OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN


MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 34/04: PROYECTOS DE ACUERDO SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE


VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión Nº 18/04 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la cooperación entre los Estados Partes del MERCOSUR y los Estados Asociados debe ser fortalecida por medio de normas que aseguren una adecuada implementación de la justicia penal mediante la rehabilitación social de la persona condenada;

Que para el cumplimiento de tal finalidad humanitaria es conveniente que se conceda a la persona condenada la oportunidad de cumplir su sentencia en el estado de su nacionalidad o en el  de su residencia legal o permanente.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:

Art. 1 – Aprobar el texto del proyecto de “Acuerdo sobre Traslado de Personas Condenadas de los Estados Partes del MERCOSUR” y texto del proyecto de “Acuerdo sobre Traslado de Personas Condenadas de los Estados Partes del MERCOSUR, con la República de Bolivia y la República de Chile”, elevado por la Reunión de Ministros del Justicia, que constan como Anexo a la presente Decisión.

Art. 2 – El Consejo del Mercado Común recomienda a los Estados Partes del MERCOSUR la firma de los Acuerdos mencionados en el artículo anterior.

Art. 3 – La presente Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes.


XXVII CMC – Belo Horizonte, 16/XII/04