Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
MERCOSUR/CMC/DEC Nº 10/03 : DEFINICIÓN DE PLAZOS
VISTO:
El
Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº
28/00,
31/00,
64/00,
05/01,
16/01 y
06/02 del Consejo del Mercado Común y el Protocolo
de Montevideo sobre el Comercio de Servicios del MERCOSUR.
CONSIDERANDO:
El objetivo de asegurar las
condiciones necesarias para completar la Unión Aduanera y avanzar en la
dirección al Mercado Común en el 2006.
La necesidad de proseguir las negociaciones de temas que forman parte de la
Agenda del MERCOSUR.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 – Prorrogar, hasta
30 de noviembre de 2004, el plazo para elevar a consideración del Grupo Mercado
Común la propuesta prevista en el Artículo 2° de la Decisión CMC Nº 16/01.
Art. 2 - Prorrogar, hasta 30 de noviembre de 2004, los plazos
establecidos en los Artículos 3 (primer párrafo), 6 y 7 de la Decisión CMC N°
16/01.
Art. 3 - Prorrogar, hasta 30 de noviembre de 2004, el plazo previsto en
el Artículo 1° de la Decisión CMC Nº 06/02 para que el Grupo de Alto Nivel para
Examinar la Consistencia y la Dispersión del AEC concluya sus trabajos.
Art. 4 - Instruir al Grupo de Servicios a concluir, antes del 30 de
noviembre de 2003, la IV Ronda de Negociación de Compromisos Específicos en
Materia de Servicios, lanzada por la Resolución GMC N° 13/02.
Art. 5 - Instruir al Grupo “Ad Hoc” de Compras Gubernamentales a
concluir, antes del 30 de noviembre de 2003, la negociación del Acuerdo de
Compras Gubernamentales del MERCOSUR.
Art. 6 – Instruir al Grupo Mercado Común a enviar al Consejo del Mercado
Común, antes del 30 de noviembre de 2003, una propuesta de revisión de las
Decisiones CMC Nº 70/00 y 04/01.
Art 7 – La elaboración de las propuestas mencionadas en los artículos
precedentes deberá considerar las asimetrías existentes entre los países de la
región.
Art. 8 – Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o
del funcionamiento del MERCOSUR.
XXIV CMC – Asunción, 17/VI/03
|