OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nº 28/94: Cerraduras y bisagras de puertas laterales.


VISTO el Artículo 13 del Tratado de Asunción, el  Artículo 10 de la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común, las Resoluciones Nº 9/91 y Nº 91/93 del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 2/94 del Subgrupo de Trabajo Nº 3 " Normas Técnicas".

CONSIDERANDO:

Que los vehículos deben cumplir una serie de requisitos técnicos en virtud de las legislaciones nacionales respectivas, entre ellos los correspondientes a CERRADURAS Y BISAGRAS DE PUERTAS LATERALES.

Que dichos requisitos difieren de un Estado Parte a otro lo que puede crear obstáculos técnicos al intercambio comercial y a la libre circulación de vehículos, que podrían eliminarse a través de la adopción de los mismos requisitos técnicos por todos los Estados Partes ya sea como complemento o en reemplazo de su legislación actual.

Que resulta necesario unificar los métodos de ensayo anteriormente adoptados en relación a CERRADURAS Y BISAGRAS DE PUERTAS LATERALES.

Que para tal fin, los Estados Partes han acordado adecuar sus legislaciones, de modo de posibilitar el libre intercambio de vehículos, sus partes y piezas;

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Artículo 1.  Los Estados Partes no podrán limitar o prohibir la libre circulación, homologación, certificación, venta, importación, comercialización, matriculación o uso de los vehículos que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento Armonizado "CERRADURAS Y BISAGRAS DE PUERTAS LATERALES" que figura como Anexo a la presente Resolución, por motivos relacionados con los aspectos técnicos armonizados en el mismo.

Artículo 2.  Elimínase el Punto 3.3 del Anexo I de la Resolución Nº 9/91 del GMC.

Artículo 3. La presente resolución entrará en vigor a partir del 31 de diciembre de 1994.

Artículo 4. Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos.

Por Argentina:

- Secretaría de Transporte

- Secretaría de Industria

Por Brasil:

-  Ministerio de Justicia

- Secretaría de Tránsito

-  Departamento Nacional de Tránsito

Por Paraguay:

- Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones

- Viceministerio de Transporte

Por Uruguay:

-  Ministerio de Transporte y Obras Públicas

- Ministerio de Industria y Energía

SGT Nº 3 / REC Nº 2/94

ANEXO

REGLAMENTO ARMONIZADO

CERRADURAS Y BISAGRAS DE PUERTAS LATERALES

1. OBJETIVO

Establecer requisitos para cerraduras y bisagras de puertas laterales, a fin de reducir las posibilidades de que los pasajeros sean expedidos del vehículo.

2. APLICACION

Este documento se aplica a cerraduras y bisagras de puertas laterales de vehículos categoría Ml y Nl: automóviles y camionetas de uso mixto derivadas de automóviles, utilizadas para la entrada o salida de los ocupantes.

3. DEFINICIONES

A los efectos de este documento, se deben considerar:

Puertas, aquellas con bisagras cuyos pernos están en posición substancialmente vertical.

Fuerza longitudinal, aquella cuya dirección es substancialmente paralela al eje longitudinal del vehículo.

Fuerza transversal, aquella cuya dirección es substancialmente paralela al eje transversal del vehículo.

4. REQUISITOS

4.1. REQUISITOS GENERALES

4.1.1. Las cerraduras y bisagras deben ser proyectadas, construidas y montadas de modo tal que, en condiciones normales de utilización del vehículo, puedan satisfacer las prescripciones de este documento.

4.1.2. Cada cerradura deberá tener una posición intermedia de cierre y una posición de cierre total.

4.1.3. Cada cerradura debe ser equipada con una traba que accionada, debe dejar inoperante al menos los elementos externos de accionamiento de puerta.

4.2. REQUISITOS PARA LAS CERRADURAS

4.2.1. FUERZA LONGITUDINAL

El conjunto de cerradura y tope debe ser capaz de resistir a una fuerza longitudinal de 453 kg. en la posición intermedia de cierre y de 1.134 kg. en la posición de cierre total, de acuerdo al documento "Método de ensayo de cerraduras y bisagras de puertas laterales".

4.2.2. FUERZA TRANSVERSAL

El conjunto de cerradura y tope debe ser capaz de resistir una fuerza transversal de 453 kg. en la posición intermedia de cierre y de 907 kg. en la posición de cierre total, de acuerdo al documento "Método de ensayo de cerraduras y bisagras de puertas laterales".

4.2.3. RESISTENCIA A LOS EFECTOS DE LA INERCIA

La cerradura no debe salir de la posición de cierre total cuando fuera aplicada una aceleración longitudinal o transversal de 30 g, en ambos sentidos a la cerradura y su mecanismo de accionamiento de acuerdo al documento "Método de ensayo de cerraduras y bisagras de puertas laterales".

4.3. REQUISITOS PARA BISAGRAS

Cada conjunto de bisagras debe ser capaz de sostener la puerta y resistir a una fuerza longitudinal de 1.134 kg., así como una fuerza transversal de 907 kg., en ambos sentidos, de acuerdo al documento "Método de ensayo de cerraduras y bisagras de puertas laterales".

METODO DE ENSAYO DE CERRADURAS Y BISAGRAS DE PUERTAS LATERALES

DISPOSITIVOS METODOS Y EQUIPAMIENTO PARA ENSAYO ESTATICO

1.1. DISPOSITIVOS

1.1.1. CERRADURAS

1.1.1.1.  Los ensayos deben ser efectuados utilizando dispositivos rígidos que reproduzcan el montaje en los vehículos de los dos elementos de la cerradura: la propia cerradura y su traba.

1.1.1.2. La fuerza descrita será aplicada al citado dispositivo de manera tal que no genere momentos de flexión sobre la cerradura. Además será aplicada adicionalmente una carga estática transversal de 90,7 kg., de modo tal, que tienda a separar la cerradura de su traba en la dirección de la abertura de puerta.

1.1.1.3. Las figuras 1 y 2 muestran una ilustración de la secuencia de ensayo.

1.1.2. BISAGRAS

Los ensayos deben ser efectuados utilizando dispositivos rígidos que reproduzcan las condiciones geométricas de montaje en el vehículo de una puerta completamente cerrada.

1.1.2.2. El citado dispositivo será aplicado en el punto medio entre las bisagras.

1.1.2.2.1. La fuerza longitudinal indicada, perpendicular al eje de los pernos de las bisagras es situada en un plano que pasa por este eje.

1.1.2.2.2. La fuerza transversal indicada, perpendicular al plano definido por la fuerza longitudinal y el eje de los pernos de las bisagras, es situada sobre el plano que pasa por este eje.

1.1.2.3. Para cada ensayo deberá ser utilizado un nuevo juego de bisagras.

1.1.2.4. La figura 3 muestra una ilustración de la secuencia de ensayo.

1.2. METODO Y EQUIPAMIENTO DE ENSAYO

Los dispositivos mencionados en los ítems 1.1.1. y 1.1.2. de este documento serán montados en una máquina de ensayo de tracción, de una capacidad mínima de 1.500 kg.

Las fuerzas serán aplicadas de manera continua y progresivamente con una velocidad de traslación no superior a 5 mm/min hasta que sean cumplidos los valores prescritos.

2. METODO PARA DETERMINAR LA RESISTENCIA DE LAS CERRADURAS A LAS ACELERACIONES (EFECTO DE INERCIA).

2.1. La resistencia a la abertura en ambas direcciones será determinada por ensayo dinámico o (8) analíticamente (Ver figura 4), salvo la aceleración de inercia longitudinal y transversal de 30 g, aplicada en ambos casos, sobre el comando de abertura, en la dirección de accionamiento, sin considerar:

2.1.1. Las fuerzas de fricción.

2.1.2. Los componentes de aceleración de gravedad que tiendan a conservar la cerradura en posición cerrada.

2.2. Los dispositivos de traba de la cerradura no deben estar accionados ni tomados en consideración.

Dado: Un sistema de cerradura de puerta lateral sometido a una desaceleración de 30g

P P

F = M.a. = --- . a = --- . 30g = 30P

g g

F1 = 30 P1 - Fuerza media del resorte del botón

= 30 x 0,16 - 0,454 = 0,026 kg.

F2 = 30 P2 = 30 x 0,023 = 0,690 kg.

30P3 30 x 0,012

F3 = -------- = -------------- = 0,180kg.

2 2

Mo = F1 d1 + F2 d2 + F3 d3 = 0,026 x 31,5 + 0,690 x 10,67 = 7,312 mm kg.

M 7,312

F5 = ----- = -------- = 0,232 kg.

d4 31,5

F6 = 30 P4 = 30x0,042 = 1,260 kg.

MR = Momento del resorte de articulación R =

(F5 d5 + F6 d6) = 45,626 - (0,232 x 37,59 + 1,260 x 1,90)

= 45,620 -11,114 = 34,506 mm kg.

3. METODOS EQUIVALENTES DE ENSAYO

Se admiten métodos de ensayos no destructivos equivalentes, siempre y cuando los resultados descritos en los ítems 1.2. y 2. de este documento sean cumplidos, ya sea, integralmente por el ensayo de sustitución o por cálculo basado en los resultados del ensayo de sustitución.

En caso de utilizarse un método diverso al descrito en los ítems 1.2. y 2., su equivalencia debe ser comprobada.


ANEXO I

CERRADURAS Y BISAGRAS DE PUERTAS LATERALES

FE DE ERRATAS

Donde dice:

(1) traba TOPE

(2) traba TOPE

(3) El citado dispositivo será En el citado será aplicada, aplicado

(4) La fuerza longitudinal indicada La fuerza longitudinal indicada en 4.2.1

(5) de las bisagras es situada de las bisagras y situada

(6) fuerza transversal indicada fuerza transversal indicada en 4.2.2

(7) bisagras, es situada de las bisagras, y situada

(8) salvo la aceleración sobre una acelaración