brasil: |
Ministério da Agricultura,
Pecuária e Abastecimento - MAPA
Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA
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Paraguay: |
Ministerio de Agricultura y Ganaderia – MAG
Subsecretaria de Estado de Ganaderia – SSEG
Servicio Nacional de
Salud Animal – SENACSA
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Uruguay: |
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca – MGAP
Dirección General de Servicios Ganaderos – DGSG
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Art. 3 - Los Estados Partes del MERCOSUR deberán incorporar
la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 31/X/04.
LIV GMC – Buenos Aires, 25/VI/04
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