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Comercio y las Normas Internacionales del Trabajo: Carta Social Andina
 

Carta Social Andina

El Parlamento Andino, Órgano Principal, Político, Deliberante, Común y
Representativo de los pueblos de los países miembros del Acuerdo de
Cartagena, ante el preocupante aumento de los niveles de pobreza, miseria e inestabilidad social en la Subregión y ante la urgencia de una propuesta social como parte de un sólo esfuerzo integral de solidaridad, tomando como antecedente y base el documento aprobado en la Cumbre Social Andina, reunida en la ciudad de Caracas, Venezuela, en el mes de abril de 1994;

En su Décimo Periódo Ordinario de Sesiones
conviene en aprobar la siguiente Carta Social

I. Democracia y Derechos Humanos

1. Reafirmar el compromiso del Parlamento Andino con el sistema democrático de gobierno, con su fortalecimiento y perfeccionamiento, en procura de hacerlo más representativo, participativo y eficiente, estimulando en los pueblos andinos una cultura de la democracia y la solidaridad.

2. Velar por la universalización y plena aplicación de los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales, del progreso científico y tecnológico, al desarrollo y a la integración, considerados en forma indivisible e interdependiente.

II. Integración social y erradicación de la pobreza

3. Promover el respeto a los derechos fundamentales de los ciudadanos de cualquier Estado en el territorio de cualquiera de los países miembros, considerando que esta actitud constituye un importante avance en la Integración Social Andina.

4. Fortalecer a las organizaciones locales y comunitarias como mecanismos de incorporación social al desarrollo y la integración.

5. Contribuir a crear una conciencia comunitaria andina mediante la difusión de la importancia y la necesidad de la integración.

6. Incorporar a los medios masivos de comunicación social en la difusión de los procesos de integración y de sus valores culturales y sociales.

7. Recomendar a los gobiernos de la subregión que destinen y reorienten partidas importantes del gasto público al combate de la pobreza crítica, para asegurar el derecho a la alimentación, la salud, la vivienda, la educación, al trabajo y la seguridad social.

8. Desarrollar programas y diseñar políticas sociales y económicas con participaciones de la población, orientadas a lograr una mejor redistribución de la riqueza, a erradicar la pobreza en la subregión y a una asignación equitativa de los beneficios del desarrollo.

9. Consolidar la integración económica para estimular la inversión extranjera en la subregión.

III. Defensa de los derechos de la mujer

10. Exhortar a los gobiernos de la subregión al cumplimiento de los compromisos que se derivan de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

11. Respaldar la propuesta de que no menos del 20% de los recursos de cooperación internacional se orienten a programas sociales.

12. Reiterar la petición a los congresos nacionales de la subregión para que sancionen leyes que erradiquen cualquier forma de violencia contra la mujer.

13. Instar a los gobiernos de la subregión a que apoyen a los organismos responsables de las políticas públicas de promoción y participación de la mujer.

14. Recomendar a los gobiernos de la subregión la promoción de programas encaminados a reducir las altas tasas de mortalidad materna que se registran en la Subregión Andina.

IV. Infancia y familia

15. Exhortar a los gobiernos y congresos nacionales de la subregión a diseñar y sancionar los instrumentos necesarios para el cumplimiento de los compromisos que derivan de la Convención sobre los Derechos del Niño y de la Cumbre Mundial a favor de la infancia.

16. Recomendar a los gobiernos y congresos nacionales de la subregión que se impulse la adopción de instrumentos orientados a consolidarar, fortalecer y mantener los vínculos de unidad de la familia, a fin de que ésta, como base de la estructura social. Sea y continúe siendo el mejor ambiente para el desarrollo integral del niño y del ciudadano.

17. Exhortar a los gobiernos de la subregión a que se estudien y ejecuten programas tendientes a incorporar a las personas de la tercera edad en la actividad social, de acuerdo con sus capacidades y experiencia, así como establecer acciones de protección y bienestar a favor de la vejez, especialmente de la más abandonada.

18. Recomendar a los gobiernos y congresos nacionales de la Subregión que se diseñen y sancionen los instrumentos necesarios para eliminar las causas de marginalidad infantil.

19. Establecer mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las metas establecidas en el Compromiso Nariño.

20. Contribuir a la armonización de normas comunes orientadas al desarrollo familiar para la elaboración de un Código de Familia subregional.

V. Poblaciones indígena

21. Garantizar el respecto a los derechos fundamentales de las etnias y pueblos indígenas en el territorio de los países de la subregión.

22. Reconocer que una proporción importante de la población de la subregión tiene carácter multiétnico, multilingüe y multicultural, condiciones de las cuales se desprenden valores sociales, educativos y humanos específicos que deben ser preservados y fortalecidos.

23. Entender que las poblaciones indígenas tienen necesidad de integrarse, sin perder su identidad en las sociedades nacionales de la Subregión, para contribuir al fortalecimiento de la conciencia comunitaria.

24. Fortalecer los organismos oficiales de atención a la comunidades y pueblos indígenas, destinando a ellos los recursos necesarios. Instar a los gobiernos de la subregión a que contribuyan a la consolidación del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe, con sede en el área.

25. Fomentar la participación de los indígenas en la formulación de las políticas y programas de desarrollo sustentable que los afecten.

26. Ratificar el contenido del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para garantizar el reconocimiento y protección de los derechos de los pueblos indígenas.

27. Acoger y aprobar el Proyecto de "Declaración Universal de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas" de las Naciones Unidas.

28. Exhortar a los países de la subregión, así como a los órganos del Acuerdo de Cartagena, a participar activamente en el Decenio Mundial de los Pueblos Indígenas, realizando y respaldando la ejecución de programas de apoyo a los indígenas.

VI. Salud y nutrición

29. Impulsar el funcionamiento del Convenio "Hipólito Unanue", sobre cooperación en salud, de los países del área andina.

30. Exhortar a los gobiernos de la subregión a continuar desarrollando políticas de seguridad agroalimentaria, de asistencia agroalimentaria, de medicinas y atención médica directas en los sectores de escasos recursos y, particularmente, para los menores en edad escolar.

31. Fortalecer la inversión en materia de salud. Propiciar la descentralización administrativa y financiera del sector salud, reforzando y consolidadando los sistemas locales.

32. Promover la armonización legislativa en materia de salud y seguridad social.

33. Instar a las instituciones del sector salud, públicas y privadas, a que desarrollen acciones sostenidas de prevención de enfermedades y promoción de la salud, mediante la vacunación y examen periódico de los sectores de alto riesgo, con énfasis en los niños y mujeres.

34. Estimular el desarrollo de programas de educación, difusión en materia de salud y nutrición. Promover la participación de la población en los programas de salud.

35. Promover en los congresos nacionales de la subregión el perfeccionamiento institucional de las comisiones legislativas del área social y de salud.

VII. Medio ambiente y vivienda

36. Instar a los gobiernos de la subregión a diseñar y aplicar Políticas uniformes y equilibradas de protección y preservación del medio ambiente.

37. Desarrollar en todos los sectores de la población programas de educación y concientización sobre la preservación y defensa del medio ambiente.

38. Exhortar a los gobiernos de la subregión aa desarrollar programas destinados a cubrir el déficit habitacional.

39. Promover la elaboración y sanción de instrumentos legales para facilitar el acceso a la vivienda.

40. Propiciar la adopción de una legislación comunitaria para la Subregión en materia de seguridad y preservación del medio ambiente.

VIII. Educación, ciencia, cultura y deportes

41. Solicitar a los gobiernos de la subregión que refuercen los programas de alfabetización, educación extra-escolar, educación rural, así como los programas orientados a la universalización preescolar y básica.

42. Estimular los programas nacionales de mejoramiento de la formación académica en todos sus niveles, formando recursos humanos acordes con las exigencias actuales de los procesos de desarrollo en la subregión.

43. Fomentar entre gobiernos e instituciones de la sociedad civil de la subregión, así como de otras regiones, el intercambio en materia educativa, cultural, científica y tecnológica, fortaleciendo e impulsando las actividades que promueve el Convenio Andrés Bello.

44. Promover la asignación de recursos suficientes para la dotación de la infraestructura educativa en los países de la subregión.

45. Fortalecer el rol de las Universidades Nacionales y de la Universidad Andina Simón Bolívar en los procesos y tareas del desarrollo económico-social y de la integración subregional.

46. Promover la progresiva liberación de los aranceles de aduana para material educativo, cultural y deportivo.

47. Defender y proteger la diversidad y el patrimonio cultural de los pueblos andinos.

48. Instar a los gobiernos de la subregión a diseñar y ejecutar políticas en materia de recreación y tiempo libre.

49. Propiciar el desarrollo de políticas orientadas al intercambio juvenil andino en aspectos educativos, científicos, culturales y deportivos.

IX. Economía solidaria

50. Recordar a los gobiernos de la subregión que el hombre no debe estar al servicio de la economía, sino que es la economía la que debe estar al servicio del hombre.

51. Promover políticas de apoyo económico, crediticio e informativo a la pequeña y mediana empresa, así como a las microempresas, para que tengan acceso al mercado andino.

52. Estimular el desarrollo de la economía campesina agroalimentaria e indígena.

53. Insistir en 12, necesidad de que los países del mundo, particularmente los más industrial izados, brinden términos de intercambio equitativos a los productos y servicios originarios de la subregión andina. y no apliquen requisitos técnicos, sanitarios u otros con la finalidad de impedir el acceso de nuestros productos a los mercados de, aquellos países.

54. Se debe tener en cuenta que ni un Estado interventor ni un Estado observador pueden impulsar el desarrollo económico y social. Sólo un Estado promotor podrá captar, normar y garantizar inversiones que posibiliten generar empleos productivos.

55. Fomentar el financiamiento y el crédito destinado a los micro, pequeños y medianos productores.

56. Instar a los gobiernos de la subregión a promover la capacitación para la producción generadora de empleos, que motive las iniciativas individuales y colectivas para la creación de fuentes de trabajo, más allá de la tradicional oferta de trabajo del Estado y la empresa privada.

57. Exhortar a los organismos competentes de los países de la subregión a que fomenten el respeto a los derechos de los consumidores y eviten el incremento especulativo de los precios.

X. Trabajo y seguridad social

58. Reconocer como derechos del trabajador andino, entre otros, los siguientes:

  1. A un empleo con remuneración adecuada, que le permita proveerse a él y su familia de los medios indispensables para su desarrollo como personas.

  2. A dedicarse libremente a la actividad u oficio de su preferencia en el marco de la legislación vigente.

  3. A su formación y capacitación profesional.

  4. Al libre tránsito por el territorio de los países de la Subregión, de conformidad a la legislación vigente.

  5. A constituir organizaciones sindicales, sin necesidad de autorización previa, y a afiliarse a éstas sin más requisito que el compromiso de cumplir sus estatutos y la legislación vigente.

  6. A prestar sus servicios en condiciones óptimas de higiene y seguridad ocupacional y a establecer comisiones paritarias para promover el cumplimiento de dichas normas.

  7. A igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres.

  8. A protección de la materni0ad y la familia. La mujer trabajadora deberá gozar de adecuado amparo y de licencia remunerada durante los períodos pre y post natal.

  9. A una justa protección en los procesos de privatización de empresas públicas en los países de la subregión.

  10. A ser informado y amparado acerca de los cambios en las condiciones de trabajo que son consecuencia de la reconversión industrial y de la incorporación de nuevas tecnologías.

  11. A la seguridad social. Se promoverá el diseño y la implantación de un Sistema de Seguridad Social Andina.

  12. Al trabajo, al estudio y al desarrollo profesional del joven estudiante.

  13. Al trabajo, de acuerdo a sus capacidades, para el minusválido.

XI. Aplicación de la Carta Social Andina

59. El Parlamento Andino, como órgano deliberante común del proceso de integración subregional, y en su condición de evaluador de la aplicación de los postula- dos de la Carta Social Andina, ejercerá control a través de la Mesa Directiva y de las Comisiones principales correspondientes.

60. La Carta Social Andina será presentada a la Cumbre Social Mundial a realizarse en Copenhague, Dinamarca, en marzo de 1995, como aporte de la subregión a la búsqueda de soluciones a la problemática social actual.

61. El Parlamento Andino insta a los gobiernos y congresos de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, así como a las organizaciones comunitarias, a dar publicidad a la Carta Social Andina, a hacerla suya y a dar cumplimiento a las partes que correspondan al ámbito de su competencia.

Es dada en la ciudad de La Paz, en la Sala de Reuniones del Décimo Período Ordinario de Sesiones del Parlamento Andino, a los treinta días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro años.

(Fdo.) Víctor Hugo Cárdenas Conde, PRESIDENTE; Luis Añez Alvarez, SECRETARIO GENERAL PRO TEMPORE.

 

Fuente: Organización Internacional del Trabajo Enlace a sitio fuera del SICE!