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Comunidades Europeas - Medidas que afectan a la carne
y los productos cárnicos (hormonas)

Reclamación del Canadá

Informe del Grupo Especial


Dr. Adlercreutz (CE)

726. Se me ha pedido que hable de la posibilidad de que el organismo humano acumule esteroides anabólicos después de comer carne. He traído conmigo uno de los artículos y el otro no he podido recuperarlo, porque llegué ayer de los Estados Unidos. Pero, esencialmente, tal como son las cosas, nunca podemos estar seguros de que los agricultores utilicen realmente las sustancias que legalmente se les pide que utilicen. En este último artículo, escrito por Demetrios Esgotas y Tom Tuten, del Departamento de Patología y Medicina de Laboratorio de la Escuela de Medicina de la Universidad Emory, Atlanta. No, perdónenme. Era de Debruychere, Sagher y Van Peteghem, y éste procede de los Países Bajos, de Gante, Bélgica. Perdónenme [pasaje poco claro]. Recibí esto ayer. En cualquier caso, aquí se dice ..., yo sé que en ese país son muy cuidadoso con las pruebas que realizan con la carne y que, en 1990-1991, sometieron a prueba 608 puntos de inyección. Y hallaron que más del 60 por ciento contenían, por lo menos, un agente anabólico ilegal. Tengo una dilatada experiencia en el campo del dopaje y soy de la opinión de que es imposible que se apliquen buenas prácticas veterinarias porque una elevada producción reporta grandes beneficios económicos. Por ello, quisiera preguntar a los delegados estadounidenses y también a los canadienses si se ha realizado en los Estados Unidos algún estudio de ese tipo para comprobar hasta qué punto se utilizan esteroides anabólicos ilegales. En realidad, hay dos artículos; uno de ellos aún no he podido conseguirlo, pero se presentó en una reunión a la que asistí y, según él, en personas que no eran deportistas ni participaban en actividades que requirieran la administración de esteroides anabólicos, se halló en un caso nandrolona metabolizada en la orina, que debía proceder de los alimentos porque no había ninguna otra posibilidad. Y, a continuación, hicieron este estudio que tengo aquí y hallaron en el grupo testigo a un sujeto con clostebol, que es un esteroide anabólico, en la orina, pese a que no existía ninguna posibilidad de que la persona hubiera tomado ningún tipo de fármaco. A continuación, agregaron una pequeña cantidad de esa sustancia a la carne y se la dieron a algunas personas y descubrieron que podían detectar la presencia de esos compuestos mediante pruebas de dopaje. Y la experiencia en el campo del dopaje nos permite saber que, por ejemplo, la nandrolona inyectada a los seres humanos puede detectarse de cuatro a seis meses después de su administración. Por lo tanto, en mi opinión, es muy grave que se descubra que las muestras tomadas a deportistas arrojan resultados positivos, si éstos comen carne. Y además, el riesgo es relativamente elevado, porque ahora cualquier laboratorio que realice pruebas de dopaje ha de tener aparatos de alta resolución que quizás permitan detectar, incluso después de transcurridos seis meses, residuos muy pequeños en la carne. Quiero decir que estoy seguro, absolutamente seguro, de que, si se realizan pruebas con la carne y se obtienen resultados negativos, pueden sin embargo hallarse esos compuestos en la orina, debido a que los métodos utilizados con la orina son sumamente sensibles y los métodos aplicados a la carne no lo son tanto porque resulta difícil extraer esos compuestos. Por lo tanto, quisiera preguntar si se toma en consideración la posibilidad de que los agricultores no apliquen las normas y de que la situación sea, en realidad, muy comparable con la existente en la esfera del deporte.

Presidente

727. Muchas gracias. Según nuestras normas, estas cuestiones pueden presentarse a los Miembros del Grupo Especial, y quisiera invitarles a formular observaciones sobre lo que ha dicho el Dr. Adlercreutz, haciendo también referencia al documento distribuido, la evaluación del 32� informe del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios y el debate sobre el informe del Profesor Liehr. �Han podido ustedes leerlos? De lo contrario �pueden formular observaciones sobre la tesis expuesta por el Dr. Adlercreutz?

Dr. McLean

728. Los cerdos y los caballos producen naturalmente 19 nortestosterona y hallamos ese derivado de la testosterona en sus tejidos y su orina. Pueden producir también, utilizando la misma vía enzimática, derivados 19 noresteroides de esteroides anabólicos, permitidos para el tratamiento normal de determinados trastornos en los caballos. Por ello, es muy posible que los atletas humanos hayan comido carne de cerdo o de caballo que sea el origen de la 19 nortestosterona o incluso que hayan comido carne de caballos que hayan sido tratados con 19 noresteroides. Por lo tanto, no me sorprende el tipo de resultados que ha comunicado el Dr. Adlercreutz.

Dr. Arnold

729. Esto parece confirmar lo que he dicho ayer y hoy y lo que dije también en las respuestas que presenté por escrito. En Europa, existe un mercado negro considerable que, en algunos países, es más importante que en otros. Sé muy bien que, concretamente en Bélgica, se descubren con regularidad una larga lista de sustancias ilegales. Las autoridades gastan gran cantidad de tiempo y de dinero en el análisis de muchas muestras. Pero no comprendo qué interés tiene esto en relación con la utilización legal para la estimulación del crecimiento o con fines terapéuticos. Quiero decir que, en ambos lados del océano, contamos con normas estrictas y esto es un ejemplo de que, en un lado del océano, esas normas se infringen.

Dr. Randell (Códex)

730. En la reunión consultiva de los expertos FAO/OMS de 1984 se puso indudablemente de manifiesto que los expertos opinaban en aquellos momentos que el uso ilegal de medicamentos veterinarios representaba un problema potencial de salud pública mucho mayor que la utilización reglamentada para la estimulación del crecimiento. Creo que esa conclusión de 1984 probablemente sigue siendo válida. Desearía señalar dos textos aprobados por la Comisión del Códex Alimentarius y -quisiera agregar- aprobados por consenso: el Código Internacional Recomendado de Prácticas para la Regulación del Uso de Medicamentos Veterinarios y las Directrices del Códex para el Establecimiento de un Programa de Reglamentación del Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos. Ambos textos existen para orientar a los gobiernos en el establecimiento de prácticas de regulación y en el control de los residuos de medicamentos veterinarios. Si se examina a fondo el segundo de estos textos, puede verse que hace referencia a gran cantidad de estadísticas sobre el muestreo y, por desgracia, esas estadísticas suelen demostrar que, a menos que se esté dispuesto a enviar prácticamente todos los alimentos al laboratorio de pruebas y, por lo tanto, a morir de inanición, no se logrará realmente encontrar lo que se desea hallar en concentraciones muy, muy bajas. Por lo tanto, casos esporádicos como el mencionado podrían probablemente existir incluso en el marco de un programa de control adecuadamente reglamentado.

Sr. Christoforou (CE)

731. Antes de ceder de nuevo la palabra al Dr. Adlercreutz, quisiera decir algo que probablemente no haya quedado claro. Lo que estamos intentando demostrar es que no se trata sólo del uso ilegal; como nos dijo ayer el Dr. Lucier, existe una probabilidad incluso en el caso del uso con arreglo a las buenas prácticas veterinarias agropecuarias. Quizá sea un aumento que quede dentro de lo que podemos denominar -aunque sin saber exactamente cuáles son- las concentraciones fisiológicas normales. Si se permite la utilización, como ocurre en los Estados Unidos y el Canadá, es posible, es más posible que se hallen esos aumentos. Y lo que intentaba explicar el Dr. Adlercreutz es que esto no sólo puede tener repercusiones en las cuestiones comerciales sino que puede influir en actividades deportivas legítimas porque de repente puede descubrirse que, simplemente por comer carne, las personas presentan mayores concentraciones de esos residuos, lo cual las descalificará para participar en los deportes sin que hayan hecho nada ilegal. Esto es lo que estaba intentando decir el Dr. Adlercreutz.

Dr. Adlercreutz (CE)

732. En realidad, ésa es una de las cosas que intentaba decir. En el otro documento ... sé muy bien que en algunos animales están presentes metabolitos de 19 noresteroides, por lo que sería posible, natural y teóricamente, que esas personas hubieran comido, no creo que carne de caballo porque esa carne no se come mucho en Europa, pero quizá carne de cerdo. Pero, en realidad, no se ha demostrado que comer ese tipo de carne haga que los seres humanos tengan esos metabolitos en la orina. De hecho, en este documento, no se ha encontrado clostebol en ningún animal y se ha hallado un caso con clostebol en el grupo testigo, por lo que existen muy pocas posibilidades de que tuviera un origen distinto del régimen alimenticio. Pero lo que quisiera señalar también -y señalé asimismo en mi informe- es que sabemos muy poco sobre los efectos de este esteroide en el cerebro. Y tengo experiencia personal acerca del comportamiento de los atletas antes y después de tomar esteroides anabólicos. Sabemos que esos neuroesteroides están presentes en el cerebro en concentraciones muy, muy bajas y que se necesita muy poco para modificar las concentraciones normales. Son activos a niveles realmente muy bajos. Por consiguiente, si se consume diariamente carne que contiene bajas concentraciones de esteroides anabólicos, éstos traspasarán la barrera hematoencefálica y, teóricamente, podrán afectar al cerebro. He tenido ocasión de intervenir en casos policíacos y de depresión grave tras la ingestión de esteroides anabólicos y, por supuesto, las dosis de que se trataba eran elevadas. Pero ahora, conociendo los trabajos del francés Etienne Emile Beaulieu, que demuestran que se necesitan cantidades bajísimas para modificar, por ejemplo, una impresión que un animal tiene de otro animal, pienso que, aunque las concentraciones cambien muy poco, el cambio puede ser significativo. Así pues, es posible que bajas concentraciones de esteroides sintéticos puedan afectar a nuestro cerebro a largo plazo; se sabe muy poco sobre esto, y no he podido encontrar ningún estudio en el que se determine hasta qué punto son elevadas las concentraciones, por ejemplo, de esteroides anabólicos después de la ingestión. No dispongo de ningún material de ese tipo, pero me siento algo reacio debido a estas observaciones fisiológicas realizadas en los últimos años.

Presidente

733. Sr. Christoforou �cuánto tiempo tiene usted intención de continuar? Queremos reservar algún tiempo para las preguntas finales del Grupo Especial, que son importantes para nosotros.

Sr. Christoforou (CE)

734. Señor Presidente, creo que puede tomarme probablemente hasta las seis menos cuarto. Por supuesto, dependerá de las respuestas a las preguntas, pero creo que alrededor de las seis menos cuarto o las seis. Tengo una serie de preguntas y, aunque suprimiré muchas de ellas, realmente me tomará algún tiempo.

Presidente

735. Tengo la impresión de que a esta reunión le vendría bien una pausa. Reanudaremos el debate, si están de acuerdo, dentro de un cuarto de hora. Pero intenten reducirlo a lo esencial. Muchas gracias.

Presidente

736. Quisiera ceder la palabra a la Comunidad Europea para que continúe su intervención.

Sr. Christoforou (CE)

737. Señor Presidente, ayer dejamos el debate cuando estábamos examinando las razones de que el JECFA no haya establecido una ingesta diaria admisible para las tres hormonas naturales. Y, según me pareció comprender, el Dr. Lucier y el Dr. McLean estaban discutiendo, en primer lugar, si esto era factible y, si lo era, por qué no se había hecho en ese caso. Esto figura ya en las actuaciones del Grupo Especial en ese momento, pero quisiera recordarlo y, a continuación, formular la pregunta precisa.

738. En nuestra segunda comunicación escrita al Grupo Especial explicamos ya que la Comunidad Europea aplica límites máximos de residuos y pruebas al respecto; como dije ayer, 59.000 en el suero para las tres hormonas naturales. Éstos son los valores que figuran aquí, en la página 16 de nuestra segunda comunicación escrita. Los Estados Unidos dijeron ya exactamente lo mismo en la carta que enviaron a la Comunidad Europea en 1987, y hemos citado esos valores en la nota de pie de página de la segunda comunicación presentada por escrito al Grupo Especial establecido a instancias de los Estados Unidos.

739. Por ejemplo, los Estados Unidos han establecido concentraciones de 120 ppb para el estradiol, 3 ppmm para la progesterona y 640 ppb para la testosterona. Estas cifras son públicas y se han comunicado a la Comunidad Europea como valores que no deben superarse, tolerancias, umbrales. Pero, a continuación, los Estados Unidos han respondido que, aunque se dispone de métodos de investigación fiables que permiten distinguir esas concentraciones del medio, no es necesaria su reglamentación porque, en las condiciones de uso, los aumentos reales de los esteroides endógenos quedan muy, muy por debajo de las concentraciones permitidas. Por esta razón, no los incluyen en su plan anual de control.

740. Señor Presidente, esta cuestión está relacionada con las explicaciones del Dr. Lucier sobre el hecho de que probablemente las concentraciones fisiológicas ya existentes de las tres hormonas naturales son carcinógenas; en este caso, se trataba de los estrógenos. La Comunidad presentó pruebas -que no se han desmentido, que yo sepa- que demostraban que el aumento del riesgo debido a esos residuos era probablemente del doble y no de dos a cinco veces, como se declara en relación con el estradiol en el informe del JECFA de 1988. Hemos presentado también pruebas acerca del aumento del riesgo para los niños de edad inmediatamente anterior a la pubertad -el cálculo estaba equivocado.

741. Así pues, las dos cuestiones están relacionadas entre sí, y yo formularía una pregunta indirecta al Dr. Lucier. Dado que, según su propia estimación, el riesgo adicional debido a los residuos de esas hormonas naturales podría ser de uno por millón lo cual, por ejemplo, si tomamos la población total de la Comunidad Europea podría dar lugar a unos 300 ó 350 posibles casos de cáncer. Y, por otra parte, dado que hemos dicho -y esto consta también en acta- que los máximos beneficios económicos potenciales obtenidos por los agricultores del uso de esas hormonas oscilan entre un mínimo de 30 dólares y un máximo de 80 -esto es lo que se dice en las publicaciones. �Cómo reevaluaría usted la respuesta de que, desde el punto de vista de la evaluación del riesgo, de la gestión del riesgo, realmente merece la pena, teniendo en cuenta los posibles beneficios del uso de esa hormona y los riesgos ya presentes, como ha dicho usted, con las concentraciones existentes y con nuestras concentraciones que son incluso más elevadas? En su calidad de científico interesado en la cuestión de la evaluación del riesgo y probablemente de la gestión de ese riesgo, �qué diría usted sobre el organismo de reglamentación y cómo tomaría esto en consideración al legislar?

Dr. Lucier

742. La evaluación del riesgo ya es bastante difícil. �Ahora me va a preguntar también por la gestión del riesgo? Realmente, no estoy en situación de evaluar los beneficios frente a los riesgos. Lo que sé es cómo causan el cáncer las hormonas y otros agentes y cómo convertir esa información en una evaluación del riesgo de base científica lo más satisfactoria posible. Realmente no soy ningún experto en la cuantificación de los beneficios desde el punto de vista económico o quizás social, político, lo que sea. No tengo experiencia en esa cuestión y me siento reacio a intentar contestar. Comprendo lo que quiere decir y creo que no es un problema trivial, pero realmente no estoy en situación de dar una respuesta bien informada a su pregunta. Hay mucha variabilidad en las estimaciones de este tipo pero, en general, la estimación del límite superior del riesgo de cáncer de mama -y me he limitado a esa esfera determinada porque creo que es aquella en la que se dispone de datos más sólidos- sería aproximadamente de un caso de cáncer por cerca de 1 millón de personas expuestas debido a haber comido 500 g de carne diarios a lo largo de toda su vida. Me siento relativamente cómodo con esa cifra, reconociendo todos los factores de incertidumbre que implica cualquier tipo de extrapolación de la evaluación del riesgo, y quisiera poderle dar una respuesta sobre la relación de ese riesgo con los posibles beneficios. No sé. Uno por millón no es una cifra muy elevada, por supuesto, es una cifra bajísima pero, para la persona que enferma de cáncer, el riesgo es significativo, por lo que nunca puede subestimarse; pero, aunque quisiera responder a su pregunta sobre los beneficios, realmente no tengo base para hacerlo.

Dr. Ritter

743. No puedo decir nada en relación con los beneficios, pero considero que hay un punto importante que ha de aclararse. En las estimaciones presentadas ayer por el Dr. Lucier ... Me parece que lo que ha hecho usted es tomar el porcentaje de uno por millón a que él se refirió y multiplicarlo por la población de Europa, proyectando a partir de esto un aumento previsto de 350 casos de cáncer. Creo que debe tener en cuenta que uno por millón es el límite superior. La cifra podría ser también cero. El uno por millón representa, a juicio del Dr. Lucier, el mayor riesgo probable, no el riesgo más probable. Pero, en evaluación del riesgo, hablamos del límite superior, lo cual quiere decir que el mayor riesgo que podemos prever a partir de un modelo obtenido matemáticamente se sitúa en algún lugar de ese intervalo. Pero sería incorrecto y sin duda induciría a error -lo cual ocurre muy frecuentemente en la evaluación del riesgo- utilizar una única cifra porque la evaluación del riesgo obtenida matemáticamente, por su propia naturaleza, proporciona una gama de valores y no un solo valor. Creo que esto es lo que estaba intentando explicar el Dr. Lucier: que probablemente el riesgo se sitúa en algún lugar entre cero y uno y que no sería correcto hablar de cero o de uno porque sencillamente la metodología no tiene el grado de certidumbre que permite citar una cifra, sea cual fuere, con esa precisión. Se trata de una gama de valores.

Dr. Arnold

744. Quisiera formular dos observaciones sobre lo que acaba de decir en su reciente contribución. Creo que es importante que el Grupo Especial sepa una cosa. Si se elabora un plan de muestreo estadístico, es muy importante saber cuál será la población objeto del muestreo, cuál será la zona. La delegación estadounidense puede corregirme si me equivoco, pero he pasado muchas horas con sus expertos de la Administración de Productos Alimenticios y Farmacéuticos y sé que, en ese año, en el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos, la base es un plan nacional sobre residuos. El plan abarca todos los Estados Unidos y la cifra no puede compararse directamente con la correspondiente a la Comunidad Europea porque, aunque los planes de la Comunidad tienen que responder a ciertos conceptos, son planes para los distintos Estados miembros. Por ello, el número mínimo necesario para lograr una cierta certidumbre estadística ... Si se toma una cifra de los Estados Unidos y se quiere comparar con las de las CE, habrá que multiplicarla por el número de Estados miembros; las cifras no pueden compararse directamente. Por lo menos en el caso de Alemania, sé que sus cifras están equivocadas, y estaría dispuesto a proporcionarle el documento de las CE que demuestra que su cifra está equivocada. No sé cuál es la explicación, quizá combine usted todas las pruebas sobre residuos, pero no me cabe duda de que, en lo que se refiere a las hormonas, su cifra está equivocada. Tengo conmigo el documento y estoy dispuesto a dárselo o a proporcionarle el número de referencia: las cifras están equivocadas. En cuanto a las CE, no he tenido tiempo de sumar todas las muestras, pero el total parece situarse en el intervalo de 20.000 a 25.000. Y, como dije ayer, la mitad de las muestras se tomaron en un país, con lo que quedan quizá 15.000 ó 12.000 para el resto de los Estados miembros. Y si comparamos eso con las cifras de los Estados Unidos, el programa es equivalente en términos generales. Esa es mi conclusión.

745. Quiero formular una segunda observación: estoy de acuerdo en que, en el informe del CIIC, la producción, la producción diaria se sitúa en una gama de 0,4 a 2. Así figura en ese informe. Pero nadie ha dicho que la cifra utilizada por el JECFA proceda de ese informe. He conseguido hallarla remontándome a un documento presentado en 1983 por los doctores Farber y Arcos, de la Administración de Productos Alimenticios y Farmacéuticos, en la reunión de la OIE. No he podido ir más allá, por lo que no sé con seguridad de dónde proceden los datos pero puedo decir que indudablemente no proceden del informe del CIIC. He intentado explicar cómo pueden darse esas pequeñas diferencias si se tiene un intervalo muy amplio y un grupo decide utilizar la media y el otro la mediana; así se llega a esta discrepancia. Desde mi punto de vista, el orden de magnitud es el mismo y no debemos pasar mucho tiempo intentando decidir quién tiene razón y quién está equivocado. La cifra indudablemente no procede del informe del CIIC.

Sr. Christoforou (CE)

746. Señor Presidente, me temo que tengo que insistir en esto, aunque sé que tomará tiempo que podríamos dedicar a otras preguntas útiles; pero, Dr. Arnold, también nosotros nos remontamos a la fuente en esa cuestión. Como dice usted acertadamente, en el Informe de la Oficina Internacional de Epizootias, en el artículo de Fabre y Arkas, se cita el artículo de Argus Engler(?) de 1974. Y, si consulta usted la nota 39 de pie de página del informe del JECFA, se cita exactamente el mismo artículo. Por consiguiente, tanto el artículo de Fabre y el informe de la OIE como el informe del JECFA se basan en la misma referencia, que es 6 microgramos por 24 horas. Mientras que el informe del CIIC de 1987 se basa en los valores de Brown, que son más recientes y que examinamos ayer -no son 6 microgramos por 24 horas. Hemos hecho esa investigación y puedo enseñarle los documentos, si lo desea. Las conclusiones a que ha llegado usted son erróneas.

Dr. Arnold

747. He dicho que la cifra no procede del CIIC y usted lo ha confirmado. �Cuál es la cifra más exacta?

Sr. Christoforou (CE)

748. Bueno, a nuestro juicio, conviene utilizar las cifras del CIIC, que son más recientes. Esas cifras se examinan también en el texto de Brown, que no las aprueba. Esa es la conclusión a que llegamos. Coinciden con las cifras que conoce también el Dr. Lucier. Pero, si tuviéramos tiempo, señor Presidente, quisiera referirme también a la comparación del número de muestras, porque estamos en claro desacuerdo con el Dr. Arnold en esta cuestión; pero eso me privaría también de un tiempo valioso, y no desearía que esto ocurriera. Declaramos formalmente nuestro desacuerdo, tenemos aquí los protocolos: en la Comunidad Europea, en las pruebas realizadas con el suero, hemos analizado 59.000 muestras sólo en relación con las tres hormonas naturales y, en cuanto al número total de hormonas, la cantidad total se sitúa en torno a las 200.000 muestras.

749. Señor Presidente, quisiera volver a la cuestión del riesgo que fue objeto de debate entre el Dr. Lucier y el Dr. Ritter. La razón de que haya formulado esa pregunta es que el delegado del Canadá preguntó, en una breve declaración hecha al comienzo del debate, si este pequeño riesgo bastaba para justificar la no aplicación de las restricciones al comercio internacional, y , por supuesto, esto se refiere tanto a la evaluación del riesgo como a su gestión y a los efectos de ambas. Probablemente tenemos distintas opiniones sobre la magnitud del riesgo. Pero esos son los valores que estamos comparando aquí. El riesgo es involuntario para los consumidores. Por supuesto, somos conscientes de que puede ser cero por mil, por un millón, pero es un riesgo involuntario para millones de personas. La cuestión como científicos ... Probablemente no desee usted continuar el debate, pero sencillamente quería poner esto en relación con la IDA que el JECFA se negó a establecer en este caso, aunque el Dr. Lucier diría que es factible establecerla; nosotros lo hacemos, los Estados Unidos lo hacen, pero no la aplican, mientras que nosotros la aplicamos, incluso si en la Comunidad el uso de las tres hormonas naturales sólo se autoriza con fines terapéuticos. No se permite usar esas hormonas para estimular el crecimiento, pero sin embargo, como he dicho, en la Comunidad Europea analizamos las concentraciones de esas 59.000 muestras. Se trata de un riesgo involuntario. �Por qué deben correr ese riesgo los consumidores? Probablemente el riesgo es bajo, pero existe.

750. La segunda cuestión, por supuesto -poniendo esto en relación con lo que dije al Dr. Arnold- se refiere al uso terapéutico. El Dr. Arnold ha mencionado dos veces la evaluación del estradiol realizada por el instituto, el organismo de Londres, que ya se ha publicado como reglamento, y la de la progesterona, que se está efectuando. Pero probablemente no ha hecho referencia a todas las condiciones impuestas para el uso del estradiol como instrumento terapéutico. Sabemos que tiene que ser administrado por un veterinario, si el uso es terapéutico, que el animal debe ser inscrito en el registro e identificado y que esos animales no entran en la cadena alimentaria porque no son sacrificados. Hemos proporcionado al Grupo Especial pruebas de que el porcentaje no es superior al 1 por ciento y poseemos pruebas adicionales, procedentes de otros Estados miembros que no habían respondido a fines de enero, que proporcionaremos al Grupo Especial y que demuestran efectivamente que la tasa no es superior al 1 por ciento. Como dijo el Dr. André, esos animales pueden haber sido sometidos una vez a tratamiento terapéutico o zootécnico. Pero hay un intervalo de tiempo entre el tratamiento y el momento en que se decide sacrificar e introducir en la cadena alimentaria a ese 1 por ciento.

Presidente

751. Quisiera pedirle que se limite a formular preguntas concisas a los expertos, sin hacer un alegato. Creo que no es éste el momento de hacerlo. Tendrá otra oportunidad mañana pero, por favor, limítese a formular preguntas y aproveche lo mejor posible este tiempo, muy, muy limitado, de que aún disponemos hoy. Los expertos van a volver a sus países y, cuando se hayan ido, sólo podremos ponernos en contacto con ellos por correspondencia, y tengo toda una lista de preguntas que aún están pendientes y que formularé a partir de las seis de la tarde, esa es mi decisión.

Sr. Christoforou (CE)

752. La pregunta concreta es: partiendo del tratamiento terapéutico, sabemos lo que es -la palabra misma lo explica- �creen ustedes que, dada la necesidad de tratar a los animales con fines terapéuticos, se puede extrapolar y permitir el uso de esas hormonas para estimular el crecimiento? �Es esto un ejemplo comparable? �Es comparable decir que, como se utilizan con fines terapéuticos, debe permitirse también el otro uso? En otras palabras �es el posible riesgo para los consumidores el mismo en ambas situaciones, si se tienen en cuenta las condiciones en que se permite el uso terapéutico en la Comunidad? Esta pregunta va dirigida, en particular, al Dr. McLean y al Dr. André.

Dr. McLean

753. Lo único que puedo contestar es que ha dado usted gran importancia al uso ilegal de las hormonas y al abuso de éstas y, por lo tanto, puede sugerirse que los veterinarios no son mejores ni peores que el resto de la población. Quisiera recordarle que, con frecuencia, el veterinario deja el material al agricultor para que éste lo administre, continuando el tratamiento, por lo que es posible -no puedo decir más.

Sr. Christoforou (CE)

754. Todos caemos enfermos alguna vez en nuestra vida y podemos necesitar tratamiento médico. �Sugiere usted que incluso ese tipo de tratamiento no debe admitirse? Porque, en ocasiones, tenemos que ser tratados por razones terapéuticas o zootécnicas? Es decir, lo que llamamos razones zootécnicas en el caso de los animales. Si una mujer no puede quedar embarazada, tendrá que acudir a un médico para que la trate. Es comparable. Como hemos dicho, sólo ocurre una vez. �Cree usted realmente que esto es, en sí mismo, razón suficiente para efectuar una extrapolación y permitir el uso de las hormonas como estimuladores del crecimiento? Esa es la cuestión. Todos caemos enfermos pero �a qué conclusión debemos llegar a partir de eso?

Dr. McLean

755. Es muy difícil responder a esa pregunta. Si me pide usted que efectúe una extrapolación, le sugeriría que, dadas las posibilidades de uso indebido y la pequeña cantidad de carne importada que puede ingerir, como promedio, el ciudadano de la UE, el riesgo sería más o menos el mismo.

Sr. Christoforou (CE)

756. La segunda pregunta se refiere al argumento que ha sido objeto de debate. Recibimos mayores cantidades de todas esas hormonas naturales de varios orígenes. Uno de nuestros expertos se ha referido al mar de estrógenos que existe en nuestra vida cotidiana, y quisiera ceder la palabra al Dr. Liehr para que formule un par de observaciones y, a continuación, probablemente formular una pregunta precisa.

Dr. Liehr (CE)

757. Señor Presidente, ayer oímos al Dr. McLean, que nos dijo que vivimos en un mar de hormonas y que hay hormonas en nuestro régimen alimenticio y nos dijo asimismo que es difícil determinar de dónde procede nuestra carga hormonal. También hoy se han hecho varias referencias, al principio del debate, a las diversas hormonas a que estamos expuestos.

758. Quisiera señalar a su atención una importante distinción. El estradiol, la testosterona y la progesterona son hormonas que circulan en todos nuestros organismos y controlan cuidadosamente nuestras funciones endocrinas. Su producción en los mamíferos, inclusive en los seres humanos, está muy cuidadosamente controlada, al igual que su distribución, porque esas hormonas controlan muy cuidadosamente la función reproductora y otras funciones muy diversas a las que no puedo ni quiero referirme aquí. En concentraciones elevadas, esas hormonas pueden ser perjudiciales -nos referimos al riesgo de cáncer de mama y también a lo dicho por el Dr. McLean esta mañana acerca de la testosterona adicional que hace cesar la producción de semen y reduce la fertilidad masculina. Muchos compuestos, inclusive, por ejemplo, los fitoestrógenos que se encuentran en los productos de la soja, tienen efectos estrogénicos, pero existe una gran diferencia entre las hormonas producidas en el organismo de los mamíferos y los compuestos con actividad estrogénica, por ejemplo, los fitoestrógenos. La diferencia consiste en que se trata de compuestos diferentes con distinto grado de actividad -los efectos estrogénicos de muchos de esos compuestos son de 1.000 a 10.000 veces menores que los de las hormonas de los mamíferos. Hay realmente una gran diferencia entre un compuesto con actividad estrogénica y la hormona propiamente dicha. También se ha demostrado que algunos de esos compuestos son estrogénicos y otros antiestrogénicos. Como ha dicho el Dr. Lucier hace poco, éste es un campo de investigación muy activo y sé que él participa en esas investigaciones; no obstante, es también evidente que el resultado del juego entre los efectos estrogénicos y antiestrogénicos puede ser beneficioso, y, por el momento, hay mucho que no sabemos al respecto. Sin embargo, no cabe duda de que un compuesto con una actividad estrogénica muy, muy inferior a la de una hormona natural, introducido en un sistema que ya contiene estradiol ... ese fitoestrógeno puede en realidad ser antiestrogénico o ejercer efectos antiestrogénicos porque compite por el receptor de estrógeno. Un indicio en este sentido es que el riesgo de cáncer de mama es bajo en las poblaciones con un elevado consumo de habas de soja. Por lo tanto, suponer que la administración de las hormonas producidas por los mamíferos en bajas concentraciones equivale a la administración de un antibiótico o de un fitoestrógeno es realmente inadmisible. Se trata de compuestos diferentes, con un espectro de actividad diferente y deben ser evaluados por sí mismos.

Sr. Christoforou (CE)

759. �No hay una diferencia entre las hormonas producidas por los mamíferos y los fitoestrógenos contenidos en el régimen alimenticio, por lo que se refiere a los efectos físicos, químicos y en la salud? �Hay una diferencia en esos tres aspectos?

Dr. Ritter

760. Quizás pueda contestar brevemente. La respuesta es afirmativa. Hay diferencias.

Presidente

761. �Podría quizás decirnos por qué?

Dr. Ritter

762. Bueno, creo que, como se ha señalado acertadamente, hay diferencias en la capacidad de fijación, hay diferencias en la estructura y hay diferencias en la función. Es evidente que los fitoestrógenos no se inventaron para que ejercieran una función fisiológica en un mamífero. Así pues, estoy de acuerdo con todo lo que ha dicho usted, salvo con la afirmación de que no contribuyen mucho al riesgo total. De eso estoy menos seguro que usted. Que tienen una estructura diferente, que evidentemente se desarrollaron a través de la evolución con un propósito fundamentalmente distinto es, creo, una verdad innegable. Pero que no contribuyen al riesgo ... No quiero iniciar ahora un debate acerca de las estadísticas sobre el cáncer de mama en los países en que es elevada, por ejemplo, la ingesta de habas de soja, sólo quiero decir que la situación no es tan clara como usted la presenta. Pero creo que la respuesta breve, sin entrar en detalles, dado el limitado tiempo de que disponemos, es que, por supuesto, hay diferencias entre estas distintas categorías de estrógenos.

Dr. Lucier

763. Quiero agregar algo rápidamente. Estoy también de acuerdo con lo que ha dicho usted. Se están descubriendo ahora, para distintos agentes, distintas proteínas de unión y distintos receptores. Hay un beta-receptor que acaba de descubrirse, y su perfil de fijación es distinto del del receptor que todos conocemos. La cuestión de la interacción es muy compleja. No obstante, en las publicaciones sobre sistemas celulares y sistemas in vivo, hay mucha información que indica que determinadas mezclas de hormonas exógenas producen respuestas estimulatorias característicamente estrogénicas. Así pues, en total, estas sustancias producen efectos estrogénicos. No estamos nada seguros de la magnitud exacta de esos efectos.


Continuaci�n: Sr. Christoforou (CE)