OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nº 17/96: Pautas negociadoras de la RECYT


VISTO:

El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común, las Resoluciones Nº 20/95 y 38/95 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 20/95 GMC instruye a los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas para elaborar propuestas de pautas negociadoras indicando las tareas prioritarias definidas a la luz de las necesidades de la presente etapa del proceso de integración, el plazo razonable para su ejecución y los medios necesarios para su realización.

Que deben continuarse los trabajos que profundicen los esquemas de integración del Mercosur y el perfeccionamiento de la Unión Aduanera y la conclusión de los objetivos del Tratado de Asunción.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Artículo 1. Aprobar las Pautas Negociadoras de la RECYT que constan como Anexo y forman parte de la presente Resolución.