OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nº 01/93: Ingreso del proyecto de Acuerdo para la aplicación de los controles integrados en frontera entre los países del Mercosur denominado Acuerdo de Recife.


VISTO

El Artículo 13 del Tratado de Asunción, el Artículo 10 de la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación Nº 24 del Subgrupo de Trabajo Nº 2: Asuntos Aduaneros

CONSIDERANDO

Que el Subgrupo de Trabajo Nº 2 ha elevado una propuesta de ACUERDO PARA LA APLICACION DE LOS CONTROLES INTEGRADOS EN FRONTERA ENTRE LOS PAISES DEL MERCOSUR denominado ACUERDO DE RECIFE.

Que una vez aprobado por el Grupo Mercado Común, el mismo debe ser elevado al Consejo del Mercado Común para su aprobación.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Artículo 1. Ingresar el proyecto de ACUERDO PARA LA APLICACION DE LOS CONTROLES INTEGRADOS EN FRONTERA ENTRE LOS PAISES DEL MERCOSUR denominado ACUERDO DE RECIFE que figura en el anexo, a la presente Resolución.

Artículo 2. Encaminar como propuesta de Decisión al Consejo del Mercado Común el mencionado acuerdo.