Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COM�N
MERCOSUR/XLVII GMC/RES. N� 52/02: EST�NDAR 3.7. REQUISITOS
FITOSANITARIOS ARMONIZADOS POR CATEGOR�A DE RIESGO PARA EL INGRESO DE
PRODUCTOS VEGETALES. (2d� Revisi�n)
VISTO: el Tratado de Asunci�n, el
Protocolo de Ouro Preto, la Decisi�n N� 06/96 del Consejo del Mercado
Com�n y la Resoluci�n N� 88/96 del Grupo Mercado Com�n.
CONSIDERANDO:
Que el Est�ndar 3.7 requisitos fitosanitarios Armonizados por Categoria
de Riesgo para el ingreso de productos vegetales, es de importancia
fundamental para el trabajo realizado en el �mbito regional.
Que es necesario revisar y actualizar los Est�ndares relacionados con la
armonizaci�n de medidas fitosanitarias por v�a de ingreso/producto.
Que la revisi�n del Estandar 3.7 incluye los conceptos que forman parte
del Sub � Estandar 3.7.A
EL GRUPO MERCADO COM�N
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la �2da Revisi�n del
Est�ndar 3.7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categor�a de
Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales�, que consta en
Anexo y
forma parte de la presente Resoluci�n.
Art. 2 � Los Estados Partes pondr�n en vigencia las disposiciones
legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar
cumplimiento a la presente Resoluci�n, a trav�s de los siguientes
organismos:
Argentina: Secretar�a de Agricultura,
Ganader�a, Pesca y Alimentos.- SAGPyA
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.- SENASA
Brasil:
Minist�rio da Agricultura, Pecu�ria e Abastecimento.- MAPA
Secretaria de Defesa Agropecu�ria.- SDA
Paraguay: Ministerio de Agricultura y
Ganader�a.- MAG
Direcci�n de Defensa Vegetal.- DDV
Uruguay: Ministerio de Ganader�a,
Agricultura y Pesca.- MGAP
Direcci�n General de Servicios Agr�colas.- DGSA
Art. 3 - Derogar el Sub � Est�ndar 3.7.A INTENSIDAD DE LAS MEDIDAS
FITOSANITARIAS y la 1� Revisi�n del Est�ndar 3.7 ARMONIZACI�N DE MEDIDAS
SANITARIAS, que forman parte de la Resoluci�n GMC N� 88/96.
Art. 4 - Los Estados Partes del MERCOSUR deber�n incorporar la presente
Resoluci�n a sus ordenamientos jur�dicos nacionales antes del 28/11/03.
LXVIII GMC � Brasilia, 28/XI/02
EST�NDAR FITOSANITARIO MERCOSUR
SECCION III � MEDIDAS FITOSANITARIAS
EST�NDAR 3.7. REQUISITOS FITOSANITARIOS ARMONIZADOS POR CATEGOR�A DE
RIESGO PARA EL INGRESO DE PRODUCTOS VEGETALES
2� REVISI�N
COMISI�N DE SANIDAD VEGETAL DEL MERCOSUR
OCTUBRE 2002
CONTENIDO
APROBACI�N
REVISI�N
DISTRIBUCI�N
I . INTRODUCCI�N
1. �MBITO
2. REFERENCIAS
3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
4. DESCRIPCI�N
II. REQUISITOS PARA EL INGRESO DE ART�CULOS REGLAMENTADOS
1. REQUISITOS FITOSANITARIOS
2. DECLARACIONES ADICIONALES
3. CATEGOR�AS DE RIESGO FITOSANITARIO
4. CLASES DE VEGETALES Y PRODUCTOS VEGETALES
5. LISTADO DE PRODUCTOS AGR�COLAS POR
CATEGOR�A DE RIESGO FITOSANITARIO
6. REQUISITOS FITOSANITARIOS EXIGIDOS POR CATEGOR�A DE RIESGO
APROBACI�N
El Est�ndar fue aprobado por la Reuni�n del Comit� de Sanidad del
MERCOSUR del 7 al 9 de noviembre de 1994 en Asunci�n, Paraguay y
ratificado por Resoluci�n GMC N� 62/94.
REVISI�N
Este Est�ndar Fitosanitario de la Comisi�n de Sanidad Vegetal de
Mercosur � CSVM - est� sujeto a revisiones y modificaciones peri�dicas y
aperi�dicas en funci�n del status de las plagas en los territorios de
los Estados Parte del MERCOSUR.
La 1� revisi�n se efectu� en Mayo de 1996 sobre la base de la
Recomendaci�n realizada por el GTP-Cuarentena Vegetal en su Reuni�n
efectuada en Buenos Aires del 4 al 8 de marzo de 1996. Fue recomendada
por la Reuni�n del Sub-Comit� de Sanidad Vegetal del MERCOSUR realizada
del 6 al 8 de mayo de 1996 en Asunci�n, Paraguay y aprobada por el
COMITE DE SANIDAD DEL MERCOSUR del 9 de mayo de 1996. La misma fue
ratificada por Resoluci�n GMC N� 88/96.
La 2d�. Revisi�n se efectu� en Octubre de 2002 por la Comisi�n de
Sanidad Vegetal, sobre la base de las recomendaciones efectuadas por el
GTP- Certificaci�n de Materiales de Propagaci�n y Multiplicaci�n
Vegetal, Acta 2/01 y del GTP Cuarentena Vegetal, Acta 2/02.
Dicha revisi�n fue aprobada por Resoluci�n GMC N� 52/02.
DISTRIBUCI�N
Este Est�ndar es distribuido por la COMISION DE SANIDAD VEGETAL DEL
MERCOSUR a:
- Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, SENASA,
Argentina.
- Departamento de Defesa e Inspe��o Vegetal, DDIV, Brasil.
- Direcci�n de Defensa Vegetal, DDV, Paraguay
- Direcci�n General de Servicios Agr�colas, DGSA, Uruguay.
- Secretar�a de la Convenci�n Internacional de Protecci�n Fitosanitaria,
CIPF - FAO
- Asia and Pacific Plant Protection Comission (APPC).
- Caribbean Plant Protection Comission (CPPC).
- European and Mediterranean Plant Protection Organization (EPPO).
- Inter-African Phytosanitary Council (IAPC).
- Junta del Acuerdo de Cartagena (JUNAC).
- North American Plant Protection Organization (NAPPO).
- Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA).
- Comit� Regional de Sanidad Vegetal del Cono Sur (COSAVE).
- Secretar�a de la Organizaci�n Mundial de Comercio (OMC)
I. INTRODUCCI�N
1. �MBITO
Este Est�ndar establece categor�as de riesgo y requisitos fitosanitarios
armonizados para cada una de las categor�as de riesgo, aplicados por las
ONPFs de los Estados Partes de MERCOSUR para el ingreso de Productos
Vegetales.
2. REFERENCIAS
- Nuevo texto revisado de la Convenci�n Internacional de Protecci�n
Fitosanitaria, CIPF, 1997, FAO, Roma.
- NIMF N� 5 �Glosario de T�rminos Fitosanitarios�, FAO, 2002.
- Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC.
- ERPF COSAVE 3.15 �Armonizaci�n de las medidas fitosanitarias por v�a
de ingreso�.
3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
AN�LISIS OFICIAL |
Examen oficial no visual para determinar si existen plagas presentes o
para identificar tales plagas. |
ARMONIZACI�N |
El desarrollo, reconocimiento y aplicaci�n por diferentes pa�ses de
medidas fitosanitarias, basadas en est�ndares comunes. |
ASERRADO |
Proceso de corte de madera en cantos rectos, realizado con sierras
manuales o mec�nicas. |
CARBONIZADO |
Acci�n y efecto de reducir a carb�n un cuerpo org�nico. |
CATEGOR�A DE RIESGO FITOSANITARIO |
Clasificaci�n de los vegetales y productos vegetales en relaci�n a su
riesgo fitosanitario, en funci�n de su nivel de procesamiento y uso
propuesto. |
CEPILLADO |
Proceso destinado a nivelar la superficie externa de tablas de madera
aserrada, realizado con un cepillo. |
CERTIFICACI�N FITOSANITARIA |
Uso de procedimientos fitosanitarios conducentes a la emisi�n de un
Certificado Fitosanitario. |
CERTIFICADO |
Documento oficial que atestigua la situaci�n fitosanitaria de cualquier
env�o sujeto a reglamentaciones fitosanitarias |
CERTIFICADO FITOSANITARIO (CF) |
Certificado dise�ado seg�n el modelo de certificado de la Convenci�n
Internacional de Protecci�n Fitosanitaria. |
CERTIFICADO FITOSANITARIO DE RE-EXPORTACION (CFR) |
Documento oficial que certifica la condici�n Fitosanitaria de un env�o
que proviene de un tercer pa�s, acompa�ado por el Certificado
Fitosanitario del pa�s de origen. |
CIPF |
Abreviatura de Convenci�n Internacional de Protecci�n Fitosanitaria. |
COCCI�N |
Acci�n y efecto de hacer que una sustancia cruda llegue a estar en
disposici�n de poder comerse manteni�ndola en un l�quido en ebullici�n. |
CONFITADO |
Acci�n y efecto de confitar. |
CONFITAR |
Cubrir con un ba�o de az�car las frutas y semillas. |
CONGELAMIENTO |
Acci�n y efectos de congelar. |
CONGELAR |
Someter a muy bajas temperaturas alimentos para que se conserven en
buenas condiciones hasta su consumo. |
CUARENTENA |
Confinamiento oficial de art�culos reglamentados para observaci�n e
investigaci�n, o para inspecci�n, prueba y/o tratamiento adicional. |
CUARENTENA POST-ENTRADA (CPE) |
Cuarentena aplicada a un env�o, despu�s de su entrada. |
CUARENTENA VEGETAL |
Toda actividad destinada a prevenir la introducci�n y/o diseminaci�n de
plagas cuarentenarias o para asegurar su control oficial. |
DECLARACI�N
ADICIONAL (DA) |
Declaraci�n requerida por un pa�s importador, que se ha de incorporar al
Certificado Fitosanitario y que contiene informaci�n adicional
espec�fica referente a las condiciones fitosanitarias de un env�o.
|
DEPOSITO CUARENTENARIO (DC) |
Recinto aprobado por la ONPF donde se confinar� bajo intervenci�n el
env�o, hasta que se determine la medida cuarentenaria a aplicar. |
DESCASCARADO |
Remoci�n de la c�scara. |
DESCORTEZADO |
Remoci�n de la corteza de la madera en rollo (el descortezado no implica
necesariamente que la madera quede libre de corteza). |
DESCUTICULIZADO |
Remoci�n de la cut�cula. |
DESHIDRATACI�N |
Acci�n y efecto de deshidratar. |
DESHIDRATAR |
Privar a un cuerpo u organismo del agua que contiene. |
DESNATURALIZAR |
Variar las propiedades o condiciones naturales de un producto. |
ENCURTIDO |
Acci�n y efecto de encurtir. |
ENCURTIR |
Hacer que ciertos frutos o legumbres tomen el sabor del vinagre y se
conserven. |
ENV�O |
Cantidad de plantas, productos vegetales y/u otros art�culos que se
movilizan de un pa�s a otro, y que est�n amparados, en caso necesario
por un solo Certificado Fitosanitario (el env�o puede estar compuesto
por uno o m�s productos b�sicos o lotes) |
ESTERILIZACI�N |
Destrucci�n de los g�rmenes nocivos para desinfectar alimentos, a trav�s
de calor (vapor, calor seco y agua hirviendo), fr�o (suspende el
desarrollo microbiano) o la desecaci�n. |
EXTRACCI�N |
Acci�n y efectos de extraer. |
EXTRAER |
Separar algunas de las partes de que se componen los cuerpos. |
FERMENTACI�N |
Proceso lento de cambio o descomposici�n de sustancias vegetales
producido por la acci�n catal�tica de un fermento, acompa�ado de
efervescencia y evoluci�n de calor. |
IMPREGNACI�N |
Acci�n y efecto de introducir entre las mol�culas de un cuerpo los de
otro en cantidad perceptible sin combinaci�n. |
INDUSTRIALIZACI�N |
Aplicaci�n de los proceso que concurren a la transformaci�n de la
materia prima, desvitaliz�ndola y/o desnaturaliz�ndola (cocimiento,
blanqueo, pasteurizaci�n, esterilizaci�n, fermentaci�n, secado
artificial, u otros). |
INSPECCI�N |
Examen visual oficial de plantas, productos vegetales u otros art�culos
reglamentados para determinar si hay plagas y/o determinar el
cumplimiento de las reglamentaciones fitosanitarias. |
LAMINADO |
Acci�n y efecto de laminar. |
LAMINAR |
Apl�case a la estructura de un cuerpo cuando sus l�minas u hojas est�n
sobrepuestas y paralelamente colocadas. |
MALTEADO |
Acci�n y efecto de maltear. |
MALTEAR |
Forzar la germinaci�n de las semillas de los cereales con el fin de
mejorar la palatabilidad de l�quidos fermentados como la cerveza. |
MOLER |
Quebrantar un cuerpo reduci�ndolo a peque��simas partes o hacerlo polvo. |
MOLIDO |
Acci�n y efecto de moler. |
ORGANIZACI�N NACIONAL DE
PROTECCI�N FITOSANITARIA (ONPF) |
Servicio oficial, establecido por un Gobierno, para desempe�ar las
funciones especificadas por la CIPF. |
PARBOILIZADO |
Proceso que consta de dos etapas:
Macerado: Estacionamiento del producto en tanques con agua caliente
durante 4/5 horas aproximadas a 65 grados cent�grados alternando
per�odos de presi�n y vac�o para lograr un humedecimiento total del
grano.
Cocido: Realizado en un autoclave con vapor saturado a presi�n, durante
3/12 minutos, a una temperatura entre 110 y 115 grados cent�grados a
flujo continuo. |
PASTEURIZACI�N |
Tratamiento de un l�quido a modo del procedimiento de Pasteur,
someti�ndolo durante � hora a una temperatura de 63�C � 65�C o alguna un
poco mayor en menos tiempo y enfri�ndolo r�pidamente hasta 10�C o menos,
en lo que se destruyen los microbios activos sin alterar los fermentos y
componentes del producto y se conserva el sabor natural y las
propiedades nutritivas del producto pasteurizado que ha sido sometido a
un tratamiento t�rmico espec�fico por tiempo determinado para lograr la
destrucci�n total de los organismos pat�genos que pueda contener sin
alterar en forma considerable su composici�n, sabor ni valor
alimenticio. |
PERMISO
FITOSANITARIO DE IMPORTACI�N |
Documento oficial que autoriza la importaci�n de un producto b�sico de
conformidad con requisitos fitosanitarios espec�ficos. |
PRENSADO |
Acci�n y efecto de prensar. |
PRENSAR |
Comprimir en la prensa una cosa. |
PRESURIZACI�N |
Aplicaci�n de presi�n a un cuerpo. |
PULIDO |
Alisar o dar tersura o lustre a una cosa u objeto. |
PULPAJE |
Acci�n de deshuesar y triturar la fruta fresca. |
REQUISITO FITOSANITARIO |
Condici�n necesaria para el ingreso de un producto vegetal o art�culo
reglamentado. |
SALADO |
Acci�n y efecto de salar. |
SALAR |
Echar en sal o curar en sal sustancias para su conservaci�n. |
SECADO |
Acci�n y efecto de secar. Puede ser a horno o natural. |
SECAR |
Extraer la humedad a un cuerpo. |
SEMI-PROCESADO |
Proceso de industrializaci�n f�sica o mec�nica, que no permite la
transformaci�n completa de la materia prima (secado natural, limpieza,
separaci�n, descascaramiento, trituraci�n u otros). |
SULFITADO |
Acci�n y efecto de sulfitar. |
SULFITO |
Cuerpo resultante de la combinaci�n del Acido Sulf�rico con un radical
mineral u org�nico. Se usa en la fabricaci�n de pasta de papel. |
TOSTADO |
Acci�n y efecto de tostar. |
TOSTAR |
Poner una cosa a la lumbre para que lentamente se le introduzca el calor
y se vaya desecando sin quemarse hasta que tome color. |
TRATAMIENTO |
Procedimiento autorizado oficialmente para matar o eliminar plagas o
para esterilizarlas. |
TRITURAR |
Desmenuzar una materia s�lida sin reducirla enteramente a polvo. |
USO PROPUESTO |
Finalidad declarada para el cual se importan, producen o utilizan las
plantas, productos vegetales u otros art�culos reglamentados. |
4. DESCRIPCI�N
Este Est�ndar establece categor�as de riesgo fitosanitario teniendo como
base el nivel de procesamiento y uso propuesto, entre otros.
Sobre la base de esta categorizaci�n, se definen los requisitos
fitosanitarios para el intercambio comercial de productos vegetales
entre pa�ses de la regi�n y con terceros.
II. REQUISITOS PARA EL INGRESO DE ART�CULOS REGLAMENTADOS
Observaci�n: Los Rs y DAs no aparecen en forma secuencial debido a que
algunos de ellos fueron suprimidos en la presente revisi�n,
manteni�ndose los dem�s con la numeraci�n original, debido al uso de los
mismos en la reglamentaci�n de los Estados Parte del MERCOSUR.
1. REQUISITOS FITOSANITARIOS (Rs)
Estos requisitos se utilizar�n para la regulaci�n del intercambio y son
los siguientes:
RO |
Requiere Permiso Fitosanitario de Importaci�n |
R1 |
Requiere Inspecci�n Fitosanitaria al Ingreso. |
R2 |
El env�o debe venir acompa�ado por el CF o por el CFR si corresponde, (y
podr�a incluir la/s siguiente/s Declaraci�n/es Adicional/es). |
R3 |
La emisi�n del CF deber� estar respaldada por un procedimiento de
certificaci�n fitosanitaria oficial que asegure el lugar de producci�n. |
R4 |
Sujeto a An�lisis Oficial de Laboratorio al Ingreso. |
R7 |
Ingresar� consignado a (la ONPF del pa�s importador). |
R8 |
Ingresar� a Dep�sito Cuarentenario bajo control oficial. |
R9 |
Sujeto a CPE bajo las siguientes condiciones (especificando las mismas): |
R10 |
La madera debe estar descortezada. |
R11 |
Las plantas deben estar libres de suelo (tierra). |
R12 |
Deber� dar cumplimiento a lo dispuesto en (Reglamentaci�n Fitosanitaria
N�). |
2. DECLARACIONES ADICIONALES (DAs)
Las Declaraciones Adicionales (DAs) establecen la intensidad de la
medida a aplicar a los distintos productos de acuerdo con su riesgo
fitosanitario.
DA1 |
�El (env�o) se encuentra libre de (plaga/s)�. |
DA2 |
�El (env�o) ha sido tratado con (especificar: producto, dosis o
concentraci�n, temperatura, tiempo de exposici�n), para el control de
(plaga/s), bajo supervisi�n oficial�. |
DA3 (*) |
�Las (plantas para plantar) presentan un porcentaje dentro de los
niveles de tolerancia establecidos en la Norma Nacional de (pa�s
importador) para (PNCR), de acuerdo a las reglamentaciones regionales e
internacionales vigentes�. |
DA5 |
�El (cultivo, vivero, semillero, lugar de producci�n, etc.) fue sometido
a inspecci�n oficial durante (per�odo) y no se ha detectado la/s
(plaga/s)�. |
DA7 (*) |
�Los (productos b�sicos) fueron producidos en un �rea reconocida por la
ONPF del pa�s importador como libre de (plaga/s), de acuerdo a la NIMF
N� 4 de FAO�. |
DA8 |
�La/s (plaga/s) es/son plaga/s cuarentenaria/s para (pa�s) y constan en
su listado de plagas cuarentenarias�. |
DA9 (*) |
�Los (productos b�sicos) fueron producidos en un (lugar / sitio de
producci�n) libre de la/s (plaga/s), de acuerdo a la NIMF N� 10 de FAO y
reconocido por el pa�s importador�. |
DA10 |
�Las (plantas para plantar) fueron producidas bajo procedimientos de
certificaci�n fitosanitaria aprobados por la ONPF del pa�s importador
para (plaga/s), utiliz�ndose indicadores apropiados o m�todos
equivalentes, encontr�ndose libres de (plaga/s)�. |
DA12 |
�Las (plantas para plantar) provienen de una Estaci�n de Cuarentena de
(pa�s), reconocida por la ONPF del pa�s importador�. |
DA13 |
�Las (plantas para plantar) provienen de plantas madres indexadas libres
de (plaga/s)�. |
DA14 |
�El (env�o) no presenta riesgo cuarentenario con respecto a la/s
(plaga/s), como resultado de la aplicaci�n oficialmente supervisada del
sistema integrado de medidas para mitigaci�n del riesgo, acordado con el
pa�s importador. |
DA15 |
�El (env�o) se encuentra libre de: la/s (plaga/s), de acuerdo con el
resultado del an�lisis oficial de laboratorio N� ()�. |
(*) No se excluye cualquier otra normativa regional o internacional
relacionada con la materia.
3. CATEGOR�AS DE RIESGO FITOSANITARIO
Los productos se deben agrupar en categor�as, de acuerdo con su nivel de
riesgo, en base al grado de procesamiento y uso propuesto.
CATEGORIA 0 |
Productos que a�n siendo de origen vegetal dado su grado de
procesamiento no requieren ning�n tipo de control fitosanitario y, por
lo tanto, no requieren intervenci�n de las ONPF y que no son capaces de
vehiculizar plagas en material de embalaje ni de transporte. |
CATEGORIA 1 |
Productos de origen
vegetal industrializados, que han sido sometidos a cualquier
proceso tecnol�gico de desnaturalizaci�n que los transforma en
productos incapaces de ser afectados directamente por plagas de
cultivos, pero que pueden vehiculizar plagas de almacenamiento y
en material de embalaje y medios de transporte, destinados al
consumo, uso directo o transformaci�n. |
CATEGORIA 2 |
Productos vegetales semi-procesados (sometidos a secado, limpieza,
separaci�n, descascaramiento, etc.) que pueden albergar plagas y cuyo
destino es consumo, uso directo o transformaci�n. |
CATEGORIA 3 |
Productos vegetales � in natura � destinados a consumo, uso directo o
transformaci�n. |
CATEGORIA 4 |
Semillas, plantas u otros materiales de origen vegetal destinados a la
propagaci�n y / o reproducci�n. |
CATEGORIA 5 |
Cualquier otro producto de origen vegetal o no vegetal, no considerado
en las categor�as anteriores y que implica un riesgo fitosanitario
demostrable de acuerdo al correspondiente ARP. |
Los procesos que se mencionan a continuaci�n ubican las categor�as 0, 1
y 2 de riesgo fitosanitario:
CATEGOR�A 0:
- Carbonizaci�n
- Cocci�n
- Confitado
- Congelamiento
- En alm�bar/en salmuera/en aceite
- Encurtido
- Esterilizaci�n
- Fermentaci�n
- Laminado melam�nico
- Pasteurizaci�n
- Pulpaje
- Salado
- Sulfitado
CATEGOR�A 1
- Deshidrataci�n
- Extracci�n (por calor y qu�mica)
- Impregnado
- Laminado
- Laqueado
- Malteado
- Molido
- Parboilizaci�n
- Pintado
- Presurizaci�n
- Pulido
- Secado a horno
- Tostado
CATEGOR�A 2
- Aserrado
- Astillado
- Cepillado
- Descascarado
- Descortezado
- Descuticulizado
- Extracci�n (en fr�o)
- Picado
- Prensado
- Secado natural
4. CLASES DE VEGETALES Y PRODUCTOS VEGETALES
CLASE 1 |
Plantas para plantar excepto las partes subterr�neas y las semillas. |
CLASE 2 |
Bulbos, tub�rculos y ra�ces: porciones subterr�neas destinadas a la
propagaci�n. |
CLASE 3 |
Semillas: semillas verdaderas en su definici�n bot�nica destinadas a
propagaci�n. |
CLASE 4 |
Frutas y hortalizas: partes frescas de plantas destinadas al consumo o
procesamiento y no a ser plantadas. |
CLASE 5 |
Flores de corte y follajes ornamentales: porciones cortadas de plantas,
incluidas las inflorescencias, destinadas a la decoraci�n y no a la
propagaci�n. |
CLASE 6 |
Maderas, cortezas, corcho: procesadas, semiprocesadas o no procesadas. |
CLASE 7 |
Comprende el material de embalaje y soporte y se define como productos
de origen vegetal y cualquier otro material usado para transportar,
proteger y/o acomodar mercader�as de origen vegetal y no vegetal. |
CLASE 8 |
Suelos, turbas y otros materiales de soporte. |
CLASE 9 |
Granos: se refiere a semillas de cereales, oleaginosas, leguminosas y
otras semillas destinadas a consumo y no a la propagaci�n. |
CLASE 10 |
Cualquier otra mercader�a que no se ajuste a las clases anteriores. |
5. LISTADO DE PRODUCTOS AGR�COLAS POR CATEGOR�AS DE RIESGO FITOSANITARIO
CATEGOR�A 0: Productos que a�n siendo de origen vegetal dado su grado de
procesamiento no requieren ning�n tipo de control fitosanitario y por lo
tanto no requieren intervenci�n de las ONPF y adem�s no son capaces de
vehiculizar plagas en material de embalaje ni de transporte.
A modo de ejemplo se enumeran algunos productos que pertenecen a esta
categor�a:
- Aceites |
- frutos en alm�bar |
- alcoholes |
- gomas |
- az�cares |
- jugos |
- carb�n vegetal |
- lacas |
- celulosa |
- melaza |
- colorantes |
- mondadientes |
- congelados |
- palitos para helados, para f�sforos, baja lengua |
- enlatados |
- pastas (ej. cacao, membrillo) |
- envasados al vac�o |
- pulpas |
- esencias |
- resinas |
- extractos |
- vegetales en vinagre |
- hilos y telas de fibras vegetales procesadas |
|
- frutas y hortalizas precocidas y cocidas |
|
CATEGOR�A 1: Productos de origen vegetal industrializados, que han sido
sometidos a cualquier proceso tecnol�gico de desnaturalizaci�n que los
transforma en productos incapaces de ser afectados directamente por
plagas de cultivos, pero que pueden vehiculizar plagas de almacenamiento
y en material de embalaje y medios de transporte, destinados al consumo,
uso directo o transformaci�n.
Clase 6: Comprende a maderas, cortezas y corcho procesados.
- Aserr�n de madera
- Barriles, duelas y astillas tostadas.
- Briquetas
- Instrumentos musicales de madera.
- L�minas de madera defoliada o debobinada(chapas), de espesor inferior
a 5 mm.
- Madera secada a horno.
- Maderas impregnadas mediante vac�o/presi�n, inmersi�n, o difusi�n con
creosota u otros ingredientes activos autorizados en el pa�s importador.
- Maderas perfiladas o machimbradas incluidas maderas para piso y
parquets.
- Muebles, partes de muebles y piezas para muebles fabricados con madera
secada a horno y/o con tableros de fibra, part�culas, contrachapado o
reconstitu�do.
- Planchas de corchos triturada y tapas de corcho.
- Tableros de fibras de part�culas, de contrachapado (terciado) y
reconstituidos.
Clase 10: Comprende cualquier otra mercader�a que no se ajuste a las
clases anteriores.
- Arroz parboilizado
- Arroz pulido, blanco
- Artesan�as de origen vegetal.
- Derivados de cereales, oleaginosas y leguminosas (desactivados
artificialmente, pellets, expellers, tortas).
- Flores secadas y te�idas.
- Frutos desecados artificialmente: durazno, manzana, pera, ciruela,
etc.
- Harinas, almidones, f�culas, s�molas y semolines.
- Hierbas y especias molidas.
- Plantas y partes de plantas deshidratadas
- Yerba mate procesada y semiprocesada.
CATEGOR�A 2: Productos vegetales semi-procesados (sometidos a secado,
limpieza, separaci�n, descascaramiento, etc.) que pueden albergar plagas
y cuyo destino es consumo, uso directo o transformaci�n.
Clase 5: Flores de corte y follajes ornamentales: porciones cortadas de
plantas, incluidas las inflorescencias, destinadas a la decoraci�n y no
a la propagaci�n.
- flores de corte y follajes ornamentales cortados y secados.
Clase 6: Comprende a los siguientes productos de origen forestal:
maderas, cortezas y corcho semiprocesados.
- Astillas
- Embalajes y soportes de madera (declarados como carga o no).
- Madera aserrada y basas.
- Maderas perfiladas o machimbradas.
- Virutas de madera
Clase 7: Comprende el material de embalaje y soporte y se define como
productos de origen vegetal y cualquier otro material usado para
transportar, proteger y/o acomodar mercader�as de origen vegetal y no
vegetal.
Clase 10: Comprende cualquier otra mercader�a que no se ajuste a las
clases anteriores.
- Algod�n prensado sin semilla.
- Arroz cargo (descascarado)
- Cacao en grano.
- Derivados de cereales, oleaginosas y leguminosas (afrechillos,
residuos industriales, etc.).
- Especias en granos secos u hojas secas.
- Frutas secadas naturalmente: pasas de uva, higos y d�tiles.
- Frutos de naturaleza seca sin c�scara (almendra, avellana, etc.).
- Granos descascarados, limpios, picados, separados (arroz, pajas y
cascarillas).
- Materiales y fibras vegetales semiprocesadas (lino, sisal, yute,
kapok, ca�a, bamb�, junco, mimbre, rafia, roten, sorgo escobero, etc. ).
- Plantas y partes de plantas secadas.
- Tabaco en hoja secado.
- Xaxim natural.
CATEGOR�A 3: Productos vegetales � in natura � destinados a consumo, uso
directo o transformaci�n.
Clase 4: Comprende a frutas y hortalizas: partes frescas de plantas
destinadas al consumo o procesamiento y no a ser plantadas.
Clase 5: Comprende a flores de corte, follajes ornamentales, porciones
cortadas de plantas, incluidas las inflorescencias, destinadas a la
decoraci�n y no a la propagaci�n
Clase 6: Comprende maderas, cortezas y corcho no procesados.
- corcho natural (planchas, tiras).
- corteza.
- le�a.
- ramas y follaje.
- rollizos con o sin corteza.
Clase 9: Comprende a granos; se refiere a semillas de cereales,
oleaginosas, y leguminosas para consumo y otras semillas destinadas a
consumo y no a la propagaci�n.
Clase 10: Comprende a cualquier otra mercader�a que no se ajuste a las
clases anteriores.
- algod�n prensado con semillas, linters, desperdicios y semillas de
algod�n (granos).
- caf� en grano, crudo, sin tostar.
- especias en frutos u hojas frescas.
- frutos de naturaleza seca con c�scara.
- ra�ces forrajeras, henos, fardos de alfalfa, etc.
- tabaco sin elaborar (en rama o desperdicios).
CATEGOR�A 4: Semillas, plantas u otros materiales de origen vegetal
destinados a la propagaci�n y/o reproducci�n.
Clase 1: Comprende a plantas para plantar excepto las partes
subterr�neas y las semillas.
Clase 2: Comprende a bulbos, tub�rculos y ra�ces: porciones subterr�neas
destinadas a la propagaci�n.
Clase 3: Comprende a semillas: semillas verdaderas en su definici�n
bot�nica destinadas a la propagaci�n.
- Semillas hort�colas, frut�colas, cerealeras, forrajeras, oleaginosas,
leguminosas, forestales, florales y de especias.
CATEGOR�A 5: Cualquier otro producto de origen vegetal o no vegetal, no
considerado en las categor�as anteriores y que implica un riesgo
fitosanitario demostrable de acuerdo al correspondiente An�lisis de
Riesgo de Plagas (ARP).
Clase 10: Miscel�neos.
- agentes de control biol�gico.
- colecciones bot�nicas.
- espec�menes bot�nicos.
- inoculantes e in�culos para leguminosas y otros cultivos de
microorganismos.
- polen.
- turba, sustratos.
6. REQUISITOS FITOSANITARIOS EXIGIDOS POR CATEGOR�A DE RIESGO
En base a los antecedentes antes descriptos, se presentan los requisitos
fitosanitarios exigidos en cada una de las distintas categor�as de
riesgo. Los requisitos que se encuentran entre par�ntesis
( ) podr�n o
no ser exigidos por las ONPFs dependiendo de la evaluaci�n realizada
para cada caso espec�fico.
Categor�a
Requisito |
0 |
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
R0
|
NO |
(SI) |
(SI) |
(SI) |
(SI) |
(SI) |
R1
|
NO |
SI |
SI |
SI |
SI |
SI |
R2
|
NO |
NO |
SI (*) |
SI |
SI |
(SI) |
R3
|
NO |
NO |
NO |
(SI) |
(SI) |
(SI) |
R4
|
NO |
(SI) |
(SI) |
(SI) |
SI |
(SI) |
R7
|
NO |
NO |
(SI) |
(SI) |
(SI) |
(SI) |
R8
|
NO |
(SI) |
(SI) |
(SI) |
SI |
(SI) |
R9
|
NO |
NO |
NO |
NO |
(SI) |
(SI) |
R10
|
NO |
NO |
(SI) |
(SI) |
NO |
NO |
R11
|
NO |
NO |
NO |
(SI) |
(SI) |
NO |
R12
|
NO |
(SI) |
(SI) |
(SI) |
(SI) |
(SI) |
(*) En caso de embalaje y soportes de madera no declarados como carga no
ser� obligatorio el CF.
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