Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES N� 1/94: Tratamiento de los veh�culos de transporte de mercancias peligrosas en los pasos de fronteras
Visto el Art�culo 13 del Tratado de Asunci�n, el Art�culo 10 de la Decisi�n N� 4/91
del Consejo del Mercado Com�n y la Recomendaci�n N� 3/94 del Subgrupo de Trabajo N� 5
"Transporte Terrestre".
CONSIDERANDO:
Que la aglomeraci�n de veh�culos de transporte de mercanc�as peligrosas con veh�culos
para transporte de otro tipo de cargas, en �reas cercanas a las instalaciones de los
Pasos de Frontera representa un peligro potencial.
EL GRUPO MERCADO RESUELVE:
Art�culo 1. Solicitar a las autoridades competentes en frontera de los
Estados Partes que otorguen a los veh�culos de transporte de mercanc�as peligrosas en
los Pasos de Frontera, un tratamiento tal que evite la detenci�n de dichas unidades por
largos per�odos de tiempo, en instalaciones inadecuadas que no permitan separarlas del
resto de los veh�culos.
Art�culo 2. Solicitar a las autoridades aduaneras de los Estados Partes
la participaci�n de agentes aduaneros con formaci�n t�cnica espec�fica, en el
acompañamiento de veh�culos de transporte de mercanc�as peligrosas.
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