Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES N� 46/94: Mercosur-ALADI 2
VISTO la Decisi�n Nro 10/92 del Consejo del Mercado Com�n, las Resoluciones Nro 16/92, 35/92, 21/93 y 93/93 del Grupo Mercado Com�n,
CONSIDERANDO
Que en dichas normas se establecieron pautas para definir criterios comunes a los Estados Parte en funci�n del art�culo 8�
inciso b) del Tratado de Asunci�n.
Que por la mencionada Decisi�n se deleg� al Grupo Mercado Com�n la atribuci�n para definir los criterios a ser aplicados
por los Estados Parte en sus negociaciones con otros pa�ses de la ALADI.
Que la vigencia de los acuerdos bilaterales con otros pa�ses miembros de la ALADI no debe extenderse m�s all�� del 31 de
diciembre de 1994.
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
Art�culo 1. Los Estados Parte deber�n asegurar la caducidad de los Acuerdos de Alcance Parcial bilaterales o plurilaterales
suscriptos en el �mbito de ALADI, de tal manera de no perforar el Arancel Externo Com�n que regir� a partir del 1� de enero
de 1995.
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