Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMÚN
MERCOSUR/XLVII GMC/RES. N° 53/02: PROCESOS DE ACREDITACIÓN PARA LA
CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS Y CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS BOTÁNICAS EN LA
REGIÓN
VISTO:El Tratado
de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer procesos armonizados de acreditación para la
certificación de semillas y de certificación de semillas botánicas en la
región, a los efectos de facilitar el comercio entre los Estados Partes
del MERCOSUR.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1- Aprobar los
“Procesos de Acreditación para la Certificación de Semillas y
Certificación de Semillas Botánicas en la Región” y los procedimientos
administrativos de apoyo a los mismos, que constan en los Anexos y
forman parte de la presente Resolución:
Art. 2 - Los Estados
Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas,
reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la
presente Resolución a través de los siguientes Organismos:
Argentina:
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos – SAGPyA
Ex - Instituto Nacional de Semillas – INASE
Brasil: Ministério da
Agricultura, Pecuária e do Abastecimento - MAPA
Secretaria de Apoio Rural e Cooperativismo - SARC
Secretaria de Defesa Agropecuária – SDA
Paraguay: Ministerio de Agricultura y Ganadería – MAG
Dirección de Semillas - DISE
Uruguay: Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca – MGAP
Instituto Nacional de Semillas – INASE
Art. 3 - Los Estados
Partes del MERCOSUR deberán incorporar la presente Resolución a sus
ordenamientos jurídicos nacionales antes del 28/11/03.
XLVIII GMC – Brasilia, 28/XI/02
FLUJOGRAMA DE LOS PROCESOS DE ACREDITACIÓN
PARA LA CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS
Y DE CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS BOTÁNICAS EN LA REGIÓN
1. INTRODUCCIÓN
El Flujograma abajo desarrollado visualiza los:
Procesos de Acreditación para la Certificación de Semillas;
Procesos de Certificación de Semillas y
Procesos de Apoyo
2. PROCESO DE ACREDITACIÓN
2.1 El proceso de acreditación para la ejecución de actividades
relacionadas con la certificación de semillas prevé la acreditación de:
-
Empresa Productora de Semillas;
-
Entidad;
-
Individuo.
2.2Los procedimientos para la Acreditación están desarrollados en los:
-
Anexo II (Procedimientos para Solicitud de Acreditación) y
-
Anexo III (Procedimientos para Auditorías para la Acreditación).
3. PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS
3.1 El proceso de certificación de Semillas describe la secuencia de
procedimientos de certificación de semillas que pueden ser ejecutadas
por: -
Agencia de Certificación de Semillas (ACS);
-
Empresas Acreditadas Productoras de Semillas;
-
Entidades Acreditadas e
-
Individuos Acreditados
3.2Los procedimientos para la certificación de semillas están
desarrollados en los:
-
Anexo IV (Procedimiento para Solicitud de Certificación);
-
Anexo V (Procedimiento para Monitoreo de las Inspecciones de campo);
-
Anexo VI (Procedimiento para Inspecciones de campo);
-
Anexo VII (Procedimiento para obtención de etiqueta) y
-
Anexo VIII (Procedimiento para toma de muestras y análisis de
Laboratorio).
4. PROCESOS DE APOYO
Los procedimientos de apoyo para los procesos descritos anteriormente
están desarrollados conforme a los:
-
Anexo IX (Procedimiento de Apelación);
-
Anexo X (Procedimiento para Control de Registros);
-
Anexo XI (Procedimiento para Capacitación);
-
Anexo XII (Procedimiento para Auditoría Interna) y
-
Anexo XIII (Procedimientos para Control de Documentos).

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD
PARA LADE ACREDITACION
1. Propósito:
1.1 El propósito de este procedimiento es definir la secuencia de
eventos, acciones, interfases y responsabilidades involucradas en el
proceso de Solicitud de Acreditación de entidades, individuos y empresas
productoras de semillas para la ejecución de tareas inherentes a la
certificación de semillas.
2. Alcance:
2.1 El alcance de este procedimiento es desde la recepción de las
Solicitudes de Acreditación hasta la notificación de aceptación a los
solicitantes aptos para la Auditoría Inicial.
3. Referencias:
3.1 Criterios para la Acreditación.;
3.2 Normas de Certificación Nacionales e Internacionales;
3.3 Resolución GMC N° 60/97 “Estándar de normas para acreditación,
funcionamiento, inspección, auditorías, y pruebas, de referencia, de
laboratorios de análisis de semillas” y sus modificaciones.;
3.4 Resolución GMC N° 72/99 “Requisitos para la
acreditación/habilitación de muestreadores de lotes de semillas.;
3.5 Instrucciones de Trabajo Locales.
4. Definiciones:
4.1 ACS: Agencia de Certificación de Semillas..
4.2 Auditoria Inicial: evaluación "in situ" del solicitante a la
acreditación con el propósito de verificar si los Criterios de
Acreditación (Anexo A, C y E) han sido implementados..
4.3 Manual de Calidad: documento generado por el solicitante en el que
describe su sistema de calidad.
5. Responsabilidades:
5.1 La ACS es responsable de efectuar la verificación administrativa de
las Solicitudes de Acreditación (Anexo B, D y F), devolver las
solicitudes incompletas, solicitar las correcciones administrativas a
efectuar y de efectuar el cobro de los aranceles..
5.2 La ACS es responsable de efectuar la verificación técnica del Manual
de Calidad de las entidades y empresas de semillas, solicitar los
Manuales de Calidad revisados cuando sea necesario y notificar a los
solicitantes aprobados o rechazados..
5.3 La ACS es responsable de la evaluación de los individuos
solicitantes de acreditación..
5.4 La ACS es responsable de ofrecer capacitación para solicitantes.
6. Actividades:
6.1 Verificación Administrativa de la Solicitud
6.1.1 La ACS verificará si la Solicitud recibida está completada en su
totalidad, y si el solicitante adjunta el recibo de pago del arancel
correspondiente.
6.1.2 La verificación será efectuada dentro de un periodo definido por
cada país.
6.1.3 Si la Solicitud está incompleta, continuar en 6.2. Si la Solicitud
es administrativamente aceptable, continuar en 6.3.
6.2 Devolver Solicitudes y Solicitar Correcciones
6.2.1 La ACS remitirá al solicitante la Solicitud si no cumple los
requisitos administrativos junto con una Notificación de Correcciones a
efectuar, dentro de un periodo definido por cada país..
6.2.2 La ACS archivaráa una copia de la Notificación remitida.
6.3 Evaluación Preliminar del Solicitante
6.3.1 La ACS ofrecerá capacitación para solicitantes de acuerdo a la
Instrucción de Trabajo local.
6.3.2 Cuando las solicitudes sean hechas o incluyan las actividades
relativas a muestreo o análisis de semillas, la ACS asegurará el
cumplimiento de las Resoluciones GMC N° 60/97 y 72/99 y sus
modificaciones.
6.3.26.3.3 Empresas Productoras de Semillas/ Entidades.
6.3.2.16.3.3.1 La ACS efectuará la evaluación del Manual de Calidad
requerido con relación a los Criterios de Acreditación, dentro de un
plazo establecido por cada país, de acuerdo con las Instrucciones de
Trabajo locales.
6.3.2.26.3.3.2 La ACS completará el “Informe de Evaluación Preliminar”
(Anexo E), registrando fecha de recepción, de revisión y los resultados
de ésta.
6.3.2.36.3.3.3 Cuando el Manual de Calidad no cumpla los requerimientos,
ACS solicitará por escrito la remisión de un Manual de Calidad Revisado,
que será sometido a una segunda revisión.
6.3.2.46.3.3.4 Si la Solicitud no es aprobada en la segunda revisión,
continuar en 6.4. Si fue aprobada, continuar en 6.5.
6.3.36.3.4 Individuos
6.3.3.16.3.4.1 La ACS evaluará los conocimientos del postulante sobre
las Normas de Certificación y Tecnología de Semillas aplicables a la
actividad mediante un examen, siguiendo las Instruccióones de Trabajo
locales que sean necesarias. Los resultados de evaluación de cada
postulante serán registrados en el “Informe de Evaluación Preliminar -
Individuos”.
6.3.3.26.3.4.2 Si el postulante no fue aprobado, continuar en 6.4. Si
fue aprobado, continuar en 6.5.
6.4 Notificar Denegación de la Solicitud.
6.4.1 La ACS notificará por escrito al solicitante la Denegación de la
Solicitud.
6.4.2 El postulante podrá apelar cuando su solicitud es denegada,
siguiendo el Procedimiento de Apelación.
6.5 Notificar al Solicitante su Aceptación para Auditoría Inicial
6.5.1 La ACS notificará al solicitante aprobado su aceptación para ser
evaluado "in situ".
7. Registros:
7.1 Copias de “Notificación de Correcciones a Efectuar”.
7.2 Informe de evaluación preliminar.
7.3 Solicitudes de acreditación.
7.4 Registro de Rrecibos de pago.
7.5 Copias de “Notificación de Denegación de Solicitud”.
7.6 Copias de “Notificación de Aceptación de Solicitud”.
8. Flujogramas y Anexos:
8.1 Anexo A: Criterios para la Acreditación de Empresas Productoras de
Semillas.
8.2 Anexo B: Formulario “Solicitud de Acreditación de Empresas
productoras de Semillas”.
8.3 Anexo C: Criterios para la Acreditación de Entidades.
8.4 Anexo D: Formulario “Solicitud de Acreditación de Entidades”.
8.5 Anexo E: Criterios para la Acreditación de Individuos.
8.6 Anexo F: Formulario “Solicitud de Acreditación de Individuos”.
8.7 Anexo G: Informe de Evaluación Preliminar - Empresas/Entidades.
8.8 Flujograma del Procedimiento de Solicitudpara Aplicación para la
Acreditación.
ANEXO A
CRITERIOS PARA LA ACREDITACIÓN DE
EMPRESAS PRODUCTORAS DE SEMILLAS
1. Responsabilidad de la DIRECCIÓN
La Dirección de la empresa productora de semillas deberá:
-
Definir y documentar su política de calidad y compromiso con la
calidad de la semilla certificada.
-
Asegurar que la política sea comprendida e implementada por el
personal involucrado en el proceso de certificación.
-
Designar a las personas responsables de cada etapa del proceso de
certificación de semillas.
-
Designar un Representante del Sistema de Calidad.
-
Revisar periódicamente el Sistema de Calidad y las actividades de
certificación para asegurar su efectividad.
-
Proveer los recursos necesarios (materiales y humanos) para el
cumplimiento de las actividades de certificación de semillas.
2. SISTEMA DE CALIDAD DOCUMENTADO
La empresa deberá contar con un sistema de calidad documentado que
describa su política, organización, forma de trabajo y los estándares
que debe cumplir la semilla.
El sistema de calidad debe consistir, como mínimo, de un Manual de
Calidad que abarque los requerimientos de esta norma; y si es necesario,
de procedimientos adicionales.
3. REVISIÓN DE CONTRATOS
La empresa deberá:
-
tener procedimientos documentados que aseguren que puede cumplir los
requisitos de contratos de producción de semilla certificada,
previamente a su aceptación
.;
- definir y documentar los requisitos del contrato.
4. CONTROL DE DOCUMENTOS
La empresa debe tener procedimientos documentados para controlar los
documentos relativos al sistema de calidad (internos o externos).
Dichos documentos deben:
-
ser aprobados y revisados por personas autorizadas a tal efecto
previamente a su distribución
.;
-
estar identificados de una forma (por ejemplo, con un código) que
permita conocer su vigencia
.;
-
estar incluidos en una lista de referencia que indique cual es la
versión actualizada y quienes son poseedores de copia;
s.
-
estar sujetos a modificaciones en forma controlada;
.
-
ser retirados de uso cuando están obsoletos y reemplazados por la versión
modificada;
.
-
ser copiados y distribuidos en forma controlada.
La empresa debe contar con copias actualizadas de:
-
Ley de Semillas;
-
Normas de Certificación de Semillas relativas a su actividad;
-
Normas de Acreditación.
Las personas que efectúen tareas de certificación deben poseer versiones
actualizadas de los documentos (internos y externos) que afectan dichas
actividades.
5. COMPRAS (bienes o servicios)
La empresa productora de semillas deberá disponer de procedimientos
documentados para controlar todas las compras que puedan afectar a la
calidad de la semilla certificada.
La empresa deberá proveerse únicamente de proveedores de bienes o
servicios (por ejemplo: productores de semillas, laboratorios, empresas
de transporte, procesadores de semilla) que tengan la capacidad de
cumplir con los requerimientos de calidad de la semilla certificada y
otros requerimientos especificados por la empresa productora de semillas
Deberá contar con un sistema documentado para la evaluación y selección
de proveedores, basado en sus antecedentes y capacidad para cumplir con
los requisitos establecidos. Registros de los proveedores aceptables.
6. IDENTIFICACIÓN, TRAZABILIDAD Y ROTULADO DE SEMILLAS
La empresa debe tener un sistema documentado que asegure que los lotes
de semillas sean identificados desde su cosecha hasta su despacho desde
planta.
Dicho sistema de identificación y trazabilidad debe permitir:
· rastrear, para cada lote de semillas, todos los registros de las
actividades realizadas desde la siembra, incluyendo la semilla que le
dio origen;
- conocer el estado de inspección y análisis del lote;
- conocer el estado de conformidad del lote;
- conocer cultivar y categoría del lote;
- cumplir con los requerimientos de rotulado de las Normas de
Certificación;
- conocer el destino dado a los lotes no conformes.
7. CONTROL DE PROCESOS
La empresa debe contar con procedimientos documentados para el cultivo,
inspección, movimientos, almacenamiento, muestreo, análisis y rotulado
de semillas certificadas. Dichos procedimientos deben incluir el
mantenimiento de los equipos necesarios.
Los siguientes procesos deben cumplir con los criterios y estándares
mínimos de las Normas de Certificación, Muestreo y Análisis vigentes:.-
inspecciones de cultivos;
- inspecciones de procesamiento;
rotulado;
Los siguientes procesos deben cumplir con las resoluciones del GMC del
MERCOSUR Nº 60/97 y Nº 72/99.
- análisis de semillas;
- muestreo.
8. INSPECCIÓN Y ANÁLISIS DE SEMILLAS
La empresa deberá desarrollar procedimientos documentados de inspección
y análisis de semillas, donde deben constar las oportunidades de
inspección y análisis de semillas desde la recepción hasta su despacho,
y la forma de registrar dichas actividades (incluyendo Informes de
Análisis).
Los análisis finales deberán ser realizados por Laboratorios
Acreditados, y una submuestra de la muestra remitida al laboratorio debe
ser conservada por no menos de un año.
9. CONTROL DE EQUIPOS QUE PUEDEN AFECTAR LA CALIDAD DE LAS SEMILLAS
La empresa debe tener procedimientos documentados para calibrar todos
los equipos que, si están descalibrados, pueden afectar las mediciones
de calidad de la semilla certificada.
La empresa deberá:
- identificar los equipos críticos en el proceso de producción (campo,
procesamiento);
- identificar la condición de calibración en cada equipo crítico;
- llevar registros de las calibraciones efectuadas;
- establecer la frecuencia de calibración de cada equipo;
- llevar registros de los lotes de semilla afectados por equipos
descalibrados, y volver a verificarlos una vez calibrados.
10. ESTADO DE INSPECCIÓN Y ANÁLISIS
Cada lote de semillas, a lo largo del proceso de producción, debe estar
identificado, ya sea sobre el producto mismo o en registros.
El sistema de identificación debe permitir conocer si el lote está
aprobado, reprobado o si aún no fue analizado.
11. CONTROL DE SEMILLAS NO CONFORME
La empresa deberá contar con procedimientos documentados que indiquen
cómo controla los lotes de semillas no conformes para prevenir su
despacho como semilla certificada y designar al personal autorizado para
impedir dichos despachos.
Debe llevar registros de los lotes no conformes, sus causas, los rótulos
inutilizados (cuando corresponda) y del destino final de estos lotes.
12. ACCIONES CORRECTIVAS
La empresa deberá disponer de procedimientos documentados para:
- Detectar problemas en los productos o en los procesos;
Registrar problemas encontrados.
- ;
- Investigar sus causas;
.
- Implementar soluciones efectivas en plazos;
.
- Registrar medidas adoptadas para prevenir repetición del problema.
13. MOVIMIENTOS, ALMACENAMIENTO, ENVASADO Y DESPACHO DE SEMILLAS
La empresa debe establecer procedimientos documentados para:
- asegurar que la semilla no se deteriore desde cosecha hasta
despacho;
.
- controlar la c
Calidad periódicamente;
- controlar y registrar los movimientos de semillas
14. REGISTROS DE CALIDAD
La empresa debe llevar registros como evidencia de que el sistema cumple
la Norma de Acreditación (registros de entrenamiento, de calibración, de
acciones correctivas, de evaluación de contratistas, de auditorías
internas).
Los registros deben demostrar que cada lote de semilla certificada
cumplió los estándares y criterios requeridos. Los registros requeridos
relativos al proceso de certificación de semillas son los siguientes:
- Registros que demuestren que los cultivos son elegibles para ingresar
en el sistema de certificación (requisitos de la semilla a multiplicar,
del cultivar, autorizaciones requeridas, etc.);
- Informes de Inspección de Cultivos;
- Informes y documentos de muestreos y análisis de semillas realizados
en el proceso;
- Registros relativos a condiciones del acondicionamiento;
- Inventarios de uso de rótulos.
Los registros deben ser:
- Archivados de una manera establecida y por el plazo requerido en los
procedimientos
. ;
- Corregidos de una manera controlada;
.
- Fácilmente accesibles.
15. AUDITORÍIAS INTERNAS
La empresa debe contar con un programa de Auditorías Internas que cubra
las distintas etapas del proceso de producción (cultivo,
acondicionamiento, almacenamiento, análisis y despacho).
Las auditorías deben ser programadas en función de los momentos críticos
de cada actividad y efectuadas por personas independientes a dichas
tareas.
Los resultados de las Auditorías deben ser registrados y las Acciones
Correctivas, si hubiera, implementadas en los plazos acordados.
16. CAPACITACIÓN
El personal afectado a las actividades de certificación debe estar
capacitado en las Normas de Certificación correspondientes a la tarea.
La empresa deberá disponer de:
- un programa de capacitación que cubra los aspectos técnicos y
reglamentarios del sistema de certificación;
.
- registros de entrenamiento efectuado;
.
- un sistema que permita detectar las necesidades de capacitación del
personal
17. RECLAMOS DE CLIENTES
La empresa deberá llevar registros de los reclamos recibidos
relacionados a la calidad de la semilla certificada y de las respuestas
dadas a los clientes e investigar si los reclamos se deben a problemas
de calidad de la semilla, y tomar Acciones Correctivas necesariass en
los casos que corresponda.
ANEXO B
SOLICITUD DE ACREDITACIÓN DE
EMPRESAS PRODUCTORAS DE SEMILLAS
I. DATOS DEL SOLICITANTE
Razón
Social:......................................................................................................………………...
Domicilio
Especial:..............................................................................................………………...
Localidad:...........................................................................................CP:...........………………...
Provincia:............................................................................................................………………...
Teléfono:.......................Fax:........................Correo
Electrónico:........................…………………
Nro. de
Registro.:.................................................................................................………………..
II. REPRESENTANTE LEGAL
Apellido y
Nombres:............................................................................................………………...
DNI/LE/CI:...........................................................................................................……………….
Cargo:.................................................................................................................………………...
III. REPRESENTANTE DEL SISTEMA DE CALIDAD
Apellido y
Nombres:............................................................................................………………...
DNI/LE/CI:...........................................................................................................……………….
Cargo:.................................................................................................................………………...
Teléfono:.......................Fax:........................Correo
Electrónico:........................…………………
IV. UBICACIÓON DE LAS PLANTAS DE PROCESAMIENTO Y ALMACENAMIENTO DE
SEMILLAS
............................................................................................................................................................
V. ESPECIES PRODUCIDAS
...........................................................................................................................................................
El solicitante de la acreditación se compromete a cumplir con las normas
vigentes en la materia, las que declara conocer en este acto. Se adjunta
Manual de Calidad para la producción de semillas certificadas.
Lugar y
fecha:..............................................................
....................................................... .......................................................
FIRMA DEL REPRESENTANTE FIRMA DEL REPRESENTANTE
LEGAL DEL SISTEMA DE CALIDAD
ANEXO C"
CRITERIOS PARA LA ACREDITACIÓN DE
ENTIDADES
1. RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCIÓN
La Dirección de la entidad deberá:
- Definir y documentar su política de calidad y compromiso con la
calidad de la semilla certificada;
.
- Asegurar que la política sea comprendida e implementada por el
personal involucrado en el proceso de certificación;
.
- Designar a las personas responsables de cada etapa del proceso de
certificación de semillas;
.
- Designar un Representante del Sistema de Calidad.
- Revisar periódicamente el Sistema de Calidad y las actividades de
certificación para asegurar su efectividad;
.
- Proveer los recursos necesarios (materiales y humanos) para el
cumplimiento de las actividades de certificación de semillas.
2. SISTEMA DE CALIDAD DOCUMENTADO
La entidad deberá contar con un sistema de calidad documentado que
describa su política, organización y forma de trabajo.
El sistema de calidad debe consistir, como mínimo, de un Manual de
Calidad que abarque los requerimientos de esta norma; y si es necesario,
de procedimientos adicionales.
3. CONTROL DE DOCUMENTOS
La entidad debe tener procedimientos documentados para controlar los
documentos relativos al sistema de calidad (internos o externos).
Dichos documentos deben:
- ser aprobados y revisados por personas autorizadas a tal efecto
previamente a su distribución;
.
- estar identificados de una forma (por ejemplo, con un código) que
permita conocer su vigencia;
.
- estar incluidos en una lista de referencia que indique cual es la
versión actualizada y quienes son poseedores de copias;
.
- estar sujetos a modificaciones en forma controlada;
.
- ser retirados de uso cuando están obsoletos y reemplazados por la
versión modificada;
.
- ser copiados y distribuidos en forma controlada.
La empresa entidad debe contar con copias actualizadas de:
- Ley de Semillas;
- Normas de Certificación de Semillas relativas a su actividad;
- Normas de Acreditación.
Las personas que efectúen tareas de certificación deben poseer versiones
actualizadas de los documentos (internos y externos) que afectan dichas
actividades.
4. CONTROL DE PROCESOS
La entidad debe contar con procedimientos documentados para inspección
de cultivos, muestreo, análisis y rotulado de semillas certificadas.
Dichos procedimientos deben incluir el mantenimiento de los equipos
necesarios.
Los siguientes procesos deben cumplir con los criterios y estándares
mínimos de las Normas de Certificación, Muestreo y Análisis vigentesLos
siguientes procesos deben cumplir con los criterios y estándares mínimos
de las Normas de Certificación vigentes:.
- inspecciones de cultivos;
- inspecciones de procesamiento;
- rotulado;
Los siguientes procesos deben cumplir con las resoluciones del GMC del
MERCOSUR Nº 60/97 y Nº 72/99.
- muestreo;
- análisis de semillas.
5. INSPECCIÓN Y ANÁLISIS DE SEMILLAS
La entidad deberá desarrollar procedimientos documentados de inspección,
donde deben constar las oportunidades de inspección desde la recepción
de la solicitud hasta su despacho, y la forma de registrar dichas
actividades.
Los análisis finales deberán ser realizados por Laboratorios
Acreditados..
6. CONTROL DE EQUIPOS QUE PUEDEN AFECTAR LA CALIDAD DE LAS SEMILLAS
La entidad debe tener procedimientos documentados para controlar el
calibrado de todos los equipos que si están descalibrados, pueden
afectar las mediciones de calidad de la semilla certificada.
La entidad deberá:
- identificar los equipos críticos;
.
- identificar la condición de calibración en cada equipo crítico;
- llevar registros de los controles de calibraciones efectuadas;
- establecer la frecuencia de calibración de cada equipo;
- llevar registros de los lotes de semilla afectados por equipos
descalibrados, y volver a verificarlos una vez calibrados.
7. ESTADO DE INSPECCIÓN Y ANÁLISIS
La entidad deberá controlar que cada lote de semillas, a lo largo del
proceso de producción, debe estar identificado, ya sea sobre el producto
mismo o en registros.
El sistema de identificación debe permitir conocer si el lote está
aprobado, reprobado o si aún no fue analizado.
8. CONTROL DE SEMILLAS NO CONFORME
La entidad deberá contar con procedimientos documentados que indiquen
cómo controla los lotes de semillas no conformes para prevenir su
despacho como semilla certificada
Debe llevar registros de los lotes no conformes, sus causas, los rótulos
inutilizados (cuando corresponda) y del destino final de estos lotes.
9. ACCIONES CORRECTIVAS
La entidad deberá disponer de procedimientos documentados para:
- Detectar problemas en los productos o en los procesos;
- Registrar problemas encontrados;.
- Investigar sus causas;.
- Implementar soluciones efectivas en plazos;.
- Registrar medidas adoptadas para prevenir repetición del problema.
10. REGISTROS DE CALIDAD
La entidad debe llevar registros como evidencia de que el sistema cumple
la Norma de Acreditación (registros de entrenamiento, de calibración, de
acciones correctivas, de auditorías internas).
Los registros deben demostrar que cada lote de semilla certificada
cumplió los estándares y criterios requeridos. Los registros requeridos
relativos al proceso de certificación de semillas son los siguientes:
- Registros que demuestren que los cultivos son elegibles para ingresar
en el sistema de certificación (requisitos de la semilla a multiplicar,
del cultivar, autorizaciones requeridas, etc.);
- Informes de Inspección de Cultivos;
- Informes y documentos de muestreos y análisis de semillas realizados
en el proceso;
- Registros relativos a condiciones del acondicionamiento;
- Inventarios de uso de rótulos.
Los registros deben ser:
- Archivados de una manera establecida y por el plazo requerido en los
procedimientos;.
- Corregidos de una manera controlada;.
- Fácilmente accesibles.
11. AUDITORÍIAS INTERNAS
La entidad debe contar con un programa de Auditorías Internas que cubra
las distintas etapas del proceso de certificación.
Las auditorías deben ser programadas en función de los momentos críticos
de cada actividad y efectuadas por personas independientes a dichas
tareas.
Los resultados de las Auditorías deben ser registrados y las Acciones
Correctivas, si hubiera, implementadas en los plazos acordados.
12. CAPACITACIÓN
El personal afectado a las actividades de certificación debe estar
capacitado en las Normas de Certificación correspondientes a la tarea.
La entidad deberá disponer de:
- un programa de capacitación que cubra los aspectos técnicos y
reglamentarios del sistema de certificación;
.
- registros de entrenamiento efectuado;
.
- un sistema que permita detectar las necesidades de capacitación del
personal.
ANEXO D
SOLICITUD DE ACREDITACIÓN DE
ENTIDADES
I. DATOS DEL SOLICITANTE
Razón
Social:......................................................................................................………………...
Domicilio
Especial:..............................................................................................………………...
Localidad:...........................................................................................CP:...........………………...
Provincia:............................................................................................................………………...
Teléfono:.......................Fax:........................Correo
Electrónico:........................…………………
Nro. de
Registro.:.................................................................................................………………..
II. REPRESENTANTE LEGAL
Apellido y
Nombres:............................................................................................………………...
DNI/LE/CI:...........................................................................................................……………….
Cargo:.................................................................................................................………………...
III. REPRESENTANTE DEL SISTEMA DE CALIDAD
Apellido y
Nombres:............................................................................................………………...
DNI/LE/CI:...........................................................................................................……………….
Cargo:.................................................................................................................………………...
Teléfono:.......................Fax:........................Correo
Electrónico:........................…………………
IV. ACTIVIDADES PARA LAS CUALES SOLICITA ACREDITACIÓN
· Acreditación para :
..............................................................
...............................................................................................................………………...
...............................................................................................................………………...
El solicitante de la acreditación se compromete a cumplir con las normas
vigentes en la materia, las que declara conocer en este acto. Se adjunta
Manual de Calidad para la certificación de semillas.
Lugar y
fecha:..............................................................
.......................................................
........................................................
FIRMA DEL REPRESENTANTE FIRMA DEL REPRESENTANTE
LEGAL DEL SISTEMA DE CALIDAD
ANEXO E
CRITERIOS PARA LA ACREDITACIÓON DE INDIVIDUOS
1. RESPONSABILIDAD DEL INDIVIDUOe LA DIRECCION
El individuo debe demostrar un compromiso con la calidad del servicio
que presta y con el cumplimiento de las normas de certificación.
Asimismo debe disponer de los medios financieros y materiales necesarios
para prestar los servicios requeridos.
2. REVISIÓON DE CONTRATOS
El individuo debe asegurarse de poder cumplir con los servicios de
inspección requeridos en forma previa a su aceptación.
3. CONTROL DE DOCUMENTOS Y DATOS
El individuo acreditado deberá disponer de versiones actualizadas de las
normas de certificación y manuales de inspección relativos a su
actividad.
4. CAPACITACIÓON
El individuo acreditado deberá poseer conocimientos de las normas de
certificación inherentes a su actividad y aprobar un examen teórico
práctico evaluado por la ACS. La ACS podrá requerir que los solicitantes
asistan a cursos de capacitación dictados o reconocidos por ésta, en
forma previa a la evaluación y como parte de un programa de
actualización.
5. CONTROL DE PROCESOS
El individuo acreditado deberá seguir los procedimientos de inspección
oficialmente aprobados.
6. REGISTROS
El individuo acreditado deberá completar, distribuir y mantener en
archivo los Informes de Inspección en la forma reglamentariamente
establecida. Deberá disponer también de toda la documentación necesaria
para efectuar las inspecciones.
ANEXO F
SOLICITUD DE ACREDITACIÓN DE INDIVIDUOS
I. DATOS PERSONALES DEL SOLICITANTE
Apellido y
Nombres..................................................................................................……
Domicilio:.........................................................................................................................
Localidad:...........................................................................................CP:.............
Provincia:.....................................................................................................................
D.N.I./L.E./L.C.:...............................................................................................................
Teléfono:...........................Fax:..................................
Correo Electrónico:.................................…………………….
II. ESTUDIOS
Título
Universitario:...................................................................................................................…
Universidad:..............................................................................................................................
Matrícula Profesional Nº:............................Expedida
por:.........................................................…
III. ANTECEDENTES EN LA PRODUCCIÓN DE SEMILLAS
(Adjuntar hojas adicionales si es necesario)
...............................................................................................................................................
IV. SITUACIÓN LABORAL
En caso de prestar servicios a empresas semilleras, consignar los
siguientes datos:
Razón
Social:..........................................................................................................................
Domicilio:..................................................................................................................................
Localidad:...............……………………..................................Provincia:.........................................
Nro. de
Registro.:.................................………………..................................................................
V. ACTIVIDADES PARA LAS CUALES SOLICITA ACREDITACIÓN
................................……………….............................................................................................
................................………………..............................................................................................
El solicitante se compromete a cumplir, durante su desempeño como
inspector acreditado, con las normas vigentes en la materia, las que
declara conocer en este acto.
Lugar y fecha:
............................................................. ...............................................
FIRMA DEL SOLICITANTE
ANEXO G
INFORME DE EVALUACIÓON
PRELIMINAR
EMPRESA/ENTIDAD
Código de Estado de Revisión
(1) |
Versión y fecha del Manual
(2) |
Fecha de Recepción
(3) |
Fecha de Revisión
(4) |
Recibido por
(5) |
Revisado por
(6) |
Aceptado por
(7) |
Fecha notificación
(8) |
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Instrucciones para el llenado
Columna 1
Indicar el Código de estado:
RM: Recepción del Manual 1ª Rev: Primera Revisión
2ª Rev.: Segunda Revisión MA: Manual aceptable
Recepción del Manual
Indicar RM en columna 1.
Registrar versión y fecha del manual en columna 2.
Registrar fecha de recepción en columna 3.
Firmar en columna 5.
Revisión del Manual
Indicar 1ªRev. en columna 1.
Registrar versión y fecha del manual en columna 2.
Indicar fecha de revisión en columna 4.
Firmar en columna 6.
Indicar fecha de remisión de la Nota de Solicitud de Manual Revisado,
cuando corresponda.
Aceptación del Manual
Indicar MA en columna 1.
Indicar versión y fecha del manual en columna 2.
Firmar en columna 7.
Indicar fecha de envío de nota de aceptación.

PROCEDIMIENTO PARA
AUDITORÍAS
PARA LA ACREDITACIÓN
1. Propósito:
1.1 El propósito de este procedimiento es definir la secuencia de
eventos, acciones, interfaces y responsabilidades involucradas en el
proceso de auditorías para la Acreditación de solicitantes para la
ejecución de tareas inherentes a la producción de semilla certificada.
2. Alcance:
2.1 El alcance de este procedimiento es desde que se contacta al
solicitante a ser auditado hasta que se actualiza la Lista de
Acreditados en base a los resultados de la auditoría.
2.2 Este procedimiento se aplicará para las Auditorías Iniciales
(previas a la acreditación) y para las Auditorías Periódicas
(posteriores a la acreditación).
3. Referencias:
3.1 Criterios de Acreditación.
3.2 Normas de Certificación.
3.3 Reporte de Inspección de Campo en la Empresa.
3.4 Documentos del Auditado.
4. Definiciones:
4.1 SAC: Solicitud de Acción Correctiva.
4.2 No Conformidad: cualquier situación fuera de estándares.
4.3 Auditoría Inicial: Evaluación "in situ" del solicitante a la
acreditación con el propósito de verificar si los Criterios de
Acreditación han sido implementados.
4.4 Auditorías Periódicas: Evaluación "in situ", posterior al
otorgamiento de la acreditación y a intervalos definidos, con el
propósito de verificar si se mantienen las condiciones en las que la
acreditación fue otorgada.
4.5 Equipo Auditor: Persona/Personas con conocimientos de técnicas de
auditorías, Criterios de Acreditación y Normas de Certificación,
autorizadas por la ACS para conducir auditorías.
5. Responsabilidades:
5.1 Equipo Auditor: Preparar, conducir auditoria y elaborar informes,
emitir SAC y verificar las acciones correctivas.
5.2 ACS: Contactar al solicitante, actualizar Lista de Acreditados y
designar equipo auditor.
5.3 ACS: Notificar denegación/cancelación o aprobación/renovación de
acreditación.
6. Actividades:
6.1 Contactar al Solicitante.
6.1.1 La ACS contactará al solicitante aprobado en el Proceso de
Solicitud para organizar una evaluación "in situ" durante la época en
que las actividades a auditar se estén desarrollando.
6.2 Preparar la Auditoría
6.2.1 La ACS designará el equipo auditor.
6.2.2 El equipo auditor designado deberá:
6.2.2.1 Recopilar información previa.
6.2.2.2 Preparar y enviar Agenda de Auditoría al auditado para ser
acordada (Anexo A), con una anticipación mínima de 5 días (hábiles) a la
fecha de auditoría prevista. La ACS se reserva el derecho de reducir el
periodo indicado en situaciones de excepción.
6.2.2.3 Preparar las Listas de Verificación (Anexo B) en base a los
Criterios de Acreditación y Normas de Certificación aplicables.
6.2.2.4 Verificar que el pago por auditoría ha sido efectuado.
6.3 Conducir Auditoría
El equipo auditor deberá:
6.3.1 Efectuar la reunión inicial, presentando auditores, revisando la
agenda y acordando detalles, y explicando los métodos a emplear en la
auditoria.
6.3.2 Recopilar Evidencias.
6.3.3 Emplear Listas de Verificación, tomar nota de las evidencias.
6.3.4 Entrevistar, revisar registros, verificar procedimientos puestos
en práctica.
6.3.5 Efectuar reunión de auditores.
6.3.6 Efectuar la Reunión de Cierre.
6.3.7 Presentar resumen de la auditoría y observaciones o no
conformidades si se hubieran detectado.
6.3.8 Informar fecha de entrega de Informe de Auditoría.
6.3.9 Si se encuentran no conformidades, continuar en 6.4.
6.4 Emitir SAC
El equipo auditor emitirá las SAC que correspondan a cada no conformidad
detectada durante la auditoría, las entregará al auditado en la Reunión
de Cierre en la que se acordará la fecha de implementación de las
acciones correctivas.
6.5 Elaborar Informe de Auditoría
6.5.1 El equipo auditor elaborará el Informe de Auditoría conteniendo:
área/actividad auditada, participantes, objetivo y alcance de la
auditoría, documentos revisados, resumen de actividades desarrolladas,
no conformidades que se hubieran detectado.
6.5.2 Remitir el Informe al auditado en el plazo acordado en la Reunión
de Cierre y copia a ACS.
6.6 Seguimiento de Acciones Correctivas
6.6.1 El equipo auditor verificará la implementación y eficacia de
Acciones Correctivas en las fechas acordadas mediante verificaciones de
documentación o "in situ".
6.6.2 Cerrará las SAC si se verifica cumplimiento en plazo y remitirá un
Informe de Seguimiento a ACS.
6.6.3 Si las SAC no fueron cerradas, continuar en 6.7
6.7 Notificar Denegación/Cancelación
6.7.1 ACS notificará al auditado que se le ha negado/cancelado la
acreditación cuando las acciones correctivas no fueron implementadas en
el plazo estipulado.
6.7.2 El auditado podrá apelar dicha decisión mediante el Procedimiento
de Apelación.
6.8 Actualizar Listado de Acreditados
6.8.1 ACS actualizará el Listado de Acreditados en base a los resultados
de las auditorías.
6.8.2 ACS emitirá un certificado de aprobación/renovación a los
solicitantes aprobados.
7. Registros:
7.1 Informes de Auditorías.
7.2 Listas de Verificación Completas.
7.3 Informes de Seguimientos de Auditorías.
7.4 Notificaciones de Denegación/Cancelación, Aprobación/Renovación.
7.5 Lista de Acreditados.
7.6 Registro de Pagos.
7.7 Agenda de Auditoria.
7.8 Solicitud de Accion Correctiva.
8. Flujogramas y Anexos:
8.1 Anexo A: Agenda de Auditoría
8.2 Anexo B: Lista de Verificación
8.3 Anexo C: Solicitud de Acción Correctiva
8.4 Flujograma del Procedimiento para Auditorías para la Acreditación.
ANEXO A: AGENDA DE AUDITORÍA
OBJETIVO:
|
ALCANCE:
|
FECHA:
|
AUDITOR/ES:
|
CRONOGRAMA |
FECHA |
HORA |
AUDITOR:
ACTIVIDADES |
AUDITOR:
ACTIVIDADES |
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ANEXO B: LISTA DE VERIFICACIÓN
AUDITADO:
ACTIVIDAD AUDITADA: |
FECHA: |
Ref. |
Requisito |
Preguntas relacionadas |
Comentarios |
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ANEXO C: SOLICITUD DE ACCIÓN CORRECTIVA
SOLICITUD DE ACCIÓN CORRECTIVA |
A |
EMPRESA: |
FECHA: |
NRO. DE REGISTRO: |
SAC Nº: |
Area/ actividad auditada:
|
Descripción de la No Conformidad:
|
No Conformidad con (estándar/norma):
|
Fecha para efectuar acción correctiva:
|
Auditor: Auditado:
Nombre: Nombre:
Firma Firma |
B |
Acción adoptada para corregir la no conformidad y
prevenir repetición:
Firma del Auditado Fecha |
C |
Verificación de la acción correctiva adoptada:
Firma del Auditor Fecha |

PROCEDIMIENTO PARA
SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN
1. Propósito:
1.1 El objetivo de este procedimiento es definir la secuencia de
eventos, acciones, interfases y responsabilidades involucradas en el
proceso de realizar la evaluación de una solicitud para la certificación
de semillas, presentada ante la Agencia de Certificación de Semillas o
ante una Empresa/Entidad Acreditada para la Certificación de Semillas.
2. Alcance:
2.1 Desde el momento que se recibe la solicitud de certificación hasta
el informe de su evaluación.
3. Referencias:
3.1 Requisitos de Certificación.
3.2 Historial del Cultivo, Mapas.
3.3 Verificacion de la Fuente de Semilla.
3.4 Detalles de la Solicitud.
4. Definiciones:
4.1 ACS: Agencia de Certificación de Semillas.
4.2 La persona: El individuo encargado de una actividad.
4.3 EACS: Empresa/Entidad Acreditada para la Certificación de Semillas
5. Responsabilidades:
5.25.1 La persona responsable o su designado/a de la ACS o de las EACS,
es el responsable de recibir el formulario de solicitud, verificar que
se haya llenado correctamente y constatar que el pago inicial se haya
efectuado.
5.35.2 La persona responsable o su designado/a de la ACS o de las EACS
es el responsable de realizar la evaluación del formulario de solicitud
y notificar al solicitante.
6. Actividades:
6.26.1 Recibir y Registrar el formulario de solicitud
6.2.16.1.1 La persona responsable o su designado/a de la ACS o de las
EACS recibirá el formulario de solicitud completo y lo registrara en un
archivo.
6.2 Revisar el formulario de solicitud
6.2.26.2.1 La persona responsable o su designado/a de la ACS o de las
EACS revisará que el formulario de solicitud haya sido completado
correctamente y luego emitirá un informe de revision al respecto.
6.2.36.2.2 Si el formulario no fue completado correctamente la persona
responsable o su designado/a de la ACS o de las EACS notificará al
solicitante y lo devolverá con las observaciones para su corrección.
6.2.46.2.3 La persona responsable o su designado/a de la ACS o de las
EACS realizará la evaluación técnica del formulario de solicitud de
acuerdo con las normas de certificación de la especie en cuestión y
notificará al solicitante el resultado de la evaluación mediante una
notificación.
7. Registros:
7.27.1 Solicitud aprobada
7.2 Informe de revisión
7.3 Solicitudes denegadas o aprobadas
7.4 Notificación al solicitante
7.5 Formulario de solicitud
8. Flujograma:
8.1 Flujograma del Procedimiento para Solicitud de Certificación

PROCEDIMIENTO PARA MONITOREO
DE INSPECCIONES DE CAMPO
1. Propósito:
1.1 El objetivo de este procedimiento es definir la secuencia de
eventos, acciones, interfases y responsabilidades involucradas para
monitorear las Inspecciones de Campo y evaluar los resultados de una
Empresa/Entidad/Individuo Acreditado para la Certificación de Semillas
por la ACS como parte del proceso de certificación.
1.2. Alcance:
2.1 Desde la solicitud de certificación aprobada hasta el lote de
semilla aprobado para análisis.
1.3. Referencias:
3.1 Normas de Certificación Nacionales y de OECD
3.2 Manual de Inspección de Campo
3.3 Lista de Campos de Producción
3.4 Descriptores Varietales
3.5 Informe de Auditoría
3.6 Informe de inspecciones de campo
1.4. Definiciones:
4.1 ACS: Agencia de Certificación de Semillas.
4.2 EEIACS: Empresa/Entidad/Individuo Acreditada/o para la Certificación
de Semillas
4.3 No-conformidad: Toda situación que esté fuera de los estándares.
1.5. Responsabilidades:
5.1 La ACS: Dueño del proceso
5.2 La ACS: Recepción y registro de la lista de campos.
5.3 Inspector de la ACS: Monitoreo de Inspecciones de Campo.
1.6. Actividades:
6.1 Recibir y Registrar Lista de Campos
6.1.1 La ACS recibirá y registrará la lista de campos para producción de
semillas.
6.1.2 La ACS determinará el porcentaje de campos a ser monitoreados,
siendo al menos, el mínimo establecido por OECD.
6.1.3 La ACS o Inspector deberá preparar un plan y agenda de inspección
de los campos de producción de semillas.
6.2 Realizar Inspecciones de Campo.
6.2.1 El Inspector de la ACS deberá cumplir el plan y la agenda
preestablecidos, elegir los campos a ser monitoreados (cantidad,
momento, ubicación, etc.) y luego deberá emitir Informe de Inspección de
Campo de la ACS.
6.2.2 La ejecución deberá ser hecha en base al punto 6.1.2.
6.3 Comparar Resultados de Inspección.
6.3.1 El Inspector de la ACS deberá comparar los resultados de su
inspección con los informes de inspección de campo de la EEIACS de
acuerdo con el siguiente criterio: Si el porcentaje de no-conformidades
con respecto al total de campos o áreas monitoreadas es inferior al 6%,
se resuelve aceptar el 100% de los campos aprobados por la EEIACS, menos
los rechazados en el monitoreo.
6.3.2 En caso de que las no conformidades superen el 6%, se incrementará
el % de monitoreo en un 100%. Si en esta nueva oportunidad el % de
no-conformidades es inferior al 6%, se aprobará el total del área
aprobada por EEIACS, menos los lotes rechazados.
6.3.3 Si persiste un porcentaje superior al 6%, el ciclo se repitirá
hasta completar la totalidad de los lotes aprobados por la EEIACS de ser
necesario.
6.3.4. Si hay diferencias en la comparación que conllevan al rechazo de
un lote de semilla, esta decisión podrá ser apelada.
1.7. REGISTROS:
7.1 Informe de Inspección de Campo de la ACS.
7.2 Informes de Inspección de Campo de la EEIACS
7.3 Agenda de Inspección.
7.4 Lista de Campos.
1.8. FLUJOGRAMA:
8.1 Flujograma del Procedimiento para Monitoreo de Inspecciones de
Campo.

PROCEDIMIENTO PARA INSPECCIÓN DE CAMPOS
1. Propósito:
1.1 El objetivo de este procedimiento es definir la secuencia de
eventos, acciones, interfaces y responsabilidades involucradas en el
proceso de efectuar las inspecciones de campos para la certificación de
semillas.
2. Alcance:
2.1 Desde la solicitud aprobada hasta el lote de semilla aprobado para
análisis.
3. Referencias:
3.1 Normas de Certificación nacionales e internacionales
3.2 Ley de Semillas
3.3 Manual de Inspección de Cultivos
3.4 Estándares del Sistema de Certificación Varietal para el Comercio
Internacional de Semillas de la OCDE.
3.5 Glosario de Semillas aprobado por MERCOSUR (opcional)
3.6 Lista de Cultivares
3.7 Descriptores Varietales
3.8 Historial de los Campos
3.9 Formulario de solicitud para inscripción de campos
4. Definiciones:
4.1 O.C.D.E.: Organización de Cooperación y Desarrollo Económico.
4.2 Empresa Productora de Semillas: Persona natural o jurídica dedicada
a la producción y comercio de semillas.
4.3 Inspector de Semillas: Técnico responsable de ejecutar las
inspecciones de Campo ya sea funcionario de la Agencia de Certificación
de Semillas o acreditado.
4.4 ACS: Agencia de Certificación de Semillas.
4.5 RT: Responsable Técnico de la empresa productora de semillas.
5. Responsabilidades:
5.1 ACS: Responsable de todo el proceso.
5.2 Inspector de Semillas: Ejecuta las inspecciones y emite los informes
respectivos.
6. Actividades:
6.1 Recibir y Registrar Lista de Campos
6.1.1. La ACS deberá recibir y registrar la lista de campos, elaborar y
registrar la agenda de inspecciones de campo y contactar a las empresas.
6.2 Realizar Inspecciones de Campo
6.2.1 Coordinar con las empresas de semilla las visitas de inspección
usando como base la agenda elaborada en 6.1.1.
6.2.2 El inspector de la ACS o el inspector acreditado deberá presentar
un plan de trabajo, ejecutar las inspecciones de campo y presentar un
informe de inspección de campo. 6.2.2.1 El inspector acreditado será monitoreado de acuerdo con las
necesidades de cada país. Para ello se aplicará el proceso de monitoreo
de inspección de campo de EEIACS.
6.3 Evaluar Resultados de Inspección
6.3.1 El responsable por el proceso de certificación de la ACS deberá
revisar y evaluar los informes de inspecciones de campo.
6.3.2 Si no existen no conformidades como consecuencia de la revisión y
evaluación de los informes de inspecciones de campo, el lote de semillas
será aprobado para análisis.
6.3.3 La ACS de cada país deberá crear un proceso para trazar la
identidad y cantidad del producto desde campo a planta. Este proceso
será documentado en procedimientos específicos para cada país.
6.4 Recomendar Correcciones
6.4.1. Si existieran no conformidades, la ACS recomendará correcciones a
la empresa productora de semilla a través de nota de aviso.
7. Registros:
7.1 Informes de Inspecciones de Campo.
7.2 Lista de campos.
7.67.3 Lista de campos aprobados.
8. Flujograma:
8.1 Flujograma del Procedimiento para Inspección de Campos
NO PUEDO CORREGIR EL FLUJOGRAMA, SE DEBERIA :
CAMBIAR POR
REGISTROS DE INSPECCION DE LA EMPRESA REGISTROS DE INSPECCIONES DE EACS

PROCEDIMIENTO PARA OBTENCIÓN DE ETIQUETA
1. Propósito:
1.1 El objetivo de este procedimiento es definir la secuencia de
eventos, acciones, interfases y responsabilidades involucradas para la
emisión y provisión de etiquetas de certificación por la ACS o
Empresa/Entidad acreditada.
1.2. Alcance:
2.1 Desde la solicitud hasta la provisión de etiquetas.
1.3. Referencias:
3.1 Informe de Inspecciones de campo.
3.2 Solicitud de Muestreo.
3.3 Normas de Certificación.
3.4 Registro de No Conformidades.
3.5 Informe de Auditorías.
3.6 Solicitud de Etiquetas.
1.4. Definiciones:
4.1 Etiqueta: rótulo en el cual se describe la calidad e información en
relación con la semilla contenida en bolsas u otro envase.
4.2 A.C.S.: Agencia de Certificación de Semillas.
4.3 EACS: Empresa/Entidad acreditada para la certificación de semillas.
1.5. Responsabilidades:
5.1 La ACS o EACS es responsable de recibir y evaluar las solicitudes de
etiquetas.
5.2 La ACS o EACS es responsable de notificar al solicitante cuando las
solicitudes no son aprobadas.
5.3 La ACS o EACS es responsable de enviar una orden de impresión al
responsable de la imprenta donde se detallará la cantidad a ser impresa
y la entrega al solicitante.
1.6. Actividades:
6.1 Recibir y Evaluar la Solicitud de Etiquetas
6.1.1 La persona responsable recibirá la solicitud y evaluará en la
misma las documentaciones requeridas (Informe de inspecciones de campo,
de muestreo y de resultado de análisis).
6.1.2 Si la solicitud de etiquetas es rechazada, ir a 6.2. y si es
aprobada ir al 6.3.
6.2 Notificar al solicitante de la decisión.
6.2.1 La persona responsable notificará al solicitante que su solicitud
no fue aprobada y deberá registrarse.
6.2.2 El solicitante podrá hacer las correcciones indicadas por la ACS o
EACS, para lo cual, deberá resometer una nueva solicitud incluyendo las
correcciones. Si no lo hace, la solicitud es rechazada.
6.3 Imprimir y Proveer Etiquetas al Solicitante.
6.3.1 La persona responsable deberá ordenar la impresión de las
etiquetas, comunicando la cantidad a ser impresa en base a los
documentos evaluados (recibo de pago, inspecciones, solicitud de
muestreos, e informes técnicos).
6.3.2 El encargado de la impresión entregará las etiquetas al interesado
guardando un comprobante de entrega de etiquetas.
1.7. Registros:
7.1 Solicitud de etiquetas.
7.2 Informes técnicos, muestreo, análisis de semilla y pago de tasas.
7.3 Informe sobre solicitudes rechazadas y aprobadas.
7.4 Informe de evaluación.
7.5 Comprobante de impresion y entrega de etiquetas.
1.8. Flujograma:
8.1 Flujograma del Procedimiento para Obtención de Etiqueta.

PROCEDIMIENTO PARA TOMA
DE MUESTRA Y ANÁLISIS DE LABORATORIO
1. Propósito:
1.1 El propósito de este procedimiento es definir la secuencia de
eventos, acciones, interfaces y responsabilidades involucradas para la
toma de muestra y análisis de laboratorio de un lote de semilla.
2. Alcance:
2.1 El alcance de este procedimiento abarca desde la toma de muestra de
semilla beneficiada, envasada y rotulada, hasta la emisión del
certificado final.
3. Referencias:
3.1 Solicitud de Muestreo.
3.2 Protocolos de Muestreo.
3.3 Normas ISTA.
3.4 Resoluciones MERCOSUR/GMC/RES Nº 60/97, 16/98, 69/98 y 72/99).
3.5 Normas de Certificación Generales y Especificas.
4. Definiciones:
4.1 ACS: Agencia de Certificación de Semillas.
4.2 EACS: Empresa/Entidad Acreditada para la Certificación de Semillas.
4.3 ISTA: Asociación Internacional de Análisis de Semillas.
4.4 Muestreador Acreditado/Habilitado: es la persona física o jurídica,
de derecho publico o privado, debidamente acreditada/habilitada para la
prestación de servicio de muestreo de lotes de semillas (Definición
armonizada en MERCOSUR /GMC/RES Nº 72/99).
4.5 Laboratorio de Semillas: el laboratorio de análisis de semillas
acreditado/habilitado para proceder a la extracción, recepción y
análisis de las muestras de semillas de producción propia, de prestación
de servicios a terceros y para fines fiscales y expedir los respectivos
Boletines de Análisis de Semillas -BAS- / Certificados de Análisis de
Semillas -CAS- (Definición armonizada MERCOSUR/GMC/RES Nº 69/98).
5. Responsabilidades:
5.1 ACS o EACS: Dueño del proceso.
5.2 Muestreador Acreditado/Habilitado: Toma de muestras y emisión de la
documentación de extracción de muestras.
5.3 Laboratorio de semillas: Análisis de semillas, elaboración y
distribución de informes de laboratorio y emisión del Boletín de
Análisis de Lotes de Semillas - BAS.
5.4 ACS o EACS: Emisión de Certificados Finales
6. Actividades:
6.1 Obtener muestras del lote de semillas.
6.1.1 La ACS o la EACS recibirá la solicitud de muestreo y designará el
Muestreador Acreditado/Habilitado para la toma de muestra.
6.1.2 El Muestreador Acreditado/Habilitado deberá realizar la toma de
muestra, de acuerdo a los protocolos de muestreo de semilla certificada,
y deberá remitir dichas muestras incluyendo los informes de muestreo al
Laboratorio de Semillas. Una copia del informe de muestreo será remitida
a la ACS o EACS.
6.2 Realizar las pruebas de laboratorio.
6.2.1 El Laboratorio de Semillas realizará los análisis respectivos
emitiendo una ficha de análisis e ingresando los datos de las muestras
en una Base de Datos y manteniendo una contramuestra. Los análisis
solicitados serán realizados de acuerdo a los protocolos ISTA según las
reglas para cada especie.
6.3 Generar y Distribuir Informes de Análisis
6.3.1 El Laboratorio de Semillas confeccionará y remitirá los Boletines
de Análisis de Lotes de Semillas -BAS- a la ACS o a la EACS.
6.4 Emitir Certificado final
6.4.1 Si el lote de semilla cumple los estándares indicados en las
Normas Generales y Específicas Nacionales y/o Internacionales de
Certificación de Semillas, la ACS emitirá los Certificados finales a la
empresa de semillas, para que el lote pueda ser comercializado.
6.4.2 En caso de EACS, la misma podrá emitir los respectivos
Certificados finales.
6.4.3 Si la muestra analizada no cumpliera con los estándares mínimos
para cada especie y categoría de acuerdo a las Normas Generales y
Específicas de Certificación de Semillas, la empresa de semillas podrá
solicitar un segundo muestreo y análisis.
7. Registros:
7.1 Informe de Muestreo.
7.2 Boletines de Análisis de lotes de semillas – BAS.
7.3 Base de Datos del Laboratorio de Semillas.
7.4 Ficha de Análisis.
7.5 Certificado final.
7.6 Muestras.
8. Flujograma:
8.1 Flujograma del Procedimiento para Toma de Muestra y Análisis de
Laboratorio.

PIONEER HI-BRED INTERNATIONAL, INC.
PROGRAMA DE SEMILLA COMERCIAL – PAINE
CHILE
PROCEDIMIENTO DE APELACIÓONPARA
CONTROL DE DOCUMENTOS Y DATOS
Revision # 1Documento Final
PARA
AGENCIA DE CERTIFICACIONDORA DE SEMILLAS (ACS)
PAI-ADM-CDD
Fecha de Autorización
30 de Abril de 1999
Fecha de Vigencia
5 de Mayo de 1999
Creado por Solicitado por
CHARLY CARTERFernando Ruiz
Aprobado porRevisado por
Enio José Durante
Nota: No seran permitidos cambios al texto de los
procedimientos excepto en las Instrucciones de Trabajo e identificacion
de responsabilidades sin la autorizacion expresa de la Comision de
Semillas de MERCOSUR con la participacion de las Agencias de
Certificacion de Semillas de Bolivia y Chile.
N Los cambios están subrayados en el texto.
Hay varios cambios sin marcar en el texto.
NOTA: No se aceptan cambios al texto, excepto para la identificación de
responsabilidades y autoridades, y para la identificación de
registros/formatos, sin la aprobación expresa del Director de
Operaciones para Sudamérica y América Central, Johnston, Iowa.
El indicador alfa/numérico se entiende como sigue:
10
|
Numérico para reflejar el estado del documento base |
B |
Alfabético para reflejar los cambios locales |
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1.
1. Propósito
1. El propósito de este procedimiento es definir los eventos, acciones,
interfaces y responsabilidades involucrados para apelar una decision de
la ACS. que están involucrados con la creación, identificación,
aprobación, distribución y mantención de documentos y datos
controlados., requeridos para el manejo efectivo del negocio.
1. PropositoP
Propósito:
1.1 El propositopropósito de este procedimiento es definir los eventos,
acciones, interfasesinterfasesinterfascees y responsabilidades
involucrados para apelar una decisiondecisión de la ACS.
2. LímitesAlcance:
1.12.1 A partir de la recepcionrecepción de la
apelacionapelación hasta
el informe de la decisiondecisión final.Desde la
identificacion de documentos y datos a ser controlados hasta la
implementacion del control de los mismos. Se aplicara a los documentos y
datos de los procesos de certificacion, acreditacion y procesos de apoyo
de estos. la necesidad identificada de documentos y datos controlados
hasta la implementación de documentos y datos controlados nuevos o
modificados.
3. Referencias:
3.1 . Leyes, Decretos, Normas y EstandaresEstándares.
3.1 Solicitud de apelación.
3.1 Informes anteriores.
3.1 Dictamen.
4. Definiciones:
4.1 ACS: Agencia de CertificacionCertificación de Semillas.Plantilla de
Creacion de Documentos
2.Referencias
2.Diseño y Desarrollo de Documentación (Procedimientos e Instrucciones
de Trabajo) (DIS-DCTO).
2.1.Definiciones
1.1ACS: Agencia de Certificacion de Semillas.Documento: Procedimientos,
Instrucciones de Trabajo, Rreferencias, especificaciones o material
regulatorio del Sistema de Administración, proporcionados a través de
una copia.
1.14.2 Dato: Referencias, especificaciones o material regulatorio del
Sistema de Administración, proporcionados a través de un medio
electrónicoinformacion cuantificada que se agrega a un documento.
1.14.3 Controlado: Documentos (o datos) identificados formalmente y que
están registrados, sujetos a actualización y cuyo acceso está regulado.
Los ejemplos incluyen, pero no están limitados a, Plan(es) de Calidad,
Procedimientos, Instrucciones de Trabajo y referencias regulatorias,
utilizados en el Sistema de Administración.
1.14.4 Procedimiento: Documentos que describen, usados mundialmente
entre localidades, derivados del proceso administrativo, identificando
“quién hace qué”, “cuándo”, “dónde” y "por qué”.
1.14.5 Instrucción de Trabajo: Documento local que identifica la forma
en que se efectúa un trabajo o una tarea específica.
1.14.6 Documento interno: Documento generado dentro de los límites del
Sistema Administrativo definido.
4.7 Documento externo: Documento generado fuera de los límites del
Sistema Administrativo; por ejemplo, un documento regulatorio o una
especificación de investigación de Pioneer que está referidoa en un
Procedimiento o Instrucción de Trabajo en la Planta de Producción
localReferencia regulatoria: Especificaciones y guías documentadas y
relacionadas para productos o procesos suministrados por el gobierno y/u
otras organizaciones.
1.14.8 Listado Maestro: Listado que contiene información relativa a
documentos y datos utilizados en el Sistema Administrativo. El Listado
Maestroy que incluye información como títulos de documentos, estados de
revisiones y códigos de documentos. El Listado es el único método
oficial para identificar documentos y datos utilizados en el Sistema de
Administración, y debe ser mantenido en forma actualizada. (opcional???)
1.1Plantillas: Formatos computarizados para desarrollar el Manual de
Calidad, Procedimientos Operativos y Administrativos e Instrucciones de
Trabajo.
1.1Cuerpo de Aprobación: Cuerpo oficial para una localidad o localidades
múltiples, que es responsable de la autorización total de los
documentos. que respaldan los objetivos del negocio; por ejemplo, Manual
de Calidad, Plan(es) de Calidad, Procedimientos Administrativos y
Operativos. El Cuerpo de Aprobación es el grupo administrativo que tiene
la responsabilidad de vigilar a la localidad o a las localidades
múltiples.
1.1Controlador de Documentos y Datos: Persona responsable de mantener
los documentos y datos que respaldan al Sistema Administrativo. Esta
responsabilidad irá rotando dentro de la localidad con una frecuencia
determinada. Dicha rotación será determinada por el ACS
5. Responsabilidades/Autoridades:
1.15.1 5.1 La ACSEl Coordinador de Control de Documentos y Datos
es
responsable de recibir la apelacionapelación, establecer la fecha de la
reunionreunión con la entidad apelante y obtener los informes y
documentos previos.
5.2 El ComiteComité TecnicoTécnico es responsable de emitir un informe
preliminar.
5.3 La ACS es responsable de emitir un dictamen que seraserá considerado
definitivo.
5.4 El Departamento Legal es responsable de analizar el dictamen final y
emitir su informe.
6. Actividades:
6.1 RevisionRevisión de DecisionDecisión
por la Entidad
6.1.1 La ACS recibirarecibirá la apelacionapelación, la registraráa ye
enviaraá a un ComiteComité TecnicoTécnico para
analisisanálisis.
6.1.2 La ACS contactaráa a la empresa para determinar la fecha de
reunionreunión con el apelante.
6.2 RevisionRevisión de Antecedentes
6.2.1 El ComiteComité TecnicoTécnico
recibirarecibirá la
apelacionapelación, revisaráa los informes anteriores y evaluaráa los
argumentos de la apelacionapelación.
6.2.2 El ComiteComité TecnicoTécnico
emitiraemitirá un informe
preliminar sobre la apelacionapelación dando una
recomendacionrecomendación desfavorable o no.
6.2.3 La ACS en base al informe preliminar podrapodrá tomar una
decisiondecisión favorable al apelante en cuyo caso termina el proceso
de apelacionapelación, se notifica al apelante y se archiva la
apelacionnapelación.
6.3 ReunionReunión con la entidad apelante
6.3.1 6.3.1 El apelante presentará a su caso incluyendo nuevas razones
directa o indirectamente relacionadas con su apelacionapelación.
:
5.1.15.1.2 asegurará que el control de documentos y datos se logre de
acuerdo a este procedimiento.
1.1El Representante de la Administración:ACS
5.1.1asegurará la aprobación de documentos/datos generados y controlados
localmente.
5.1.1presentará los procedimientos al Cuerpo de Aprobación para su
autorización.
5.1.1asegurará que el Plan de Calidad, los Procedimientos
Administrativos y Operativos y las Instrucciones de Trabajo están
disponibles en el idioma local. Esto no es necesario para los otros
documentos, especificaciones y referencias.
5.31.1 El miembro del Equipo de Administración Local:
5.3.11.1.1 evaluará y aprobará la documentación generada localmente.
1.1El Cuerpo de Aprobación:
5.1.1autorizará los procedimientosEvaluará y aprobará la documentación
generada.
5.1.1investigará la validez de la documentación externa, (por ejemplo:
Plan de Calidad), en caso de surgir consultas relacionadas con su uso.
2.Actividades
General:
6.1.11.1.1 Todos los Procedimientos e Instrucciones de Trabajo serán
creados de acuerdo a la referencia “Diseño y Desarrollo de Documentación
(Procedimientos e Instrucciones de Trabajo)” (Ref. 3.1)
6.1.21.1.1 Todos los formatos identificados en los Procedimientos pueden
ser creados visualmente diferentes de los ejemplos anexados al
procedimiento, pero al menos deben contener la misma información. (El
Representante de la Administración debe aprobar la incorporación de más
información a los formatos para apoyar las necesidades del negocio.)
1.1Revision de Decision por la EntidadIdentificar Documentos y Datoss
ación
5.1.11.1.16.1.1 LCualquier funcionario de la ACS recibira la apelacion,
la registrara e enviara a un Comite Tecnico para analisis. o usuario del
sistema persona qque identifiq
1.1.1 La ACS contactara a la empresa para determinar la fecha de reunion
con el apelante.ue la necesidad de un nuevo documento controlado,
informará a laal ACS, o designadoRepresentante de la Administración, al
Coordinador de Documentos o al Dueño del Proceso del área,la el cual
considerará si debe proceder o no con dicha solicitud.
1.1Revision de AntecedentesCrear Documentos o Dato
1.1.1 El Comite Tecnico recibira la apelacion, revisara los informes
anteriores y evaluara los argumentos de la apelacion.Si no existe el
Documento o Dato requerido, lael
1.1.1 El Comite Tecnico emitira un informe preliminar sobre la apelacion
dando una recomendacion desfavorable o no.
La ACS en base al informe preliminar podra tomar una decision favorable
al apelante en cuyo caso termina el proceso de apelacion, se notifica al
apelante y se archiva la apelacion.
1.1 Reunion con la entidad apelante
1.1.1 El apelante presentara su caso incluyendo nuevas razones directa o
indirectamente relacionadas con su apelacion.
6.4 Toma de decisiondecisión
1.1.1 6.4.1 Luego de la reunionreunión, la ACS tomara una
decisiondecisión dentro de los plazos legales de cada
paispaís,
emitiendo un Dictamen Ffinal.
Equipo de Administración Local ACS o designado se asegurará que se cree
el Documento o Dato. Los Procedimientos e Instrucciones de Trabajo serán
preparados de acuerdo al formato de la plantilla aprobada por la ACSesta
plantilla. El autor creará el documento o enmienda de acuerdo al punto
6.1.1
1.16.3
6.4.2 Una decisiondecisión favorable a la apelacionapelación
podrapodrá
contener condicionamientos a la empresa de realizar correcciones en caso
de que estas fueran posibles. La ACS notificara al apelante.
6.4.3 Una decisiondecisión desfavorable encaminaráa el proceso de la
apelacionapelación a la revisionrevisión por parte del Departamento
Legal.
6.4 6.5 RevisionRevisión por Departamento Legal.
6.4.1 El Departamento Legal revisara la apelacionapelación, el informe
preliminar del ComiteComité TecnicoTécnico, la
decisiondecisión de la
ACS y la confirmara o no por medio de un informe.
6.4.2 La decisiondecisión definitiva de la ACS seraserá comunicada por
escrito al apelante mediante una NotificacionNotificación.
6.5 Notificar al apelante.
6.5.1 La ACS notificará al apelante mediante carta la decisión de que su
apelación no fueei aprobada.
6.5.2 La ACS notificará al apelante mediante carta la decisión de que su
apelación fueei aprobada.
7 Registros:
7.1 Registro de Solicitud de ApelacionApelación.
7.2 Informe Preliminar.
7.3 Informes del Departamento Legal.
7.4 Registro de NotificacionNotificación al apelante.
7.5 DictamenDecisión final.
8 Flujograma:
8.1 Flujoagrama del Procedimiento de ApelacionApelaciónRevisar
Documentos
5.1.1 o Datos existentes 6.3.1 Si el Documento o Dato requerido existe,,
por ejemplo referencias regulatorias, lael Equipo de Administración
Local ACS o designado lo revisará para asegurarse que:
6.4.1.16.3.1.1 6.3.1.1 Lla documentación esté vigenteaún es válida y
cumple con las necesidades del negocio.sistema.
6.3.1.2las interfaces (traspaso de información y vínculos) son dirigidas
adecuadamente.
6.4.1.32Elel documento esté registrado en el Listado Maestro de
Documentos. y Datos Controlados.; por ejemplo, la incorporación de
documentos existentes en uso (también se conoce como “apadrinamiento”,
ya que el documento actual puede ser modificado para adecuarse al
trabajo a realizar).(opcional??)
6.3.2. Si se determina que el documento o dato es inadecuado, lael
Equipo de Administración Local:ACS modificará los documentos internos de
acuerdo a la actividad 6.5. Se contactará, en el caso de documentos
externos, con el organismo emisor para su revisión y acción Los
documentos nuevos seran revisados por la ACS antes de su aprobacion. o
designado:
6.4.1.3 modificará los documentos internos de acuerdo a la Solicitud de
Cambiosubprocedimiento de cambio de documentos y datos. (Actividad
6.10).
6.4.1.3 se contactará, en el caso de documentos externos, con el
organismo emisor para su revisión y acción adicional.
1.16.4 Aprobarción del Documentos o Dato:
6.4.1 LaEl Equipo de Administración Local ACS revisará y aprobará el
nuevo documento o dato para verificar su adecuación y precisión.
6.4.1 6.5 Solicitar Cambio de Documentos:
6.5.1 Cualquier funcionario de la ACS o usuario del sistema puede
solicitar un cambio a los documentos por medio del formato Solicitud de
Cambio de Documento.
6.5.2 La ACS evaluará la solicitud de cambio asi como sus consecuencias
y lo
autorizará o no.
5.1.16.5.3 El documento modificado será controlado de acuerdo a la
Actividad 6.6.
5.1.16.4.2 La documentación creada para uso local será autorizada por el
Representante de la Administración.ACS.
5.1.16.4.3 Las referencias y datos regulatorios serán autorizados para
su uso por el Representante de la AdministraciónACS.
5.1.16.4.4 Si el dato controlado es mantenido electrónicamente, el
Representante de la Administración controlará su acceso para la
aprobación de datos nuevos.
5.1.16.4.5 Todos los procedimientos propuestos (o cambios a los
procedimientos) serán enviados al Cuerpo de Aprobación para su
autorización.
1.16.6 Controlar de Documentos y Datos:
5.1.16.6.1 La ACSEl Coordinador de Documentos y Datos asegurará
asegurará que:
6.4.1.36.6.1.1 el Listado Maestro de Documentos y Datos Controlados
(Anexo 8.2) sea mantenido en papel o electrónicamente. (la versión
oficial debe ser identificada).6.6.1.2 los documentos y datos
controlados estén disponibles para y que aquellos identificados en el
Listado Maestro, estén mantenidos en el lugar designado, y que los
documentos obsoletos sean removidos de los puntos de emisión y uso.
6.4.1.36.6.1.36.6.1.3 cualquier nivel adicional de control será
autorizado por el desarrollo de una Instrucción de Trabajo local. Un
ejemplo de control adicional es el uso de un timbre “Documento
Controlado”Los documentos controlados lleven el sello "documento
controlado"
6.4.1.36.6.1.4 eEn los casos en que los elementos del Sistema de Calidad
sean mantenidos electrónicamente (en red) por la localidad, los
documentosatos obsoletos serán identificados como tal y removidos de los
puntos de emisión y uso, para prevenir su uso inadecuado.
Los documentos confidenciales seran identificados como tales con un
sello y manejados solo por personal autorizado que seran identificados
en las Instrucciones de Trabajo.
6.65.2 6.6 Documentos y Datos obsoletos: La ACS descartará o determinará
que se archiven los
Documentos obsoletos. Se les estampará la palabra “Obsoleto” en la
cubierta de presentación o en el disquette, y se archivarán en el
archivo de
1.1 documentos obsoletos.
5.1.1 6.El Equipo de Administración Local ACS o designado puede
descartará o determinará que se archiven los
Documentos y Datos obsoletos (en caso que no sea requerido como Registro
de Revisión de Contrato). Se les estampará la palabra “Obsoleto” en la
cubierta de presentación o en el disquette, y se archivarán en el
archivo de
documentos y datos obsoletos.
1.1 6.65.3 6.7 Fotocopiado:
5.1.1 6.657.3.1 Se permite hacer fotocopias de documentos controlados e
imprimir datos controlados sólo para propósitos de capacitación interna
y de revisiones, a menos que el Representante de la Administración ACS o
designado autorice otro uso. Al ser copiados, los documentos y datos
deben ser estampados o identificados para indicar que no son
controlados. En ningun caso se permitira copias de documentos
confidenciales.
Por ejemplo: “VÁLIDO SÓLO EN EL DÍA DE EMISIÓN”, “VÁLIDO HASTA ...”,
“VÁLIDO POR ...”, “SÓLO PARA CAPACITACIÓN”, u otra indicación similar.
5.1.16.7.2 No se requiere estampar formatos en blanco que son utilizados
para propósitos de trabajo.
1.16.8 Cambios escritos a mano a Documentos:
5.1.16.8.1 Los cambios escritos a mano al contexto de los documentos son
permitidos solamente cuando no es práctico o posible cambiarlos; por
ejemplo, errores tipográficos. En estos casos, el Supervisor Local (o
miembro del Equipo de Administración Local) puede cambiar el documento,
pero él tiene que poner sus iniciales y la fecha al cambio escrito y
avisar inmediatamente al Representante de la AdministraciónACS.
5.1.16.8.2 Se debe evaluar las implicaciones del cambio para decidir si
se necesita contactarse urgente con los otros usuarios del documento.
5.1.16.8.3 Los documentos cambiados deben ser remitidos al Representante
de la Administración ACS o designado para su cambio formal, dentro de
cinco diez días hábiles.
1.1 69Solicitud de Cambio:
5.1.1Cualquier miembro del personal puede solicitar un cambio a los
documentos o datos por medio del formato Solicitud de Cambio de
Documento o Dato. (Anexo 8.3)
5.1.1El Miembro del Equipo de Administración LocalACS o designado :
6.9.2.1 identificará y Eevaluará la solicitud de cambios asi como sus
consecuencias y lo autorizará o no del cambio propuesto en los
requerimientos y documentos actuales del proceso.
6.4.1.36.9.2.2 discutirá el impacto de cualquier cambio con los otros
Dueños del Proceso interconectados y determinará si se requiere
capacitación.
6.4.1.36.9.2.3 aceptará, modificará o rechazará el cambio solicitado
para la documentación generada localmente, y en el caso de la
documentación multi-local, la remitirá al Cuerpo de Aprobación para su
consideración; por ejemplo, procedimientos. El autor de la solicitud
será informado del resultado y de la respuesta a dicha solicitud.
6.4.1.36.9.2.4 organizará la implementación del cambio aprobado.
6.4.1.36.9.2.5 determinará una fecha de vigencia para implementar los
documentos y datos revisados.
5.1.1El documento/dato modificado será controlado de acuerdo a la
Actividad 66.65.5.
1.16.107 Distribuirción del Documentos:
5.1.16.7.1 La ACS El Coordinador de Documentos y Datos:
6.4.1.36.7.1.1 determinará acordará con el Dueño del Proceso una fecha
de vigenciaimplementación del documento.
6.4.1.36.7.1.2 distribuirá el documento nuevo o cambiado.
1.16.8 Informare al personal afectado:
5.1.16.8.1 La ACSLos poseedor(es) de los documentos se asegurarán que:
6.4.1.36.8.1.1 el personal afectadotanto ellos como su personal
entiendaen el contenido del nuevo documento o cualquier cambio a
documentos existentes que les afecten.
6.4.1.36.8.1.2 se realicen la capacitación necesaria para cumplir con
los requerimientos nuevos o modificados.
1.16.9 Asegurar el acceso a la Documentación de Referencia:
5.1.16.9.1 La ACSLos poseedores de los documentos se asegurarán que la
documentación de referencia esté fácilmente disponible.
Registros
1.18.37.1 Registro de Solicitud de Apelacion
8.3 Informe Preliminar
8.3 Informes del Departamento Legal
8.3 Registro de Notificacion
8.3 Dictamen
7.1 y Datos (opcional??) (REG-046)
8 Solicitud de Cambio de Documentos y Datos
(REG-06FlujogramaDiagrama de
Flujo y Anexos
1.18.3 Flujograma del Procedimiento de Apelacion.
1.18.2 Listado Maestro de Control de Documentos y Dato. s.(opcional??).
1.1
1.18.3 Solicitud de Cambio de Documento y Dato.
8.1 Procedimiento de Control de Documentos y Datos.

PROCEDIMIENTO PARA
CONTROL DE REGISTROS
1. Propósito:
1.1 El propósito de este procedimiento es definir los eventos, acciones,
interfases y responsabilidades, involucrados en la identificación,
recopilación, indexación, archivo, acceso, almacenaje, mantención y
descarte de los Registros.
2. Alcance:
2.1 El alcance de este procedimiento cubre todos los registros generados
por los procesos de acreditación, certificación, y sus procesos de
apoyo, desde su identificación hasta su control.
3. Referencias:
3.1 Procedimientos Administrativos y Operativos, e Instrucciones de
Trabajo .
3.2 Reglamentaciones de la Administración Pública.
3.3 Lista Maestra de Registros.
4. Definiciones:
4.1 Registro: Documento (electrónico o impreso), producto o muestra de
ensayo, que confirma que un proceso (o parte de un proceso) se ha
llevado a cabo.
5. Responsabilidades:
5.1 La ACS será responsable de identificar, indexar, recopilar,
archivar, almacenar, descartar y revisar los Registros, que se mantengan
de acuerdo a este procedimiento.
6. Actividades:
6.1 Identificar los Registros:
6.1.1 La ACS, identificará los Registros a ser controlados según se
requiera en los Procedimientos Administrativos y Operativos, e
Instrucciones de Trabajo, y en las reglamentaciones de la Administración
( si se aplica), y los incluirá en la Lista Maestra de Registros.
6.2 Controlar los Registros:
6.2.1 La ACS recopilará, archivará, almacenará y mantendrá los
Registros.
6.2.2 La ACS recopilará y mantendrá los registros legibles, inalterables
y en forma segura.
6.2.3 La ACS controlará el acceso a los registros.
6.3 Descartar los Registros:
6.3.1 La ACS evaluará periódicamente la Lista Maestra de Registros y
determinará el descarte de los registros obsoletos o innecesarios.
6.4 Revisar los Registros:
6.4.1 La ACS revisará los Registros con el propósito de actualizar los
mismos y si los registros mantenidos son adecuados.
7. Registros:
7.1 Lista Maestra de Registros
8. Flujograma y Anexo:
8.1 Anexo A: Lista Maestra de Registros
8.2 Flujograma del Procedimiento de Control de Registros
ANEXO A: LISTADO MAESTRO DE REGISTROS
Titulo del Registro |
Formulario
o
Codigo # |
Fecha
de
Descarte |
Descarte
Autorizado
por |
Descarte
Hecho
por |
Periodo
de
Retencion |
Metodo
de
Descarte |
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PROCEDIMIENTO PARA
CAPACITACIÓN
1. Propósito
1.1 El propósito de este procedimiento es definir los eventos, acciones,
interfaces y responsabilidades destinados a la capacitación.
2. Alcances
2.1 El alcance de este procedimiento va desde la identificación de las
necesidades de capacitación hasta la capacitación y su documentación.
3. Referencias
3.1 Materiales de capacitación.
4. Definiciones
4.1 ACS: La Agencia de Certificación de Semillas.
5. Responsabilidades
5.1 La ACS será responsable de identificar las necesidades de
capacitación.
5.2 La ACS será responsable de preparar y emitir los Certificados de
Capacitación.
5.3 La ACS designará el equipo de capacitación.
5.4 El equipo de capacitación es responsable de preparar el presupuesto,
la planeación y la ejecución del programa de capacitación así como su
evaluación.
6. Actividades
6.1 Identificar las necesidades de capacitación:
6.1.1 La ACS completará una evaluación básica de su personal
determinando las necesidades internas de capacitación con una frecuencia
indicada en las Instrucciones de Trabajo.
6.1.2 La ACS prestará un servicio de capacitación de acuerdo a las
necesidades requeridas por la industria de semillas con una frecuencia
indicada en las Instrucciones de Trabajo
6.2 Realizar la Capacitación:
6.2.1 La ACS asegurará que cada empleado asignado a una tarea que afecte
los procesos de acreditación y/o certificación esté capacitado. La
capacitación puede consistir en el desarrollo de una actividad,
entrenamiento calificado, experiencia o una combinación de las tres.
6.2.2 La ACS designará al equipo de capacitación, que preparará el
presupuesto, programa, ejecución y evaluación de la capacitación para
comprobar su efectividad.
6.2.3 La ACS mantendrá la Matriz de Capacitación Interna, los Registros
de Capacitación Externa y otorgará los certificados de capacitación.
7. Registros
7.1 Matriz de Capacitación Interna.
7.2 Registro de Capacitación Externa.
7.3 Matriz de capacitaciones requeridas
7.4 Certificado de capacitación
8. Flujograma
8.1 Flujograma del Procedimiento para Capacitación.

PROCEDIMIENTO PARA
AUDITORÍA INTERNA
1. Propósito:
1.1 El propósito de este procedimiento es definir la secuencia de
eventos, acciones, interfaces y responsabilidades para la implementación
de las Auditorías Internas.
2. Alcance:
2.1 Este procedimiento se aplica a Auditorías Internas y sus Acciones
Correctivas desde el establecimiento de los requerimientos de auditoria
hasta la elaboración y archivo del informe final.
3. Referencias:
3.1 Lista de Auditores Internos Aprobados.
3.2 Lista de Verificación de Auditoria Interna.
3.3 Documentos del Auditado.
4. Definiciones:
4.1 Auditoría Interna: Actividad independiente para verificar, mediante
el examen y evaluación de evidencia objetiva, si los procesos y
elementos aplicables del Sistema Administrativo, se han desarrollados,
documentados, implementados y mantenidos efectivamente.
4.2 Equipo de Auditoria Interna: Persona/Personas independiente (s) y
capacitada (s), que desarrolla (n) la auditoría interna.
4.3 No conformidad: Cualquier situación fuera de estándares.
4.4 Auditado: Sector, actividad, o persona que está siendo evaluado
mediante la evidencia objetiva de los procesos.
4.5 Acción Correctiva: Acción implementada para eliminar las causas de
una no conformidad, o de cualquier otra situación existente no deseada,
de manera de prevenir su recurrencia.
4.6 Seguimiento de Acción Correctiva: Evidencia efectiva que la Acción
Correctiva ha sido implementada y se mantiene.
4.7 SAC: Solicitud de Acción Correctiva.
5. Responsabilidades:
5.1 La ACS deberá:
5.1.1 Asegurar que las auditorías internas sean programadas,
planificadas, dirigidas y registradas de acuerdo a este procedimiento.
5.1.2 Designar equipo de auditoria interna (desde la Lista de Auditores
Internos Aprobados)
5.1.3 Ser responsable de dar acceso a los auditores a toda la
documentación necesaria, lugar de trabajo y personal involucrado en la
auditoría.
5.1.4 Asegurar que la documentación de las acciones correctivas,
resultante de no conformidades identificadas durante las auditorías
internas, se archive con sus respectivos registros de las auditorías.
5.1.5 Asegurar que los informes de auditoría y cualquier acción
correctiva, sean revisados.
5.1.6 Asegurar que se lleve a cabo la acción de seguimiento asociada a
acciones correctivas y medición de efectividad.
5.2 El equipo de auditoría interna deberá:
5.2.1 Dirigir la auditoría interna.
5.2.2 Cambiar el Programa de Auditoría por razones de fuerza mayor.
5.2.3 Emitir el informe de auditoría y de seguimiento.
5.2.4 Notificar a los auditados con anticipación la fecha de auditoría.
6. Actividades:
6.1 Establecer un Programa de Auditoría Interna:
6.1.1 La ACS establecerá un Programa de Auditoría Interna para cada
elemento del Sistema. Las auditorías internas se realizarán para
asegurar que una evaluación completa del Sistema sea llevada a cabo por
lo menos una vez al año.
6.2 Designar el equipo de Auditoria Interna
6.2.1 La ACS deberá designar el equipo de auditoría interna al menos 5
días hábiles antes del inicio de la auditoría.
6.3 Preparar Auditoria Interna.
6.3.1 El equipo de Auditoría Interna deberá preparar la lista de
verificación y la agenda de auditoría interna.
6.4 Informar al auditado.
6.4.1 El equipo de auditoría interna deberá informar al auditado sobre
la auditoría con un mínimo de cinco días hábiles de anticipación.
6.5 Conducir auditoría interna
6.5.1 El equipo de auditoría interna conducirá la reunión inicial,
presentando a los miembros del equipo al auditado.
6.5.2 El equipo de auditoría interna aplicará la lista de verificación
tomando nota de las evidencias.
6.5.3 El equipo de auditoría interna conducirá la reunión de cierre.
6.6 Emitir la SAC
6.6.1 El equipo de auditoría interna emitirá las SAC que correspondan a
cada no conformidad detectada durante la auditoría, las entregará al
auditado en la reunión de cierre en la que se acordará la fecha de
implementación de las acciones correctivas.
6.7 Elaborar informe final de auditoría interna
6.7.1 El equipo de auditoría interna elaborará el informe final de
auditoría conteniendo: área /actividad auditada, participante, objetivo
y alcance de la auditoría, documentos realizados, resumen de actividades
desarrolladas, no conformidades que se hubieran detectado.
6.7.2 El equipo de auditoría interna emitirá un informe final de
auditoría al auditado en el plazo acordado en la reunión de cierre y
copia a la ACS.
6.8 Dar seguimiento de acción correctiva
6.8.1 El equipo de auditoría interna verificará la implementación y
eficacia de acciones correctivas en las fechas acordadas mediante
verificaciones de documentación o in situ.
6.8.2 El equipo de auditoría interna cerrará las SAC si se verifica el
cumplimiento en plazo y remitirá un informe de seguimiento a la ACS.
6.9 Archivar y distribuir el informe
La ACS archivará y distribuirá el informe final de la auditoría interna.
7. Registros:
7.1 Programa de Auditoria Interna
7.2 Informe Final de Auditoría Interna.
7.3 Registro de SAC e Informes de Seguimiento.
7.4 Lista de verificación completada.
7.5 Resumen de reunión de apertura.
7.6 Resumen de reunión de cierre.
7.7 Agenda de auditoría interna.
7.8 Notificacion al auditado.
8. Flujograma:
8.1 Flujograma del Procedimiento para Auditoría Interna.

PIONEER HI-BRED INTERNATIONAL, INC.
PROGRAMA DE SEMILLA COMERCIAL – PAINE
CHILE
PROCEDIMIENTO PARA
CONTROL DE DOCUMENTOS Y DATOS
PAI-ADM-CDD
Fecha de Autorización
30 de Abril de 1999
Fecha de Vigencia
5 de Mayo de 1999
Solicitado por
CHARLY CARTERFernando Ruiz
Creado por
CHRISTIAN DIAZ DORENISO Office
Revisado por
Enio José Durante
Aprobado por
Fernando Ruiz
Representante de la Administración Local
ACS: AGENCIA CERTIFICADORA
DE SEMILLAS
Alejandro Garrido
N Los cambios están subrayados en el
texto.
Hay varios cambios sin marcar en el texto.
NOTA: No se aceptan cambios al texto, excepto para la identificación de
responsabilidades y autoridades, y para la identificación de
registros/formatos, sin la aprobación expresa del Director de
Operaciones para Sudamérica y América Central, Johnston, Iowa.
El indicador alfa/numérico se entiende como sigue:
10
|
Numérico para reflejar
el estado del documento base |
B |
Alfabético para reflejar
los cambios locales |
Documento Final
PARA
AGENCIA DE CERTIFICACION DE SEMILLAS (ACS)
Nota: No seran permitidos cambios al texto
de los procedimientos excepto en las Instrucciones de Trabajo e
identificacion de responsabilidades sin la autorizacion expresa de la
Comision de Semillas de MERCOSUR con la participacion de las Agencias de
Certificacion de Semillas de Bolivia y Chile.
1.
1. Propósito:
1.1 El propósito de este procedimiento es definir los eventos, acciones,
interfacses y responsabilidades que están
involucrados
con en la
creación, identificación, aprobación, distribución y mantención de
documentos y datos controlados., requeridos para el manejo efectivo del
negocio.
1.2.
LímitesAlcance:
1.12.1 Desde la identificacioón de documentos y datos a ser controlados
hasta la implementacióon del control de los mismos. Se aplicaráa a los
documentos y datos de los procesos de certificacióon, acreditacioón y
procesos de apoyo dea eéstos. la necesidad identificada de documentos y
datos controlados hasta la implementación de documentos y datos
controlados nuevos o modificados.
1.1
1.3. Referencias:
3.1 Plantilla de Creacióon de Documentos.
3.2 Solicitud de cambio.
3.3 Lista Maestra
1.Referencias
1.Diseño y Desarrollo de Documentación (Procedimientos e Instrucciones
de Trabajo) (DIS-DCTO).
1.4. Definiciones:
4.1 Documento: Procedimientos, Instrucciones de Trabajo, refgerencias,
especificaciones o material regulatorio del Sistema de Administración.
2.
1.1 Documento: Referencias, especificaciones o material regulatorio del
Sistema de Administración, proporcionados a través de una copia.
1.14.2 Dato:
Referencias, especificaciones o material regulatorio del
Sistema de Administración, proporcionados a través de un medio
electrónicoIinformacioón cuantificada que se agrega a un documento.
1.14.3 Controlado: Documentos
(o datos) identificados formalmente y que
están registrados, sujetos a actualización y cuyo acceso está regulado.
Los ejemplos incluyen, pero no están limitados a, Plan(es) de Calidad,
Procedimientos, Instrucciones de Trabajo y referencias regulatorias,
utilizados en el Sistema de Administración.
1.14.4 Procedimiento: Documentos que describen, usados mundialmente
entre localidades, derivados del proceso administrativo, identificando
“quién hace qué”, “cuándo”, “dónde” y "por qué”.
1.14.5 Instrucción de Trabajo: Documento
local que identifica la forma
en que se efectúa un trabajo o una tarea específica.
1.14.6 Documento interno: Documento generado dentro de los límites del
Sistema Administrativo definido.
4.7 Documento externo: Documento generado fuera de los límites del
Sistema Administrativo; por ejemplo, un documento regulatorio
o una
especificación de investigación de Pioneer que está referidoa en un
Procedimiento o Instrucción de Trabajo en la Planta de Producción
localReferencia regulatoria: Especificaciones y guías documentadas y
relacionadas para productos o procesos suministrados por el gobierno y/u
otras organizaciones.
1.14.8 Listado Maestrao: Listado que contiene información relativa a
documentos y datos utilizados en el Sistema Administrativo. El Listado
Maestroy que incluye información como títulos de documentos, estados de
revisiones y códigos de documentos. El Listado es el único método
oficial para identificar documentos y datos utilizados en el Sistema de
Administración, y debe ser mantenido en forma actualizada. (opcional???)
1.1Plantillas: Formatos computarizados para desarrollar el Manual de
Calidad, Procedimientos Operativos y Administrativos e Instrucciones de
Trabajo.
1.1Cuerpo de Aprobación: Cuerpo oficial para una localidad o localidades
múltiples, que es responsable de la autorización total de los
documentos. que respaldan los objetivos del negocio; por ejemplo, Manual
de Calidad, Plan(es) de Calidad, Procedimientos Administrativos y
Operativos. El Cuerpo de Aprobación es el grupo administrativo que tiene
la responsabilidad de vigilar a la localidad o a las localidades
múltiples.
1.1Controlador de Documentos y Datos: Persona responsable de mantener
los documentos y datos que respaldan al Sistema Administrativo. Esta
responsabilidad irá rotando dentro de la localidad con una frecuencia
determinada. Dicha rotación será determinada por el ACS
1.
1.5. Responsabilidades/Autoridades:
5.1 La ACS asegurará que el control de documentos se logre de acuerdo a
este procedimiento.
Solo la Comision de Semillas de Mercosur con la participacion de las
Agencias de Certificacion de Semillas de Bolivia y Chile tendran la
autoridad para hacer cambios al texto de procedimientos excepto en las
Instrucciones de Trabajo.
1.6. Actividades:
6.1 Identificar Documentos
6.1.1 Cualquier funcionario de la ACS o usuario del sistema que
identifique la necesidad de un nuevo documento controlado, informará a
la ACS, la cual considerará si debe proceder o no con dicha solicitud y
crear o actualizar la Lista Maestra de Documentos Controlados.
6.2 Crear Documentos
6.2.1 Si no existe el Documento requerido, la ACS se asegurará que se
cree el Documento. Los Procedimientos e Instrucciones de Trabajo serán
preparados de acuerdo al formato de la plantilla aprobada por la ACS.
6.3 Revisar Documentos:
6.3.1 Si el Documento requerido existe, la ACS lo revisará para
asegurarse que la documentación esté vigente y cumple con las
necesidades del sistema y que el documento esté registrado en ela Lista
Maestra de Documentos. Si se determina que el documento es inadecuado,
la ACS modificará los documentos internos de acuerdo a la actividad 6.5.
Se contactará, en el caso de documentos externos, con el organismo
emisor para su revisión y acción adicional.
6.3.2 Los documentos nuevos seráan revisados por la ACS antes de su
aprobacióon.
6.4 Aprobar Documentos:
6.4.1 La ACS revisará y aprobará el nuevo documento para verificar su
adecuación y precisión.
6.5 Solicitar Cambio de Documentos
No seran permitidos cambios al texto de los procedimientos excepto en
las Instrucciones de Trabajo e identificacion de responsabilidades sin
la autorizacion expresa de la Comision de Semillas de Mercosur con la
participacion de las Agencias de Certificacion de Semillas de Bolivia y
Chile.
1.1.1 La ACS revisará y aprobará el nuevo documento para verificar su
adecuación y precisión.
1.1 Solicitar Cambio de Documentos:
6.5.1 Cualquier funcionario de la ACS o usuario del sistema puede
solicitar un cambio a los documentos por medio del formato Solicitud de
Cambio de Documento.
6.5.2 La ACS evaluará la solicitud de cambio asíi como sus consecuencias
y lo autorizará o no.
6.5.3 El documento modificado será controlado de acuerdo a la Actividad 6.6.
6.6 Controlar Documentos:
6.6.1 La ACS asegurará que:
6.6.1.1 La Lista Maestra de Documentos Controlados sea mantenidao en
papel o electrónicamente.
6.6.1.2 Los documentos controlados estén disponibles y que aquellos
identificados en el la Lista Maestra, estén mantenidos en el lugar
designado, y que los documentos obsoletos sean removidos de los puntos
de emisión y uso.
6.6.1.3 Los documentos controlados lleven el sello "documento
controlado".
6.6.1.4 En los casos en que los elementos del Sistema sean mantenidos
electrónicamente (en red), los documentos obsoletos serán identificados
como tal y removidos de los puntos de emisión y uso, para prevenir su
uso inadecuado.
6.6.1.5 Los documentos confidenciales seraán identificados como tales
con un sello y manejados sóolo por personal autorizado que seran
á
iidentificados
en las Instrucciones de Trabajo.
6.6.2 Documentos Obsoletos:
6.6.2.1 La ACS descartará o determinará que se archiven los Documentos
obsoletos. Se les estampará la palabra “Obsoleto” en la cubierta de
presentación o en el disquette, y se archivarán en el archivo de
documentos obsoletos.
6.6.3 Fotocopiado:
6.6.3.1 Se permite hacer fotocopias de documentos controlados e imprimir
datos controlados sólo para propósitos de capacitación interna y de
revisiones. Al ser copiados, los documentos y datos deben ser estampados
o identificados para indicar que no son controlados. En ningun caso se
permitiráa copias de documentos confidenciales.
6.7 Distribuir Documentos:
La ACS :
6.7.1 Determinará una fecha de vigencia del documento.
6.7.2 Distribuirá el documento nuevo o cambiado.
6.8 Informar al Personal Afectado:
La ACS se asegurará que:
6.8.1 El personal afectado entienda el contenido del nuevo documento o
cualquier cambio a documentos existentes.
6.8.2 Se realice la capacitación necesaria para cumplir con los
requerimientos nuevos o modificados.
6.9 Asegurar el acceso a la Documentación de Referencia:
6.9.1 La ACS asegurará que la documentación de referencia esté
fácilmente disponible.
1.Registro:
7.
7.1 Lista Maestra de Documentos Controlados.
7.2 Notificacion a afectados.
1.8. Flujograma y Anexos:
8.1 Flujograma del Procedimiento para Control dDe Documentos.
8.2 Anexo A: Lista Maestra de Control de Documentos.
8.3 Anexo B: Solicitud de Cambio de Documento.


ANEXO A
LISTA MAESTRA DE DOCUMENTOS CONTROLADOS
Documento |
Tíitulo |
Nuúmero
o
CodigoCódigo |
Revision
Revisión* |
Nombre de
la Persona
o Localización |
Comentarios |
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|
|
* Si el documento no tiene
revisionrevisión, utilizar fecha (vu otro
identificador).
ANEXO B
SOLICITUD DE CAMBIO DE DOCUMENTO
Cambio Solicitado por:
|
Fecha de Solicitud: |
Titulo del Documento:
|
Cambio Solicitado:
|
Razon para el Cambio:
|
Recomendación (secleccioneseleccione
uno) |
|
Negar (razonrazón):
|
|
Aceptar con Cambios (explique):
|
|
Aceptar
|
Si Aceptado:
|
Fecha Sugerida: |
Para Entrar en Vigencia: |
CapacitacionCapacitación
Requerida: |
Recibido por Coordinador de Control de Documento: |
Fecha: |
Autorización:
|
Fecha: |
El Coordinador de Control de Documentos y Datos:
5.1.1asegurará que el control de documentos y datos se logre de acuerdo
a este procedimiento.
1.1El Representante de la Administración:ACS
5.1.1asegurará la aprobación de documentos/datos generados y controlados
localmente.
5.1.1presentará los procedimientos al Cuerpo de Aprobación para su
autorización.
5.1.1asegurará que el Plan de Calidad, los Procedimientos
Administrativos y Operativos y las Instrucciones de Trabajo están
disponibles en el idioma local. Esto no es necesario para los otros
documentos, especificaciones y referencias.
5.30.0 El miembro del Equipo de Administración Local:
5.3.10.0.0 evaluará y aprobará la documentación generada localmente.
1.1El Cuerpo de Aprobación:
5.1.1autorizará los procedimientosEvaluará y aprobará la documentación
generada.
5.1.1investigará la validez de la documentación externa, (por ejemplo:
Plan de Calidad), en caso de surgir consultas relacionadas con su uso.
2.Actividades
General:
6.1.10.0.0 Todos los Procedimientos e Instrucciones de Trabajo serán
creados de acuerdo a la referencia “Diseño y Desarrollo de Documentación
(Procedimientos e Instrucciones de Trabajo)” (Ref. 3.1)
6.1.20.0.0 Todos los formatos identificados en los Procedimientos pueden
ser creados visualmente diferentes de los ejemplos anexados al
procedimiento, pero al menos deben contener la misma información. (El
Representante de la Administración debe aprobar la incorporación de más
información a los formatos para apoyar las necesidades del negocio.)
1.1Identificar Documentos y Datos ación
5.1.1Cualquier funcionario de la ACS o usuario del sistema persona qque
identifique la necesidad de un nuevo documento controlado, informará al
ACS o designadoRepresentante de la Administración, al Coordinador de
Documentos o al Dueño del Proceso del área, el cual considerará si debe
proceder o no con dicha solicitud.
1.1Crear Documento o Dato
1.1Si no existe el Documento o Dato requerido, el Equipo de
Administración Local ACS o designado se asegurará que se cree el
Documento o Dato. Los Procedimientos e Instrucciones de Trabajo serán
preparados de acuerdo al formato de la plantilla aprobada por la ACSesta
plantilla. El autor creará el documento o enmienda de acuerdo al punto
6.1.1Revisar Documentos o Datos: existentes
5.1.1Si el Documento o Dato requerido existe, por ejemplo referencias
regulatorias, lael Equipo de Administración Local ACS o designado lo
revisará para asegurarse que:
6.4.1.16.3.1.1 6.3.1.1 Lla documentación esté vigenteaún es válida y
cumple con las necesidades del negocio.sistema.
6.3.1.2las interfaces (traspaso de información y vínculos) son dirigidas
adecuadamente.
6.4.1.32Elel documento esté registrado en el Listado Maestro de
Documentos y Datos Controlados.; por ejemplo, la incorporación de
documentos existentes en uso (también se conoce como “apadrinamiento”,
ya que el documento actual puede ser modificado para adecuarse al
trabajo a realizar).(opcional??)
6.4.1.3Si se determina que el documento o dato es inadecuado, lael
Equipo de Administración Local:ACS o designado: modificará los
documentos internos de acuerdo a la Solicitud de Cambiosubprocedimiento
de cambio de documentos y datos. (Actividad 6.10).
6.4.1.3 se contactará, en el caso de documentos externos, con el
organismo emisor para su revisión y acción adicional.
1.1Aprobación del Documento o Dato:
5.1.1LaEl Equipo de Administración Local ACS revisará y aprobará el
nuevo documento o dato para verificar su adecuación y precisión.cc
5.1.16.4.2 La documentación creada para uso local será autorizada por el
Representante de la Administración.ACS.
5.1.16.4.3 Las referencias y datos regulatorios serán autorizados para
su uso por el Representante de la AdministraciónACS.
5.1.16.4.4 Si el dato controlado es mantenido electrónicamente, el
Representante de la Administración controlará su acceso para la
aprobación de datos nuevos.
5.1.16.4.5 Todos los procedimientos propuestos (o cambios a los
procedimientos) serán enviados al Cuerpo de Aprobación para su
autorización.
1.1Control de Documentos y Datos:
5.1.1La ACSEl Coordinador de Documentos y Datos asegurará asegurará que:
6.6.1.1 el Listado Maestro de Documentos y Datos Controlados (Anexo 8.2)
sea mantenido en papel o electrónicamente.
5.5.0.0 los documentos controlados estén disponibles y que aquellos
identificados en el Listado Maestro, estén mantenidos en el lugar
designado, y que los documentos obsoletos sean removidos de los puntos
de emisión y uso.
5.5.0.0 Los documentos controlados lleven el sello "documento
controlado".
5.5.0.0 En los casos en que los elementos del Sistema sean mantenidos
electrónicamente (en red), los documentos obsoletos serán identificados
como tal y removidos de los puntos de emisión y uso, para prevenir su
uso inadecuado.
Los documentos confidenciales seran identificados como tales con un
sello y manejados solo por personal autorizado que seran identificados
en las Instrucciones de Trabajo.
5.5.0 Documentos Obsoletos:
La ACS descartará o determinará que se archiven los Documentos
obsoletos. Se les estampará la palabra “Obsoleto” en la cubierta de
presentación o en el disquette, y se archivarán en el archivo de
documentos obsoletos.
5.5.0 Fotocopiado:
5.5.0.0 Se permite hacer fotocopias de documentos controlados e imprimir
datos controlados sólo para propósitos de capacitación interna y de
revisiones. Al ser copiados, los documentos y datos deben ser estampados
o identificados para indicar que no son controlados. En ningun caso se
permitira copias de documentos confidenciales.
Distribuir Documentos:
5.5.0 La ACS :
5.5.0.0 determinará una fecha de vigencia del documento.
5.5.0.0 distribuirá el documento nuevo o cambiado.
5.5 Informar al personal afectado:
5.5.0 La ACS se asegurará que:
el personal afectado entienda el contenido del nuevo documento o
cualquier cambio a documentos existentes.
se realice la capacitación necesaria para cumplir con los requerimientos
nuevos o modificados.
5.5 Asegurar el acceso a la Documentación de Referencia:
5.5.0 La ACS asegurará que la documentación de referencia esté
fácilmente disponible. (la versión oficial debe ser identificada).
6.4.1.36.6.1.2 los documentos y datos controlados estén disponibles para
y que aquellos identificados en el Listado Maestro, estén mantenidos en
el lugar designado, y que los documentos obsoletos sean removidos de los
puntos de emisión y uso.
6.4.1.35.5.0.26.6.1.3 cualquier nivel adicional de control será
autorizado por el desarrollo de una Instrucción de Trabajo local. Un
ejemplo de control adicional es el uso de un timbre “Documento
Controlado”Los documentos controlados lleven el sello "documento
controlado"
6.4.1.36.6.1.4 eEn los casos en que los elementos del Sistema de Calidad
sean mantenidos electrónicamente (en red) por la localidad, los
documentosatos obsoletos serán identificados como tal y removidos de los
puntos de emisión y uso, para prevenir su uso inadecuado.
Los documentos confidenciales seran identificados como tales con un
sello y manejados solo por personal autorizado que seran identificados
en las Instrucciones de Trabajo.
6.65.2 6.6 Documentos y Datos obsoletos: La ACS descartará o determinará
que se archiven los
Documentos obsoletos. Se les estampará la palabra “Obsoleto” en la
cubierta de presentación o en el disquette, y se archivarán en el
archivo de
1.1 documentos obsoletos.
5.1.1 6.El Equipo de Administración Local ACS o designado puede
descartará o determinará que se archiven los
Documentos y Datos obsoletos (en caso que no sea requerido como Registro
de Revisión de Contrato). Se les estampará la palabra “Obsoleto” en la
cubierta de presentación o en el disquette, y se archivarán en el
archivo de
documentos y datos obsoletos.
1.1 6.65.3 6.7 Fotocopiado:
5.1.1 6.657.3.1 Se permite hacer fotocopias de documentos controlados e
imprimir datos controlados sólo para propósitos de capacitación interna
y de revisiones, a menos que el Representante de la Administración ACS o
designado autorice otro uso. Al ser copiados, los documentos y datos
deben ser estampados o identificados para indicar que no son
controlados. En ningun caso se permitira copias de documentos
confidenciales.
Por ejemplo: “VÁLIDO SÓLO EN EL DÍA DE EMISIÓN”, “VÁLIDO HASTA ...”,
“VÁLIDO POR ...”, “SÓLO PARA CAPACITACIÓN”, u otra indicación similar.
5.1.16.7.2 No se requiere estampar formatos en blanco que son utilizados
para propósitos de trabajo.
1.16.8 Cambios escritos a mano a Documentos:
5.1.16.8.1 Los cambios escritos a mano al contexto de los documentos son
permitidos solamente cuando no es práctico o posible cambiarlos; por
ejemplo, errores tipográficos. En estos casos, el Supervisor Local (o
miembro del Equipo de Administración Local) puede cambiar el documento,
pero él tiene que poner sus iniciales y la fecha al cambio escrito y
avisar inmediatamente al Representante de la AdministraciónACS.
5.1.16.8.2 Se debe evaluar las implicaciones del cambio para decidir si
se necesita contactarse urgente con los otros usuarios del documento.
5.1.16.8.3 Los documentos cambiados deben ser remitidos al Representante
de la Administración ACS o designado para su cambio formal, dentro de
cinco diez días hábiles.
1.1 69Solicitud de Cambio:
5.1.1Cualquier miembro del personal puede solicitar un cambio a los
documentos o datos por medio del formato Solicitud de Cambio de
Documento o Dato. (Anexo 8.3)
5.1.1El Miembro del Equipo de Administración LocalACS o designado :
6.9.2.1 identificará y Eevaluará la solicitud de cambios asi como sus
consecuencias y lo autorizará o no del cambio propuesto en los
requerimientos y documentos actuales del proceso.
6.4.1.36.9.2.2 discutirá el impacto de cualquier cambio con los otros
Dueños del Proceso interconectados y determinará si se requiere
capacitación.
6.4.1.36.9.2.3 aceptará, modificará o rechazará el cambio solicitado
para la documentación generada localmente, y en el caso de la
documentación multi-local, la remitirá al Cuerpo de Aprobación para su
consideración; por ejemplo, procedimientos. El autor de la solicitud
será informado del resultado y de la respuesta a dicha solicitud.
6.4.1.36.9.2.4 organizará la implementación del cambio aprobado.
6.4.1.36.9.2.5 determinará una fecha de vigencia para implementar los
documentos y datos revisados.
5.1.1El documento/dato modificado será controlado de acuerdo a la
Actividad 66.65.5.
1.16.107 Distribuirción del Documentos:
5.1.16.7.1 La ACS El Coordinador de Documentos y Datos:
6.4.1.36.7.1.1 determinará acordará con el Dueño del Proceso una fecha
de vigenciaimplementación del documento.
6.4.1.36.7.1.2 distribuirá el documento nuevo o cambiado.
1.16.8 Informare al personal afectado:
5.1.16.8.1 La ACSLos poseedor(es) de los documentos se asegurarán que:
6.4.1.36.8.1.1 el personal afectadotanto ellos como su personal
entiendaen el contenido del nuevo documento o cualquier cambio a
documentos existentes que les afecten.
6.4.1.36.8.1.2 se realicen la capacitación necesaria para cumplir con
los requerimientos nuevos o modificados.
1.16.9 Asegurar el acceso a la Documentación de Referencia:
5.1.16.9.1 La ACSLos poseedores de los documentos se asegurarán que la
documentación de referencia esté fácilmente disponible.
2.Registros
1.16.0Listado Maestro de Documentos y Datos Controlados
(opcional??) (REG-046)
2.Solicitud de Cambio de Documentos y Datos (REG-06Diagrama de Flujo y
Anexos
1.17.0 Flujo.
1.1Listado Maestro de Control de Documentos y Dato. s.(opcional??).
1.18.3
1.18.3Solicitud de Cambio de Documento y Dato.
8.1 Procedimiento de Control de Documentos y Datos.

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