OEA
 
  Temas Generales de Negociación
» Términos Generales
» Agricultura
» Políticas de Competencia
» Procedimientos Aduaneros
» Solución de Controversias
» Compras del Sector Público
» Derechos de Propiedad Intelectual
» Inversión
» Régimen de Origen
» Salvaguardias
» Servicios
» Antidumping y Derechos Compensatorios
» Aranceles y Medidas No
   Arancelarias
» Obstáculos Técnicos al Comercio

DICCIONARIO DE TÉRMINOS DE COMERCIO

El propósito de este diccionario es presentar una lista amplia de términos comúnmente utilizados en las negociaciones comerciales y especialmente en el contexto del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA), con vistas a proporcionar un instrumento de información para el público en general. El diccionario es presentado en los cuatro idiomas oficiales del ALCA: inglés, español, portugués, y francés.

Esta compilación no pretende presentar el universo entero de los términos utilizados ni tampoco prejuzgar o influenciar, de cualquier modo, definiciones o enfoques actualmente propuestos por algún país en una negociación de comercio. De hecho, fueron excluidas muchas definiciones que aparecen en el Borrador de Acuerdo del ALCA disponible para el público que aún son motivo de difíciles debates. Las definiciones fueron obtenidas de fuentes de datos disponibles ampliamente, incluyendo otros acuerdos de comercio.

Se incluye un listado alfabético de los términos para facilitar el uso del diccionario. Los términos y sus definiciones son presentados por temas generales de negociación encontrados en el ALCA y también en otras negociaciones de comercio.

Una versión electrónica de este documento se puede encontrar en los siguientes sitios en el Internet: OEA, BID y CEPAL.




BID
 

OEA
 

CEPAL


SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
TÉRMINO DEFINICIÓN
Amicus curiae (Latín “amigo de la corte”) Persona, no parte en una demanda, que solicita a la corte/tribunal autorización para presentar un escrito, o a quien la corte/tribunal solicita un escrito, en virtud de que la persona tiene un interés relevante en el objeto del asunto.
Anulación o menoscabo Fundamento de un reclamo en el sistema de solución de controversias del GATT/OMC, básicamente que una ventaja resultante directa o indirectamente del Acuerdo para un miembro de la OMC, se halla anulado o menoscabado como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones de otro miembro bajo el Acuerdo. Anulación o menoscabo sin infracción es un reclamo de que una ventaja se haya anulado o menoscabado0 como resultado de la aplicación de una medida sin infracción de las disposiciones del Acuerdo.
Arbitraje Método de solución de controversias que involucra una o más terceras partes, generalmente acordadas por las partes en la disputa, y cuya decisión (“laudo”) es obligatorio.
Código de Conducta Conjunto de normas escritas que regulan la conducta de grupos específicos.Véase Procedimientos Aduaneros, página 38, en donde este texto puede tener un significado ligeramente diferente.
Conciliación Método alternativo de solución de controversias en el cual una persona neutral se reúne con las partes de una disputa y explora como resolver la controversia.
Consultas Mecanismo mediante el cual las partes consultan o conferencian sobre un asunto. Puede ser un prerrequisito para el establecimiento de un grupo neutral o tribunal que decida el asunto.
Convención de Nueva York Convención de las Naciones Unidas sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras, hecha en Nueva York el 10 de junio de 1958.
Convención de Panamá Convención Interamericana sobre Arbitraje Comercial Internacional, hecha en Panamá el 30 de enero de 1975.
Demanda Suma de hechos que dan lugar a un derecho accionable ante una corte o tribunal.
Demanda Escrito inicial que comienza una acción civil y establece los fundamentos para la jurisdicción de la corte/tribunal, el fundamento de la reclamación del demandante y la solicitud de remedio.
Elección del foro Elección de la jurisdicción o tribunal en donde se puede presentar una demanda.
Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias de la OMC (ESC) Acuerdo de la OMC resultante de la Ronda Uruguay aplicable a consultas y solución de controversias entre países miembros de la OMC relativas a sus derechos y obligaciones dimanantes de las disposiciones del Acuerdo de la OMC.
Grupo neutral Cuerpo de expertos independientes establecido para examinar y aprobar recomendaciones sobre una controversia.
Ley aplicable Cuerpo normativo que el tribunal debe considerar al adoptar una decisión sobre una disputa o queja.
Lista de integrantes del grupo neutral Lista de individuos de la cual se seleccionaran o podrán seleccionar los miembros de grupos neutrales.
Mediación Método de solución de controversias, de carácter no obligatorio, que involucra una tercera parte neutral que asiste las partes de la controversia en la búsqueda de una
solución mutuamente aceptable.
Opinión consultiva Opinión de un tribunal, de carácter no obligatorio, sobre su interpretación de Derecho o asunto sometido a su consideración.
Órgano de Apelación Órgano independiente, tal como el Órgano de Apelación de la OMC, que entiende en las apelaciones de las partes de una disputa sobre temas legales cubiertos en los informes de un tribunal de primera instancia, tal como un grupo neutral.
Parte en la disputa Parte en la disputa Parte demandante o parte demandada.
Reglas de procedimiento Reglas que establecen los procedimientos a ser seguidos por el grupo neutral.
Resolución alternativa de controversias (RAC) Procedimiento de solución de controversias, por medios alternativos a un litigio, tales como arbitraje, mediación, o juicio abreviado.
Retorsión en diferentes sectores Retorsión (suspensión de beneficios) aplicada a un sector diferente al sector específicamente afectado por la medida en disputa; por ejemplo, retorsión en el sector servicios por una medida que afecta bienes.
Supuesto normativo (Cause of action ) Conjunto de hechos que sirven como fundamento de una o más acciones legales.
Suspensión de beneficios Suspensión de una Parte de beneficios u obligaciones de los que goza otra Parte bajo un Acuerdo, en respuesta, o retorsión al incumplimiento de esta ultima de una decisión o recomendación. Bajo el ESC de la OMC, la suspensión o retiro de beneficios esta sujeta a previa autorización multilateral.
Tercero Parte que ha notificado su interés en el proceso de una controversia y que no es Parte de la misma.