Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 45/04: FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL
MERCOSUR
VISTO: El
Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto,
las Decisiones Nº 11/03,
26/03, 27/03,
3/04 y 19/04 del Consejo del
Mercado Común.
CONSIDERANDO:
La importancia de profundizar el proceso de
integración en el MERCOSUR, a partir de intereses y perspectivas comunes.
La necesidad de crear un Fondo para la Convergencia Estructural del
MERCOSUR destinado a promover la competitividad y la cohesión social de
los Estados Partes, reducir las asimetrías – en particular de los países
y regiones menos desarrolladas – en conformidad con la Decisión CMC Nº
27/03 y otras decisiones pertinentes impulsar la convergencia
estructural en el MERCOSUR y fortalecer la estructura institucional del
proceso de integración.
El informe presentado a este Consejo por el Grupo de Alto Nivel creado
por la Decisión CMC Nº 19/04.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 – Establecer el Fondo para la Convergencia Estructural del
MERCOSUR (en adelante FOCEM), destinado a financiar programas para
promover la convergencia estructural, desarrollar la competitividad y
promover la cohesión social, en particular de las economías menores y
regiones menos desarrolladas; apoyar el funcionamiento de la estructura
institucional y el fortalecimiento del proceso de integración.
Art. 2 – Tomar nota del informe presentado por el Grupo de Alto Nivel,
contenido en el documento MERCOSUR/GAN DEC CMC N° 19/04/DI N° 04/04, y
expresar su satisfacción por los avances alcanzados.
Art. 3 – Instruir al Grupo de Alto Nivel a proseguir sus trabajos y
presentar su informe final al CMC antes de 31 de mayo de 2005, de modo
de permitir que el Fondo para la Convergencia Estructural entre en
operación en el plazo mas breve posible.
Art. 4 – La presente Decisión no necesita ser incorporada a los
ordenamientos jurídicos de los Estados Partes, por reglamentar aspectos
de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXVII CMC – Belo Horizonte, 16/XII/04
|