Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES Nº 01/93: Ingreso del proyecto de Acuerdo para la aplicación de los controles integrados en frontera entre los países del Mercosur denominado Acuerdo de Recife.
VISTO
El Artículo 13 del Tratado de Asunción, el Artículo 10 de la
Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común y la
Recomendación Nº 24 del Subgrupo de Trabajo Nº 2: Asuntos
Aduaneros
CONSIDERANDO
Que el Subgrupo de Trabajo Nº 2 ha elevado una propuesta de
ACUERDO PARA LA APLICACION DE LOS CONTROLES INTEGRADOS EN
FRONTERA ENTRE LOS PAISES DEL MERCOSUR denominado ACUERDO
DE RECIFE.
Que una vez aprobado por el Grupo Mercado Común, el mismo
debe ser elevado al Consejo del Mercado Común para su
aprobación.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Artículo 1. Ingresar el proyecto de ACUERDO PARA LA APLICACION
DE LOS CONTROLES INTEGRADOS EN FRONTERA ENTRE LOS PAISES
DEL MERCOSUR denominado ACUERDO DE RECIFE que figura en
el anexo, a la presente Resolución.
Artículo 2. Encaminar como propuesta de Decisión al Consejo del
Mercado Común el mencionado acuerdo.
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