Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMÚN
MERCOSUR/XLVII GMC/RES. N° 57/02: MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA COMÚN
DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMÚN
VISTO: El Tratado
de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 7/94 y 22/94
del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 65/01 del Grupo Mercado
Común.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su
correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la
Unión Aduanera.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la
“Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente
Arancel Externo Común”, que figura como
Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los Estados Partes del MERCOSUR deberán incorporar la presente
Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 01/01/03.
XXVI GMC Extraordinário, Rio de Janeiro,
3/XII/02
ANEXO
DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 57/02
SITUACIÓN ACTUAL |
MODIFICACIÓN APROBADA |
NCM |
DESCRIPCIÓN |
AEC % |
NCM |
DESCRIPCIÓN |
AEC % |
3815.11.00 |
- - Con
níquel o
sus compuestos
como sustancia activa |
12 |
3815.11.00 |
- - Con
níquel o
sus compuestos
como sustancia activa |
2 |
7608.20.00 |
- De
aleaciones de
aluminio |
14 |
7608.20
7608.20.10
7608.20.90 |
- De
aleaciones
de aluminio
Sin costura,
extrudados a frío,
de alta resistencia,
conformados en dimensiones
apropiadas para la fabricación
de cardans
Los demás |
2
14 |
|