Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 16/05: APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA AL PROTOCOLO DE USHUAIA SOBRE EL COMPROMISO
DEMOCRATICO EN EL MERCOSUR , LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE
CHILE Y A LA DECLARACIÓN PRESIDENCIAL SOBRE EL COMPROMISO DEMOCRÁTICO EN
EL MERCOSUR
VISTO:El
Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto,
las Decisiones Nº 18/04,
28/04 e 42/04 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la República Bolivariana de Venezuela fue admitida como Estado
Asociado del MERCOSUR en la XXVI Reunión del Consejo del Mercado Común,
realizada en Puerto Iguazú, el 8 de julio de 2004.
Que la Decisión CMC Nº 18/04 establece la necesidad de adhesión al
Protocolo de Ushuaia y a la Declaración Presidencial sobre el Compromiso
Democrático en el MERCOSUR;
Que la democracia y el fortalecimiento del Estado de Derecho son
pilares fundamentales para la estabilidad en América del Sur.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1.- Aprobar la adhesión de la República Bolivariana de Venezuela
al Protocolo de Ushuaia sobre el Compromiso Democrático en el MERCOSUR,
la República de Bolivia y la República de Chile y a la Declaración
Presidencial sobre el Compromiso Democrático en el MERCOSUR.
Art. 2.- La presente Decisión no necesita ser incorporada al
ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de
la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXVIII CMC – Asunción, 19/VI/05
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