OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nº 14/97: Modificación RES No. 86/93 GMC.


VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones Nº 86/93 y 91/93 del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 12/97 del SGT Nº 3 "Reglamentos Técnicos".

CONSIDERANDO: Que los Estados Partes acordaron subsanar los errores detectados en la citada Resolución.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art. 1. Modificar la Res GMC No. 86/93 "Determinación de Monómero de Estireno Residual" en los siguientes item:

- Considerando Párrafo 2, renglón 3:

Donde dice: envases y equipamientos de polietileno y sus "copolímero"

Debe decir: envases y equipamientos de poliestireno y sus copolímeros

- Art.1o renglón 1:

Donde dice: envases hechos con estireno y sus "copolímeros"

Debe decir: envases y equipamientos de poliestireno y sus copolímeros.

Art. 2. Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos:

Argentina:

- Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

- Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

- Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)

- Ministerio de Salud y Acción Social

- Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica.

- Instituto Nacional de Alimentos.

Brasil:

- Ministério da Saúde

Paraguay:

- Ministerio de Industria y Comercio Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN)

- Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

- Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición.

Uruguay:

- Ministerio de Salud Pública (MSP)

Art. 3. La presente Resolución entrará en vigencia el 14/XII/97.

XXVI GMC - Asunción, 17/VI/97