Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES Nº 03/93: Encomendar a los Organismos Nacionales Competentes de los Estados Partes el desarrollo de estudios y acciones necesarias para la armonización regional de los registros y controles de productos de uso veterinario y la formulación de una propuesta en ese sentido antes del 31/12/93.
VISTO
El Artículo 13 del Tratado de Asunción, el Artículo10 de la
Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común y las
Recomendación 2 del Sub Grupo de Trabajo Nº 8: Política
Agrícola
CONSIDERANDO
Las asimetrías existentes en relación a los procedimientos
de registro de productos de uso veterinario en los Estados
Partes.
La necesidad de instrumentar en el ámbito del Mercosur un
sistema de registros y controles armonizados
compatibilizando los requisitos a través de medidas
reguladoras de efecto equivalente.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Artículo 1. Encomendar a los Organismos Nacionales Competentes
de los Estados Partes el desarrollo de estudios y acciones
necesarias para la armonización regional de los registros y
controles de productos de uso veterinario y la formulación
de una propuesta en ese sentido antes del 31 de Diciembre
de 1993.
Artículo 2. Por la presente se deroga la Resolución Nº 46/92
del Grupo Mercado Común.
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