Tratado de Libre Comercio de Am�rica del Norte
Anexo I: Reservas en relaci�n con medidas existentes y compromisos de
liberalizaci�n
Lista de M�xico
Sector: |
Comunicaciones |
Subsector: |
Servicios de Esparcimiento (Televisi�n por Cable) |
Clasificaci�n Industrial: |
CMAP 941105 Servicios Privados de Producci�n, Transmisi�n y Repetici�n de Programas
de Televisi�n (limitados a televisi�n por cable) |
Tipo de Reserva: |
Trato Nacional (Art�culo 1102) |
Nivel de Gobierno: |
Federal |
Medidas: |
Ley Federal de Radio y Televisi�n, T�tulo III, Cap�tulos I, II, III |
|
Ley Para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n Extranjera,
Cap�tulos I, II, III, V, VI |
|
Reglamento del Servicio de Televisi�n por Cable, Cap�tulo II |
|
Reglamento de la Ley Para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n
Extranjera, T�tulo I; T�tulo II, Cap�tulo I; T�tulo IV; T�tulo V; T�tulo VIII,
Cap�tulos I, II, III, V; T�tulo IX, Cap�tulo I |
|
Tal como la califica con el elemento Descripci�n |
Descripci�n: |
Inversi�n |
|
Los inversionistas de otra Parte o sus inversiones s�lo podr�n adquirir, directa o
indirectamente, hasta un 49 por ciento de la participaci�n en empresas establecidas o por
establecerse en el territorio de M�xico que posean o exploten sistemas de televisi�n por
cable o que suministren servicios de televisi�n por cable. |
Calendario de Reducci�n: |
Ninguno. Sujeto a discusi�n entre las Partes cinco a�os despu�s de la fecha de
entrada en vigor de este Tratado. |
Sector: |
Comunicaciones |
Subsector: |
Servicios de Esparcimiento (Televisi�n por Cable) |
Clasificaci�n Industrial: |
CMAP 941105 Servicios Privados de Producci�n, Transmisi�n y Repetici�n de Programas
de Televisi�n (limitado a televisi�n por cable) |
Tipo de Reserva: |
Trato Nacional (Art�culo 1202) |
|
Presencia Local (Art�culo 1205) |
|
|
Nivel de Gobierno: |
Federal |
Medidas: |
Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos, Art�culo 32 |
|
Ley de V�as Generales de Comunicaci�n, Libro I, Cap�tulo III |
|
Ley de Nacionalidad y Naturalizaci�n, Cap�tulo IV |
|
Ley Federal de Radio y Televisi�n, T�tulo III, Cap�tulos I, II, III |
|
Reglamento del Servicio de Televisi�n por Cable, Cap�tulo II |
Descripci�n: |
Servicios Transfronterizos |
|
Se requiere una concesi�n otorgada por la Secretar�a de Comunicaciones y Transportes
para construir y operar, o s�lo operar, un sistema de televisi�n por cable. Tal
concesi�n podr� ser otorgada s�lo a nacionales mexicanos o empresas mexicanas. |
Calendario de Reducci�n: |
Ninguno |
Sector: |
Comunicaciones |
Subsector: |
Servicios de Esparcimiento (Cines) |
Clasificaci�n Industrial: |
CMAP 941103 Exhibici�n Privada de Pel�culas |
Tipo de Reserva: |
Trato Nacional (Art�culo 1202) |
|
Requisitos de Desempe�o (Art�culo 1106) |
Nivel de Gobierno: |
Federal |
Medidas: |
Ley de la Industria Cinematogr�fica |
|
Reglamento de la Ley de la Industria Cinematogr�fica |
|
Tal como la califica el elemento Descripci�n |
Descripci�n: |
Servicios Transfronterizos e Inversi�n |
|
El treinta por ciento del tiempo anual en pantalla en cada sala, puede ser reservado a
las pel�culas producidas por personas mexicanas dentro o fuera del territorio de M�xico. |
Calendario de Reducci�n: |
Ninguno |
Sector: |
Comunicaciones |
Subsector: |
Telecomunicaciones (Servicios Mejorados o de Valor Agregado) |
Clasificaci�n Industrial: |
CMAP 720006 Otros Servicios de Telecomunicaci�n (limitados a servicios mejorados o de
valor agregado) |
Tipo de Reserva: |
Trato Nacional (Art�culos 1102, 1202) |
|
Presencia Local (Art�culo 1205) |
Nivel de Gobierno: |
Federal |
Medidas: |
Ley de V�as Generales de Comunicaci�n, Libro I, Cap�tulo III |
|
|
|
Ley Para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n Extranjera,
Cap�tulos I, II, III, V, VI |
|
|
|
Reglamento de Telecomunicaciones, Cap�tulo IV |
|
Reglamento de la Ley Para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n
Extranjera, T�tulo I; T�tulo II, Cap�tulo I; T�tulo IV; T�tulo V; T�tulo VIII,
Cap�tulos I, II, III, V; T�tulo IX, Cap�tulo I |
|
Tal como se califica con los p�rrafos 2 y 4 del elemento Descripci�n |
Descripci�n: |
Servicios Transfronterizos |
|
1. Un proveedor de servicios mejorados o de valor agregado deber� obtener un permiso
de la Secretar�a de Comunicaciones y Transportes. |
|
2. Las personas de Canad� o de Estados Unidos podr�n proporcionar todos los
servicios mejorados o de valor agregado, excepto el servicio de videotexto o el servicio
mejorado de conmutaci�n de paquetes, sin necesidad de establecerse en el territorio de
M�xico. |
|
3. Los servicios de videotexto y los servicios mejorados de conmutaci�n de
paquetes no podr�n ser proporcionados de manera transfronteriza. |
|
Inversi�n |
|
4. Los inversionistas de otra Parte o sus inversiones podr�n adquirir el 100 por
ciento de la participaci�n en una empresa establecida o por establecerse en el territorio
de M�xico, para proporcionar cualquier servicio mejorado o de valor agregado, excepto los
servicios de videotexto y los servicios mejorados de conmutaci�n de paquetes. |
|
5. Los inversionistas de otra Parte o sus inversiones podr�n adquirir hasta el 49 por
ciento de la participaci�n en una empresa establecida o por establecerse en el territorio
de M�xico que proporcione servicios de videotexto y servicios mejorados de conmutaci�n
de paquetes. |
Calendario de Reducci�n: |
Servicios Transfronterizos |
|
A partir del 1� de julio de 1995, las personas de Canad� o de Estados Unidos,
podr�n proporcionar servicios de videotexto y servicios mejorados de conmutaci�n de
paquetes de manera transfronteriza sin la obligaci�n de establecerse en el territorio de
M�xico. |
|
Inversi�n |
|
A partir del 1� de julio de 1995, los inversionistas de otra Parte o sus inversiones
podr�n adquirir el 100 por ciento de la participaci�n en una empresa establecida o por
establecerse en el territorio de M�xico que proporcione servicios de videotexto o
servicios mejorados de conmutaci�n de paquetes. |
Sector: |
Comunicaciones |
Subsector: |
Transporte y Telecomunicaciones |
Clasificaci�n Industrial: |
CMAP 7200 Comunicaciones (incluye telecomunicaciones y servicios postales) |
|
CMAP 7100 Transporte |
Tipo de Reserva: |
Trato Nacional (Art�culo 1102) |
Nivel de Gobierno: |
Federal |
Medidas: |
Ley de V�as Generales de Comunicaci�n, Libro I, Cap�tulos III, V |
|
Reglamento de Telecomunicaciones, Cap�tulo III |
Descripci�n: |
Inversi�n |
|
Los gobiernos extranjeros y las empresas de Estado extranjeras o sus inversiones no
podr�n invertir directa o indirectamente en empresas mexicanas que proporcionen servicios
relacionados con las comunicaciones, el transporte y otras v�as generales de
comunicaci�n, tal y como se definen en la Ley de V�as Generales de Comunicaci�n. |
Calendario de Reducci�n: |
Ninguno |
Sector: |
Construcci�n |
Subsector: |
|
Clasificaci�n Industrial: |
CMAP 501101 Edificaci�n Residencial o de Vivienda |
|
CMAP 501102 Edificaci�n no Residencial |
|
CMAP 501200 Construcci�n de Obras de Urbanizaci�n |
|
CMAP 501311 Construcci�n de Plantas Industriales |
|
CMAP 501312 Construcci�n de Plantas de Generaci�n de Electricidad |
|
CMAP 501321 Construcci�n y Tendido de L�neas y Redes de Conducci�n El�ctrica |
|
CMAP 501411 Montaje o Instalaci�n de Estructuras de Concreto |
|
CMAP 501412 Montaje o Instalaci�n de Estructuras Met�licas |
|
CMAP 501421 Obras Mar�timas y Fluviales |
|
CMAP 501422 Construcci�n de Obras Viales y para el Transporte Terrestre |
|
CMAP 502001 Instalaciones Hidr�ulicas y Sanitarias en Edificios |
|
CMAP 502002 Instalaciones El�ctricas en Edificios |
|
CMAP 502003 Instalaci�n de Telecomunicaciones |
|
CMAP 502004 Otras Instalaciones Especiales |
|
CMAP 503001 Movimientos de Tierra |
|
CMAP 503002 Cimentaciones |
|
CMAP 503003 Excavaciones Subterr�neas |
|
CMAP 503004 Obras Subacu�ticas |
|
CMAP 503005 Instalaci�n de Se�alamientos y Protecciones |
|
CMAP 503006 Demoliciones |
|
CMAP 503007 Construcci�n de Plantas Potabilizadoras o de Tratamiento de Aguas |
|
CMAP 503009 Perforaci�n de Pozos de Agua |
|
CMAP 503010 Otras Obras de Construcci�n no Mencionadas Anteriormente |
Tipo de Reserva: |
Trato Nacional (Art�culo 1102) |
Nivel de Gobierno: |
Federal |
Medidas: |
Ley Para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n Extranjera,
Cap�tulos I, II, III, V, VI |
|
Reglamento de la Ley Para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n
Extranjera, T�tulo I; T�tulo II, Cap�tulo I; T�tulo IV; T�tulo V; T�tulo VIII,
Cap�tulos I, II, III, V; T�tulo IX, Cap�tulo I |
Descripci�n: |
Inversi�n |
|
Se requiere aprobaci�n previa de la Comisi�n Nacional de Inversiones Extranjeras
para que inversionistas de otra Parte o sus inversiones adquieran, directa o
indirectamente, m�s del 49 por ciento de la participaci�n en empresas establecidas o por
establecerse en el territorio de M�xico que lleven a cabo las actividades de
construcci�n incluidas en el elemento Clasificaci�n Industrial. |
Calendario de Reducci�n: |
Sujeto a la Lista de M�xico, Anexo I, p�gina I-M-4, cinco a�os despu�s de la fecha
de entrada en vigor de este Tratado, los inversionistas de otra Parte o sus inversiones
podr�n detentar hasta el 100 por ciento de la participaci�n en tales empresas
establecidas o por establecerse sin aprobaci�n previa de la Comisi�n Nacional de
Inversiones Extranjeras. |
Sector: |
Construcci�n |
Subsector: |
|
Clasificaci�n Industrial: |
CMAP 501322 Construcci�n para la Conducci�n de Petr�leo y sus Derivados (limitado
s�lo a contratistas especializados) |
|
CMAP 503008 Servicios y Trabajos de Exploraci�n y Perforaci�n de Petr�leo y
Gas (limitado a s�lo contratistas especializados) |
Tipo de Reserva: |
Trato Nacional (Art�culo 1102) |
Nivel de Gobierno: |
Federal |
Medidas: |
Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos, Art�culo 27 |
|
Ley Reglamentaria del Art�culo 27 Constitucional en el Ramo del Petr�leo |
|
Ley Para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n Extranjera,
Cap�tulos I, II, III, V, VI |
|
Reglamento de la Ley Reglamentaria del Art�culo 27 Constitucional en el Ramo del
Petr�leo, Cap�tulo I, V, IX, XII |
|
Reglamento de la Ley Para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n
Extranjera, T�tulo I; T�tulo II, Cap�tulo I; T�tulo IV; T�tulo V; T�tulo VIII,
Cap�tulos I, II, III, V; T�tulo IX, Cap�tulo I |
Descripci�n: |
Inversi�n |
|
Est�n prohibidos los contratos de riesgo compartido. |
|
Se requiere aprobaci�n previa de la Comisi�n Nacional de Inversiones Extranjeras
para que un inversionista de otra Parte o sus inversiones adquieran, directa o
indirectamente, m�s del 49 por ciento de participaci�n en empresas establecidas o por
establecerse en el territorio de M�xico involucradas en contratos diferentes a los de
riesgo compartido relacionados con trabajos de explotaci�n y perforaci�n de pozos de
petr�leo y gas y la construcci�n de ductos para la transportaci�n de petr�leo y sus
derivados. Ver tambi�n Lista de M�xico, Anexo III, p�gina III-M-1. |
Calendario de Reducci�n: |
Ninguno |
Sector: |
Servicios Educativos. |
Subsector: |
Escuelas Privadas |
Clasificaci�n Industrial: |
CMAP 921101 Servicios Privados de Educaci�n Prescolar |
|
CMAP 921102 Servicios Privados de Educaci�n Primaria |
|
CMAP 921103 Servicios Privados de Educaci�n Secundaria |
|
CMAP 921104 Servicios Privados de Educaci�n Media Superior |
|
CMAP 921105 Servicios Privados de Educaci�n Superior |
|
CMAP 921106 Servicios Privados de Educaci�n que Combinan los niveles de Ense�anza
Prescolar, Primaria, Secundaria, Media Superior y Superior |
Tipo de Reserva: |
Trato Nacional (Art�culo 1102) |
Nivel de Gobierno: |
Federal |
Medidas: |
Ley para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n Extranjera,
Cap�tulos I, II, III, V, VI |
|
Ley para la Coordinaci�n de la Educaci�n Superior, Cap�tulo II |
|
Ley Federal de Educaci�n, Cap�tulo III |
|
Reglamento de la Ley Para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n
Extranjera, T�tulo I; T�tulo II, Cap�tulo I; T�tulo IV; T�tulo V; T�tulo VIII,
Cap�tulos I, II, III, V; T�tulo IX, Cap�tulo I. |
Descripci�n: |
Inversi�n |
|
Se requiere aprobaci�n previa de la Comisi�n Nacional de Inversiones Extranjeras
para que los inversionistas de otra Parte o sus inversiones adquieran, directa o
indirectamente, m�s del 49 por ciento de la participaci�n en una empresa establecida o
por establecerse en el territorio de M�xico que preste servicios educativos prescolares,
de primaria, secundaria, preparatoria, superiores o normales, as� como los prestados a
obreros y campesinos. |
Calendario de Reducci�n: |
Ninguno |
Sector: |
Energ�a |
Subsector: |
Productos del Petr�leo |
Clasificaci�n Industrial: |
CMAP 623050 Comercio al por menor de Gas Licuado de Petr�leo |
Tipo de Reserva: |
Trato Nacional (Art�culo 1102) |
Nivel de Gobierno: |
Federal |
Medidas: |
Ley Reglamentaria del Art�culo 27 Constitucional en el Ramo del Petr�leo |
|
Ley para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n Extranjera,
Cap�tulos I, II, III, V, VI |
|
Reglamento de la Ley Reglamentaria del Art�culo 27 Constitucional en el Ramo del
Petr�leo, Cap�tulos I, IX, XII |
|
Reglamento de la Distribuci�n de Gas, Cap�tulo I, II |
|
Reglamento de la Ley Para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n
Extranjera, T�tulo I; T�tulo II, Cap�tulo I; T�tulo IV; T�tulo V; T�tulo VIII,
Cap�tulos I, II, III, V; T�tulo IX, Cap�tulo I |
Descripci�n: |
Inversi�n |
|
S�lo los nacionales mexicanos y las empresas mexicanas con cl�usula de exclusi�n de
extranjeros podr�n distribuir, transportar, almacenar o vender gas l�quido de petr�leo,
e instalar dep�sitos fijos. |
Calendario de Reducci�n: |
Ninguno |
Sector: |
Energ�a |
Subsector: |
Productos del Petr�leo |
Clasificaci�n Industrial: |
CMAP 626000 Comercio al por menor de Gasolina y Diesel (incluye aceites, lubricantes y
aditivos para su venta en gasolineras) |
Tipo de Reserva: |
Trato Nacional (Art�culo 1102) |
Nivel de Gobierno: |
Federal |
Medidas: |
Ley para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n Extranjera,
Cap�tulos I, II, III, V, VI |
|
Reglamento de la Ley para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n
Extranjera, T�tulo I; T�tulo II, Cap�tulo I; T�tulo IV; T�tulo V; T�tulo VIII,
Cap�tulos I, II, III, V; T�tulo IX, Cap�tulo I |
|
Reglamento de la Ley Reglamentaria del Art�culo 27 Constitucional en el Ramo del
Petr�leo, Cap�tulos I, II, III, V, VII, IX, XII |
|
Tal como la califica el elemento Descripci�n |
Descripci�n: |
Inversi�n |
|
S�lo los nacionales mexicanos y las empresas mexicanas con cl�usula de exclusi�n de
extranjeros podr�n adquirir, establecer u operar gasolineras para la venta o
distribuci�n al por menor de gasolina, diesel, lubricantes, aditivos o aceites. |
Calendario de Reducci�n: |
Ninguno |
Sector: |
Pesca |
Subsector: |
|
Clasificaci�n Industrial: |
130011 Pesca en Alta Mar |
|
130012 Pesca Costera |
|
130013 Pesca en Agua Dulce |
Tipo de Reserva: |
Trato Nacional (Art�culo 1102) |
|
Trato de la Naci�n M�s Favorecida (Art�culo 1103) |
Nivel de Gobierno: |
Federal |
Medidas: |
Ley de Pesca, Cap�tulos I, II, IV |
|
Ley de Navegaci�n y Comercio Mar�timos, Libro II, T�tulo Unico, Cap�tulo V |
|
Ley Federal del Mar, T�tulo I, Cap�tulo I |
|
Ley Federal de Aguas |
|
Ley para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n Extranjera,
Cap�tulos I, II, III, V, VI |
|
Reglamento de la Ley para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n
Extranjera, T�tulo I; T�tulo II, Cap�tulo I; T�tulo IV; T�tulo V; T�tulo VIII,
Cap�tulos I, II, III, V; T�tulo IX, Cap�tulo I |
|
|
|
Reglamento de la Ley de Pesca, Cap�tulos I, II, III, V, VI, IX, XV |
Descripci�n: |
Inversi�n |
|
Con respecto a las empresas establecidas o por establecerse en el territorio de
M�xico, que realicen pesca costera, pesca en agua dulce y pesca en la Zona Econ�mica
Exclusiva, los inversionistas de otra Parte o sus inversiones s�lo podr�n adquirir,
directa o indirectamente, hasta un 49 por ciento de la participaci�n en tales empresas. |
|
En relaci�n con las empresas establecidas o por establecerse en el territorio de
M�xico que realicen pesca en altamar, se requiere aprobaci�n previa de la Comisi�n
Nacional de Inversiones Extranjeras para que los inversionistas de otra Parte o sus
inversiones adquieran, directa o indirectamente, m�s del 49 por ciento de la
participaci�n en tales empresas. |
Calendario de Reducci�n: |
Ninguno |
Sector: |
Manufactura y Ensamblado de Bienes |
Subsector: |
Industria de Autopartes |
Clasificaci�n Industrial: |
CMAP 383103 Fabricaci�n de Partes y Accesorios para el Sistema El�ctrico Automotor |
|
CMAP 384121 Fabricaci�n y Ensamble de Carrocer�as y Remolques para Autom�viles y
Camiones |
|
CMAP 384122 Fabricaci�n de Motores y sus Partes para Autom�viles y Camiones |
|
CMAP 384123 Fabricaci�n de Partes para el Sistema de Transmisi�n de Autom�viles y
Camiones |
|
CMAP 384124 Fabricaci�n de Partes para el Sistema de Suspensi�n de Autom�viles y
Camiones. |
|
CMAP 384125 Fabricaci�n de Partes y Accesorios para el Sistema de Frenos de
Autom�viles y Camiones |
|
CMAP 384126 Fabricaci�n de Otras Partes para Autom�viles y Camiones |
Tipo de Reserva: |
Trato Nacional (Art�culo 1102) |
Nivel de Gobierno: |
Federal |
Medidas: |
Ley para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n Extranjera,
Cap�tulos I, II, III, V, VI |
|
Reglamento de la Ley para Promover la Inversi�n Mexicana y Regular la Inversi�n
Extranjera, T�tulo I; T�tulo II, Cap�tulo I; T�tulo IV; T�tulo V; T�tulo VIII,
Cap�tulos I, II, III, V; T�tulo IX, Cap�tulo I |
|
Decreto para el Fomento y Modernizaci�n de la Industria Automotriz ("Decreto
Automotriz") |
|
Acuerdo que Determina Reglas para la Aplicaci�n del Decreto para el Fomento y
Modernizaci�n de la Industria Automotriz |
|
Tal como la califica el elemento Descripci�n |
Descripci�n: |
Inversi�n |
|
1. Los inversionistas de otra Parte o sus inversiones s�lo podr�n adquirir, directa
o indirectamente, hasta un 49 por ciento de la participaci�n en "empresas de la
industria de autopartes", como se define en el Anexo 300-A, establecidas o por
establecerse en el territorio de M�xico. |
|
2. Los inversionistas de otra Parte o sus inversiones que califiquen como
"proveedores nacionales", como se define en el Anexo 300-A, podr�n adquirir 100
por ciento de la participaci�n en una empresa establecida o por establecerse en el
territorio de M�xico dedicada a la provisi�n de autopartes espec�ficas a productores de
veh�culos automotores. |
|
3. Los inversionistas de otra Parte o sus inversiones podr�n adquirir hasta el 100
por ciento, de la participaci�n en una empresa, establecida o por establecerse, en el
territorio de M�xico que se dedique a la producci�n de autopartes, siempre que esa
empresa no se registre ante la Secretar�a de Comercio y Fomento Industrial, para
prop�sitos del Decreto Automotriz, ni que reciba los beneficios de tal decreto. A partir
de los cinco a�os del periodo de transici�n indicado en el elemento Calendario de
Reducci�n, tales empresas podr�n calificar para obtener el registro o recibir los
beneficios del Decreto Automotriz conforme a las modificaciones que se indican en el
ap�ndice 300-A.2, siempre y cuando tal empresa re�na los requisitos ah� se�alados para
obtener la condici�n de proveedor nacional o de "empresa de la industria de
autopartes". |
Calendario de Reducci�n: |
Cinco a�os despu�s de la fecha de entrada en vigor de este Tratado, los
inversionistas de otra Parte o sus inversiones podr�n detentar 100 por ciento de la
participaci�n de cualquier empresa de la industria de autopartes, establecida o por
establecerse en el territorio de M�xico. |
|
Ver Lista de M�xico, Anexo I p�gina I-M-27. |
Sector: |
Manufactura de Bienes |
Subsector: |
Industria Automotriz |
Clasificaci�n Industrial: |
CMAP 383103 Fabricaci�n de Partes y Accesorios para el Sistema El�ctrico Automotriz |
|
CMAP 3841 Industria Automotriz |
|
CMAP 384121 Fabricaci�n y Ensamble de Carrocer�as y Remolques para Autom�viles y
Camiones |
|
CMAP 384122 Fabricaci�n de Motores y sus Partes para Autom�viles y Camiones |
|
CMAP 384123 Fabricaci�n de Partes Para el Sistema de Transmisi�n de Autom�viles y
Camiones |
|
CMAP 384124 Fabricaci�n de Partes para el Sistema de Suspensi�n de Autom�viles y
Camiones |
|
CMAP 384125 Fabricaci�n de Partes y Accesorios para el Sistema de Frenos de
Autom�viles y Camiones |
|
CMAP 384126 Fabricaci�n de Otras Partes y Accesorios para Autom�viles y Camiones |
Tipo de Reserva: |
Requisitos de Desempe�o (Art�culo 1106) |
Nivel de Gobierno: |
Federal |
Medidas: |
Decreto para el Fomento y Modernizaci�n de la Industria Automotriz |
|
Acuerdo que Determina Reglas para la Aplicaci�n del Decreto para el Fomento y
Modernizaci�n de la Industria Automotriz |
|
Tal como la califica el elemento Descripci�n |
Descripci�n: |
Inversi�n |
|
Como se indica en el Anexo 300-A |
Calendario de Reducci�n: |
Como se indica en el Anexo 300-A |
Continuaci�n del Anexo I
|