Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES Nº 66/92: Aprobación de la "Guía para inspecciones a los establecimientos de la Industria Farmacéutica".
VISTO:
El Artículo 13 del Tratado de Asunción, el Artículo 10 de la Decisión Nº 4/91 del
Consejo del Mercado Común y la Recomendación acordada por el Subgrupo de Trabajo Nº 3 y
CONSIDERANDO: Que por la Resolución GMC Nº 4/92, se aprobaron las reglas sobre
"Prácticas adecuadas para la fabricación y la inspección de la calidad de los
medicamentos", asimilando a nivel regional lo previsto en la Resolución 28.65 (Mayo
1975) de la Organización Mundial de la Salud,
Que es necesario establecer criterios uniformes para la inspección de los
establecimientos productores de medicamentos de los Estados Partes,
Que los Estados Partes tienen el propósito de desarrollar oportunamente diversas
actividades para el entrenamiento conjunto de los inspectores que tendrán a su cargo la
aplicación de dicha guía para inspecciones,
Que la concreción de una guía para inspecciones a los establecimientos de la Industria
Farmacéutica" que satisface los objetivos pretendidos por las autoridades sanitarias
de los países miembros, seráá una herramienta idónea para el ejercicio de las
funciones de fiscalización sanitaria que a las mismas compete;
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la "Guía para Inspecciones de
establecimientos de la Industria Farmacéutica" que se adjunta como Anexo I.
Artículo 2º.- Los organismos competentes de los Estados Partes
adoptarán las medidas pertinentes a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto
precedentemente.
Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia el 1º de
enero de 1995.
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