OEA


Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMÚN

MERCOSUR/GMC/RES. N° 13/03: MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMÚN


          VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nos 7/94, 22/94, 15/97, 67/00, 06/01 y 21/02 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 60/00 y 65/01 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la Unión Aduanera.


EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
 

Art. 1 - Aprobar la “Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común”, en sus versiones en español y portugués, que figuran como Anexo y forman parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Al momento de incorporar a sus respectivas legislaciones nacionales los niveles arancelarios establecidos en el Anexo, los Estados Partes deberán observar lo dispuesto en la Dec. CMC Nº 15/97, modificada y prorrogada por las Dec. CMC Nº 67/00, 06/01 y 21/02.

Art. 3 – Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la presente Resolución, tendrán vigencia a partir del 1º de enero de 2004, debiendo los Estados Partes asegurar su incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales antes de esa fecha.

LI GMC – Montevideo, 23/IX/03

ANEXO

VERSIÓN EN ESPAÑOL

SITUACIÓN ACTUAL MODIFICACIÓN APROBADA
NCM DESCRIPCIÓN AEC
%
NCM DESCRIPCIÓN

AEC
 %

2903.69.11

Cloruro de bencilo

10

2903.69.11

Cloruro de bencilo

2

3402.90.29

Las demás

18

3402.90.23

 


 3402.90.29

Soluciones o emulsiones hidroalcohólicas de sulfonatos de perfluoroalquiltrimetilamonio y de perfluoroalquilacrilamida

Las demás

 

 

2

18

3907.40.00

- Policarbonatos

14

3907.40

 3907.40.10

 

 

 

 

 3907.40.90

- Policarbonatos

En las formas previstas en la Nota 6b) de este Capítulo, con transmisión de luz de longitud de onda de 550nm u 800nm, superior al 89%, según Norma ASTM D 1003-00 e índice de fluidez de masa superior o igual a 60g/10 min pero inferior o igual a 80g/10 min según Norma ASTM D 1238

Los demás

 

 

 

 

 

2

14

3921.90.20

Con soporte o refuerzo

16

3921.90.2

 3921.90.22



 

 3921.90.29

Con soporte o refuerzo

De polietileno, con refuerzo de napas de fibras de polietileno paralelizadas, superpuestas entre sí en ángulo de 90º e impregnadas con resinas

Las demás

 

 

 

2

16

7602.00.00

DESPERDICIOS Y DESECHOS DE ALUMINIO

2

7602.00.00

DESPERDICIOS Y DESECHOS DE ALUMINIO

0